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REGLAMENTOS - Nov

Jared Rivera Martínez

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Aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 1305-2024-CU-UNJFSC

REGLAMENTO GENERAL DEL INSTITUTO DE IDIOMAS

Aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 1244-2023-CU-UNJFSC

Aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 0996-2023-CU-UNJFSC

Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión

REGLAMENTO GENERAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO

REGLAMENTO GENERAL DEL CENTRO PREUNIVERSITARIO

REGLAMENTOS

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FALTAS Y SANCIONES

El presente reglamento precisa y norma la naturaleza, finalidad, ámbito, organización, funcionamiento, interrelaciones, régimen económico, académico, laboral y de control del Centro de Estudios PreUniversitario, creado por Resolución Rectoral N°023-90-UH del 18 de enero de 1990.Las disposiciones contenidas en el presente reglamento serán cumplidas por el directorio, profesores, estudiantes, personal administrativo y de servicios del Centro Preuniversitario.

ALCANCE

REGLAMENTO GENERAL DEL CENTRO PRE UNIVERSITARIO

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

FUNCIONES

ESTRUCTURA ORGÁNICA

FALTAS Y SANCIONES

Siguiente

ESTRUCTURA ORGÁNICA

El presente reglamento es un instrumento técnico - normativo, precisa y norma la naturaleza, finalidad, ámbito, organización, funcionamiento, interrelaciones, régimen económico - académico, laboral y de control del instituto tecnológico vigente en el estatuto.

ALCANCE

REGLAMENTO GENERAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

FUNCIONES

FINES DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL

FALTAS Y SANCIONES

Inicio

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento Interno comprende a todo el personal directivo, docentes, administrativos de la universidad José Faustino Sánchez Carrión y estudiantes que se encuentren dentro y fuera de la ley universitaria 30220, estudiantes de otras insittuciones públicas o privadas y público en general de este órgano de gestión académica.

ALCANCE

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO DE IDIOMAS

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

FUNCIONES

FINALIDAD

FALTAS Y SANCIONES

I) Aprobar las directivas internas de control por áreas específicas. J) Proponer criterios de selección para el personal docente, administrativo y de servicio, a fin de optimizar el servicio del CPU. K) Aplicar medidas disciplinarias, para profesores, alumnos, personal administrativo y de servicios por acciones que contravengan a lo dispuesto en el presente reglamento. L) Resolver los problemas que deriven de los profesores en la ejecución de las actividades lectivas y administrativas. M) Proponer al Vicerrectorado Académico el plan de trabajo anual a llevarse a cabo, para su revisión y aprobación correspondiente. N) Otorgar media beca a los estudiantes que demuestren un buen nivel académico y que no cuentan con recursos económicos suficientes.

FUNCIONES

A) Establecer y evaluar las políticas de gestión del CPU. B) Diseñar, implementar y evaluar la organización interna del CPU. C) Dirigir y evaluar las actividades académicas y administrativas. D) Estructurar, evaluar, y proponer los cambios de los contenidos de las asignaturas desarrolladas. E) Proponer la suscripción de convenios de carácter académico y proyección del CPU. F) Aprobar en primera instancia el Reglamento de Funciones del CPU y elevarlo al Vicerrector Académico para su aprobación. G) Elaborar y evaluar los planes y programas del CPU. H) Aprobar la programación, implementación y ejecución de los ciclos académicos del CPU, así como proponer las tasas educacionales al Consejo Universitario.

