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Cs_Ley libertad educativa y orden consulta

loleshuet

Created on February 11, 2025

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Transcript

Ley libertad educativa

Ley 1/2024, de 27 de junio (libertad educativa) Orden 2/2025, de 7 de febrero (procedimiento de consulta)

Empezar

Índice

Orden 2/2025, de 7 de febrero. Convocatoria de consulta sobre la lengua base.

Ley 1/2024, de 27 de junio, peor la que se regula la libertad educativa.

  • Información a las familias.
  • Participantes
  • Calendario
  • Procedimiento
  • Secretaría digital.
  • Información a rellenar
  • Justificante
  • Múltiples participaciones
  • Listados
  • Conceptos basicos.
  • Anexo I. Número de unidades según el porcentaje de la voatación.
  • Anexo II. Proporción de lenguas cooficiales.

01

ley 1/2024 de la libertad educativa

Conceptos basicos

  • Lengua base: lengua cooficial, valenciano o castellano, elegida por los representantes legales del alumnado.
  • Asignatura lingüística: castellano, valenciano e inglés. Han de impartirse en la propia lengua objecto de enseñanza.
  • Asignatura no lingüística: el resto. Se podrán impartir en valenciano, castellano e inglés.
  • Zona de predominio lingüístico valenciano: conjunto de municipios con predominio lingüístico del valenciano según el artículo 36 de la Ley 4/1983. Castelló de la Plana pertenece a esta zona.

Anexo I

Distribución de unidades en función del porcentaje de familias que hayan optado por cada lengua cooficial como lengua base. L-A: Lengua base (valenciano o castellano) telegida por un mayor número de representantes legales del alumnado. L-B: Lengua base (valenciano o castellano) elegida por un menor número de representantes legales del alumnado.

Proporción de lenguas cooficiales en la enseñanza de Educación Infantil y Primaria en la Zona de predominio lingüístico valenciano.

Anexo II

Proporción de lenguas cooficiales en la enseñanza de Educación Infantil y Primària en la Zona de predominio lingüístico valenciano.

Anexo II

Proporción de lenguas cooficiales en la enseñanza de Educación Infantil y Primària en la Zona de predominio lingüístico valenciano.

Anexo II

02

orden 2/2025

Por la que se regula y convoca el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua base.

Información a las familias

  • Ficha individual con el NIA del alumno/a. Hay que revisar los datos y comunicar a secretaría los posibles errores.
  • Copia del anexos de la Orden 2/2025 de 7 de febrero.

esta información la facilitarmos en papel de manera individual a cada alumno/a.

Antes del 14 de febrero de 2025

Participantes

Alumnado en UECO

Representantes legales del alumnado matriculat en:

No participa en la consulta. Comunicación individual al centro.
Todos los cursos de Infantil y Primaria

Solo 1 representante por alumno/a

Los representantes legales han de ponerse de acuerdo en la elección de la lengua base.

Calendario

Hasta 24/02/2025

17/02/2025

Participación en la consulta. Empieza a las 9:00 del dia 25 de febrero hasta las 14:00 del día 4 de marzo

Reclamaciones al censo provisional

Reclamaciones al censo definitivo

Publicación del censo provisional

Hasta 21/02 /2025

Del 25/02/2025 al 4/03/2025

Procedimiento

  • Solo telemáticamente.
  • A través de la Secretaria Digital de Conselleria: https://consulta.gva.es
  • El centre ofrecerá ordenador con conexión a internet en caso de no disponer de ningún medio electrónico, garantizando la privacidad de la votación del representante legal del alumno/a.

Secretaria Digital

  • Acceso con:
    • DNI
    • NIE
    • Certificado Ciudadania UE
    • Certificado digital/Cl@ve/eDNI
    • La escuela puede generar la clave en casos especiales no contemplados en los anteriores.

Información a rellenar

  • Introduir el NIA del alumno/a.
  • Elegir la lengua base (castellano o valenciano).
  • Criterios de prelación:
    • Hermanos/as matricultados/as (15 puntos/hermano)
    • Domicilio (10 puntos area influencia y 5 limítrofe)
    • Discapacidad (4 puntos 33% a 64%, 7 puntos 65% a 100%)
    • Familia numerosa (3 puntos general y 5 especial)
    • Familia monoparental (3 puntos general y 5 especial)

Justificante

  • Al finalizar el proceso, el sistema generara un justificante de participación.

Múltiples participaciones

  • SOLO PUEDE REALIZAR LA CONSULTA 1 DE LOS REPRESENTANTES LEGALES DEL ALUMNO/A
  • En caso de que participen los 2 representantes legales:
    • Si hay discrepancia: no se computará ninguna de las discrepancias.
    • Si coinciden en lengua: se computará como 1 participación.
    • Si difieren en los criterios de prelación: se tomará como participante el de menor puntuación.

Listados

  • Se publicarán los listados por nivell y lengua base.
  • El alumnado estará ordenado por criterios de prelación.
  • Se publicarán en el tablón de anuncios interior del colegio.
  • Contra el listado, hay posibilidad de recurso de alzada.