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Novedades Laborales 2025
Esther Baeza
Created on January 9, 2025
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Transcript
Novedades Laborales 2025
www.tiemposmodernos.eu
Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, normas de cotización a la seguridad social.
Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio: Ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor 3 semanas más.
Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia
Modificación del artículo 50 E.T. Extinción por voluntad del trabajador con derecho a la indemnización señalada para el despido improcedente.
- Total: 19 semanas cada progenitor.
+ info
- Si es familia monoparental: 32 semanas.
Edad de jubilación en 2025:
- 65 años si cotizaste 38 años y 3 meses, o
SMI 2025
RD 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el SMI
- 66 años y 8 meses, si cotizaste menos de 38 años y 3 meses.
- 39,47 €/día
- 1.184 €/mes
- 16.576 €/año
MEI 2025
RD ley 11/2024, de 23 de diciembre
+ Novedades:
R.D. 402/2025, de 27 de mayo, jubilación anticipada.
0,80 % a distribuir entre:
MEI 2025:
(Mecanismo de Equidad Intergeneracional)
para la realización de los
Nuevo permiso retribuido:
- Empresa: 0,67%
- Trabajador: 0,13%
actos preparatorios de la donación de órganos.
+ Novedades
Nueva causa de IT:
para donación de órganos o tejidos para su trasplante.
Modificado el artículo 49.1 e) ET. Se añade letra n)
(En vigor el 01 de mayo )
Ley 2/2025, de 29 de abril.
+ info
(En vigor el 03 de marzo )
Novedades Laborales 2025
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Febrero 2025
Interesante para IPE I y FOL
Aprobado en Consejo de ministros el anteproyecto de ley de reducción de la jornada laboral por la vía de urgencia.La jornada pasará a tener 37,5 horas semanales en cómputo anual.
Trabajadores Autónomos.
Tramos de rendimientos netos:
¡Pendiente de tramitación, aprobación y entrada en vigor!
+ info
¡No en vigor!
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Enero 2025
Interesante para IPE I y FOL
Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia
Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato (Art. 50 ET):
-La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
Sin perjuicio de otros supuestos que por el juez, la jueza o el tribunal puedan considerarse causa justa a estos efectos,
se entenderá que hay retraso:
- si al menos, durante 6 meses en un año, te pagan más de 15 Días tarde.
- o cuando te DEBAN el salario completo de 3 MESES en un año.
¡Aunque se trate de meses no consecutivos!
Actos de Conciliación:
- Papeleta de conciliación ante el CMAC previo a la demanda.
- Ante el Letrado de la Admin. de Justicia, con una antelación mínima de 30 días a la celebración del acto del juicio.
Recurso de Casación ante el TS:
la cuestión debatida debe presentar interés casacional.
Será nulo el despido:
De los trabajadores por solicitar o disfrutar los permisos del art. 37.3 b), 4. 5. y 6 o por solicitar o estar disfrutando de las adaptaciones de jornada del art. 34.8 o de excedencia del 46.3 ET.
En vigor a partir del 03 de abril de 2025
Novedades Laborales 2025
Interesante para IPE I y FOL
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Abril 2025
Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo.
Modificaciones en el caso de jubilación parcial sin haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación con contrato de relevo:
-En caso de anticipación del acceso a la jubilación parcial en más de 2 años respecto de la edad ordinaria, la reducción de jornada de trabajo durante el primer año se fijará entre un 20% y un 33%. - Si se accede a la jubilación parcial una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilación, se podrá celebrar un contrato de relevo, cuya jornada como mínimo será la dejada vacante por la persona jubilada parcial que podrá ser por tiempo indefinido o de duración determinada. En este último caso, su duración será coincidente con el tiempo en que se mantenga la jubilación parcial y, en todo caso, con un mínimo de 1 año. - Los contratos de relevo tendrán carácter indefinido y a tiempo completo y deberán mantenerse,
al menos, durante los 2 anteriores a la extinción de la jubilación parcial.- Si el contrato de relevo se extingue antes de que la persona jubilada parcial acceda a la jubilación plena, el empresario estará obligado a celebrar un nuevo contrato en los mismos términos del extinguido.
(En vigor el 01 de abril)
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Interesante para IPE I y FOL
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03/marzo/2025
Ley 6/2024, de 20 de diciembre, para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante.
-Nuevo permiso retribuido por el tiempo indispensable para la asistencia a las sesiones de información, para la realización de los preceptivos informes y exámenes clínicos, incluida la exploración médica, previos a la determinación de idoneidad de los donantes vivos y de sus órganos o tejidos, así como para la prestación del consentimiento, siempre que deba tener lugar dentro de la jornada de trabajo. (Artículo 37. 3g) [sic] ET)- Nueva causa de IT: Se considerará situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes aquella en la que se encuentre la persona trabajadora donante de órganos o tejidos para su trasplante (Art. 169 LGSS).
20--25
Permiso retribuido:
Por el tiempo indispensable
para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos, - siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.
(En vigor el 3 de marzo)
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Jubilación Anticipada aplicando coeficientes reductores
Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores
Será nulo el despido:
- De las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión a que se refiere la letra a); - De las personas trabajadoras que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los apartados 3.b), 4, 5 y 6 del artículo 37, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén disfrutando de las adaptaciones de jornada previstas en el artículo 34.8 o la excedencia prevista en el artículo 46.3; - Y el de las personas trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencia sexual, por el ejercicio de su derecho a la tutela judicial efectiva o de los derechos reconocidos en esta ley para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.