1. Las situaciones no previstas en el presente reglamento, son resueltas por el Directorio del CPU en primera instancia y por el Vicerrector académico en última instancia. 2. El presente reglamento rige a partir del día siguiente de la emisión de la resolución de aprobación del Consejo Universitario. Órgano al que también le compete derogarlo, modificarlo y suspenderlo total o parcialmente. 3. El pago por derecho de inscripción y carné es obligatorio para todos los alumnos regulares y/o especiales (Medias Becas y cuartos de Becas). 4. En caso exista controversia en los resultados de las respuestas del examen de admisión en la Modalidad Centro Preuniversitario, se dará prioridad a la enseñanza impartida por los docentes de CPU.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Las sanciones se aplican de acuerdo a la gravedad de los hechos en que hubieran incurrido los alumnos, docentes, administrativos y personal de servicio en alguna de las faltas siguientes: A) Conducta inmoral o gravemente reprensible. B) Actos graves de coacción, violencia u otros que interfieran el funcionamiento del CPU o el ejercicio de la autoridad universitaria. C) Actos de plagio, soborno, adulteración o sustracción de documentos, suplantación durante las evaluaciones u otros que a juicio del directorio determine. as sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, docentes, administrativos y personal de servicio del CPU de acuerdo a la naturaleza de la falta son las siguientes: Amonestación escrita, suspensión, separación.

FALTAS Y SANCIONES

I) Aprobar las directivas internas de control por áreas específicas. J) Proponer criterios de selección para el personal docente, administrativo y de servicio, a fin de optimizar el servicio del CPU. K) Aplicar medidas disciplinarias, para profesores, alumnos, personal administrativo y de servicios por acciones que contravengan a lo dispuesto en el presente reglamento. L) Resolver los problemas que deriven de los profesores en la ejecución de las actividades lectivas y administrativas. M) Proponer al Vicerrectorado Académico el plan de trabajo anual a llevarse a cabo, para su revisión y aprobación correspondiente. N) Otorgar media beca a los estudiantes que demuestren un buen nivel académico y que no cuentan con recursos económicos suficientes.

FUNCIONES

A) Establecer y evaluar las políticas de gestión del CPU. B) Diseñar, implementar y evaluar la organización interna del CPU. C) Dirigir y evaluar las actividades académicas y administrativas. D) Estructurar, evaluar, y proponer los cambios de los contenidos de las asignaturas desarrolladas. E) Proponer la suscripción de convenios de carácter académico y proyección del CPU. F) Aprobar en primera instancia el Reglamento de Funciones del CPU y elevarlo al Vicerrector Académico para su aprobación. G) Elaborar y evaluar los planes y programas del CPU. H) Aprobar la programación, implementación y ejecución de los ciclos académicos del CPU, así como proponer las tasas educacionales al Consejo Universitario.

El Rectorado es el órgano jerárquico superior a la Dirección del Instituto de Idiomas. La estructura del Instituto de Idiomas está conformado por un Director, un Jefe de la Unidad de Gestión Académica y un Jefe de la Unidad de Gestión Administrativa.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

I) Aprobar las directivas internas de control por áreas específicas. J) Proponer criterios de selección para el personal docente, administrativo y de servicio, a fin de optimizar el servicio del CPU. K) Aplicar medidas disciplinarias, para profesores, alumnos, personal administrativo y de servicios por acciones que contravengan a lo dispuesto en el presente reglamento. L) Resolver los problemas que deriven de los profesores en la ejecución de las actividades lectivas y administrativas. M) Proponer al Vicerrectorado Académico el plan de trabajo anual a llevarse a cabo, para su revisión y aprobación correspondiente. N) Otorgar media beca a los estudiantes que demuestren un buen nivel académico y que no cuentan con recursos económicos suficientes.

FUNCIONES

A) Establecer y evaluar las políticas de gestión del CPU. B) Diseñar, implementar y evaluar la organización interna del CPU. C) Dirigir y evaluar las actividades académicas y administrativas. D) Estructurar, evaluar, y proponer los cambios de los contenidos de las asignaturas desarrolladas. E) Proponer la suscripción de convenios de carácter académico y proyección del CPU. F) Aprobar en primera instancia el Reglamento de Funciones del CPU y elevarlo al Vicerrector Académico para su aprobación. G) Elaborar y evaluar los planes y programas del CPU. H) Aprobar la programación, implementación y ejecución de los ciclos académicos del CPU, así como proponer las tasas educacionales al Consejo Universitario.

1. Todo aquello que no está contemplado incluyendo el Idioma Chino Mandarín en el presente reglamento será resuelto por DIrección, dando cuenta al Directorio. 2. El presente reglamento entra en vigor a partir de su ratificación en Consejo Universitario.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Este material fue elaborado por la "Oficina de Imagen Institucional".

I) Aprobar las directivas internas de control por áreas específicas. J) Proponer criterios de selección para el personal docente, administrativo y de servicio, a fin de optimizar el servicio del CPU. K) Aplicar medidas disciplinarias, para profesores, alumnos, personal administrativo y de servicios por acciones que contravengan a lo dispuesto en el presente reglamento. L) Resolver los problemas que deriven de los profesores en la ejecución de las actividades lectivas y administrativas. M) Proponer al Vicerrectorado Académico el plan de trabajo anual a llevarse a cabo, para su revisión y aprobación correspondiente. N) Otorgar media beca a los estudiantes que demuestren un buen nivel académico y que no cuentan con recursos económicos suficientes.

FUNCIONES

A) Establecer y evaluar las políticas de gestión del CPU. B) Diseñar, implementar y evaluar la organización interna del CPU. C) Dirigir y evaluar las actividades académicas y administrativas. D) Estructurar, evaluar, y proponer los cambios de los contenidos de las asignaturas desarrolladas. E) Proponer la suscripción de convenios de carácter académico y proyección del CPU. F) Aprobar en primera instancia el Reglamento de Funciones del CPU y elevarlo al Vicerrector Académico para su aprobación. G) Elaborar y evaluar los planes y programas del CPU. H) Aprobar la programación, implementación y ejecución de los ciclos académicos del CPU, así como proponer las tasas educacionales al Consejo Universitario.

Orgánicamente el CPU está formado por: Órgano de Dirección: Directorio representado por el director. Órgano de Línea: Sub Dirección Académica, Sub Dirección Administrativa. El mandato del Directorio tendrá una duración de 2 años y sus miembros individualmente podrán ser ratificados por un período más, previa evaluación por el Vicerrector Académico.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Este material fue elaborado por la "Oficina de Imagen Institucional".

Las sanciones se aplican de acuerdo a la gravedad de los hechos en que hubieran incurrido los alumnos, docentes, administrativos y personal de servicio en alguna de las faltas siguientes: A) Conducta inmoral o gravemente reprensible. B) Actos graves de coacción, violencia u otros que interfieran el funcionamiento del CPU o el ejercicio de la autoridad universitaria. C) Actos de plagio, soborno, adulteración o sustracción de documentos, suplantación durante las evaluaciones u otros que a juicio del directorio determine. as sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, docentes, administrativos y personal de servicio del CPU de acuerdo a la naturaleza de la falta son las siguientes: Amonestación escrita, suspensión, separación.

FALTAS Y SANCIONES

G) Elaborar el calendario de exámenes y el de aquellas pruebas de evaluación que se establezcan reglamentariamente. H) Promover la mejora continua de los directivos, docentes y público en general, así como personal administrativo del instituto de idiomas. I) Fomentar y apoyar el intercambio cultural entre alumnos, docentes y personal directivo con otras universidades e institutos de idiomas de carácter nacional e internacional. J) Establecer convenios nacionales e internacionales con instituciones públicas y/o privadas que beneficien académica y administrativamente al instituto de idiomas de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. K) Promover el incremento de los recursos para la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. L) Otras funciones que le atribuyan el estatuto y la normativa aplicable.

FUNCIONES

A) Brindar una enseñanza sistemática, a través de planes, programas y material educativo adecuado acorde a los avances de la ciencia y la tecnología educativa de los idiomas: inglés, francés, portugués, italiano, chino mandarín, y el quechua, entre otros. B) Definir, evaluar y actualizar las mallas curriculares de los diferentes cursos de idiomas. C) Planificar, organizar y ejecutar el desarrollo de los cursos de idiomas, dirigida a la comunidad universitaria y público en general. D) Acreditar el conocimiento de un idioma, en el nivel básico, para la obtención del grado de bachiller. E) Certificar a los estudiantes del Instituto de Idiomas que hayan culminado sus estudios satisfactoriamente en algunos de los diferentes niveles idiomáticos que ofrece el Instituto. F) Medir el nivel de conocimiento del idioma a través de la aplicación de los exámenes de simulacros que conlleve a optar la Certificación Internacional en sus niveles Básico, Intermedio y Avanzado. Así mismo, incentivar a nuestros estudiantes para que accedan a becas nacionales e internacionales.

1. Las situaciones no previstas en el presente reglamento, son resueltas por el Directorio del CPU en primera instancia y por el Vicerrector académico en última instancia. 2. El presente reglamento rige a partir del día siguiente de la emisión de la resolución de aprobación del Consejo Universitario. Órgano al que también le compete derogarlo, modificarlo y suspenderlo total o parcialmente. 3. El pago por derecho de inscripción y carné es obligatorio para todos los alumnos regulares y/o especiales (Medias Becas y cuartos de Becas). 4. En caso exista controversia en los resultados de las respuestas del examen de admisión en la Modalidad Centro Preuniversitario, se dará prioridad a la enseñanza impartida por los docentes de CPU.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

1. Las situaciones no previstas en el presente reglamento, son resueltas por el Directorio del CPU en primera instancia y por el Vicerrector académico en última instancia. 2. El presente reglamento rige a partir del día siguiente de la emisión de la resolución de aprobación del Consejo Universitario. Órgano al que también le compete derogarlo, modificarlo y suspenderlo total o parcialmente. 3. El pago por derecho de inscripción y carné es obligatorio para todos los alumnos regulares y/o especiales (Medias Becas y cuartos de Becas). 4. En caso exista controversia en los resultados de las respuestas del examen de admisión en la Modalidad Centro Preuniversitario, se dará prioridad a la enseñanza impartida por los docentes de CPU.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

I) Aprobar las directivas internas de control por áreas específicas. J) Proponer criterios de selección para el personal docente, administrativo y de servicio, a fin de optimizar el servicio del Instituto Tecnológico. K) Aplicar medidas disciplinarias, para profesores, alumnos, personal administrativo y de servicios por acciones que contravengan a lo dispuesto en el presente reglamento. L) Resolver los problemas que deriven de los profesores en la ejecución de las actividades lectivas y administrativas. M) Proponer al vicerrectorado académico el plan de trabajo anual a llevarse a cabo, para su revisión y aprobación correspondiente. N) Otorgar media beca a los estudiantes que demuestren un buen nivel académico y que no cuentan con recursos económicos suficientes. O) Otorgar media según pacto colectivo.

FUNCIONES

A) Establecer y evaluar las políticas de gestión del Instituto Tecnológico. B) Diseñar, implementar y evaluar la organización interna del Instituto Tecnológico. C) Dirigir y evaluar las actividades académicas y administrativas. D) Estructurar, evaluar, y proponer los cambios de los contenidos de las asignaturas desarrolladas. E) Proponer la suscripción de convenios de carácter académico y proyección del Instituto Tecnológico. F) Aprobar en primera instancia el Reglamento de Funciones del Instituto Tecnológico y elevarlo al Vicerrector Académico para su aprobación. G) Elaborar y evaluar los planes y programas del Instituto Tecnológico. H) Aprobar la programación, implementación y ejecución de los ciclos académicos del instituto tecnológico, así como proponer las tasas educacionales al Consejo Universitario.

Las sanciones se aplican de acuerdo a la gravedad de los hechos en que hubieran incurrido los alumnos, docentes, administrativos y personal de servicio en alguna de las faltas siguientes: A) Conducta inmoral o gravemente reprensible. B) Actos graves de coacción, violencia u otros que interfieran el funcionamiento del CPU o el ejercicio de la autoridad universitaria. C) Actos de plagio, soborno, adulteración o sustracción de documentos, suplantación durante las evaluaciones u otros que a juicio del directorio determine. as sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, docentes, administrativos y personal de servicio del CPU de acuerdo a la naturaleza de la falta son las siguientes: Amonestación escrita, suspensión, separación.

FALTAS Y SANCIONES

1. Las situaciones no previstas en el presente reglamento, son resueltas por el Directorio del Instituto Tecnológico en primera instancia y por el Vicerrector académico en última instancia. 2. El presente reglamento rige a partir del día siguiente de la emisión de la resolución de aprobación del Consejo Universitario. Órgano al que también le compete derogarlo, modificarlo y suspenderlo total o parcialmente. 3. El pago por derecho de inscripción y carné es obligatorio para todos los alumnos regulares y/o especiales (Medias Becas y cuartos de Becas).

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Las sanciones se aplican de acuerdo a la gravedad de los hechos en que hubieran incurrido los alumnos, docentes, administrativos y personal de servicio en alguna de las faltas siguientes: A) Conducta inmoral o gravemente reprensible. B) Actos graves de coacción, violencia u otros que interfieran el funcionamiento del CPU o el ejercicio de la autoridad universitaria. C) Actos de plagio, soborno, adulteración o sustracción de documentos, suplantación durante las evaluaciones u otros que a juicio del directorio determine. as sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, docentes, administrativos y personal de servicio del CPU de acuerdo a la naturaleza de la falta son las siguientes: Amonestación escrita, suspensión, separación.

FALTAS Y SANCIONES

Orgánicamente el CPU está formado por: Órgano de Dirección: Directorio representado por el director. Órgano de Línea: Sub Dirección Académica, Sub Dirección Administrativa. El mandato del Directorio tendrá una duración de 2 años y sus miembros individualmente podrán ser ratificados por un período más, previa evaluación por el Vicerrector Académico.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

1. Las situaciones no previstas en el presente reglamento, son resueltas por el Directorio del CPU en primera instancia y por el Vicerrector académico en última instancia. 2. El presente reglamento rige a partir del día siguiente de la emisión de la resolución de aprobación del Consejo Universitario. Órgano al que también le compete derogarlo, modificarlo y suspenderlo total o parcialmente. 3. El pago por derecho de inscripción y carné es obligatorio para todos los alumnos regulares y/o especiales (Medias Becas y cuartos de Becas). 4. En caso exista controversia en los resultados de las respuestas del examen de admisión en la Modalidad Centro Preuniversitario, se dará prioridad a la enseñanza impartida por los docentes de CPU.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Orgánicamente el CPU está formado por: Órgano de Dirección: Directorio representado por el director. Órgano de Línea: Sub Dirección Académica, Sub Dirección Administrativa. El mandato del Directorio tendrá una duración de 2 años y sus miembros individualmente podrán ser ratificados por un período más, previa evaluación por el Vicerrector Académico.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Orgánicamente el CPU está formado por: Órgano de Dirección: Directorio representado por el director. Órgano de Línea: Sub Dirección Académica, Sub Dirección Administrativa. El mandato del Directorio tendrá una duración de 2 años y sus miembros individualmente podrán ser ratificados por un período más, previa evaluación por el Vicerrector Académico.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Orgánicamente el Instituto Tecnológico está conformado por: A) Órgano de Dirección: Directorio representado por el director. B) Órgano de Línea: Sub Dirección Académica, Sub Dirección Administrativa. El directorio del Instituto Tecnológico está integrado de la siguiente manera: 1. Un director, a cargo del docente designado por el consejo universitario. 2. Un sub director académico. 3. Un sub director administrativo.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Este material fue elaborado por la "Oficina de Imagen Institucional".

A) Normar el desarrollo Académico - Administrativo del Instituto de Idiomas. B) Normar los procedimientos académicos referentes a lo siguiente: matrícula (presencial – virtual) examen de ubicación, examen para la certificación de un idioma para optar el grado de Bachiller, exámenes de simulacro para la certificación internacional, cursos regulares de idiomas en sus 3 niveles: Básico, Intermedio y Avanzado; Inglés Técnico para profesionales, emisión de constancias de estudios, certificaciones, constancias de notas, cursos para niños y otros. C) Capacitar a todos los estudiantes de las distintas facultades de la universidad, en los diferentes idiomas con la finalidad de elevar el nivel académico y cumplir con la aplicación y exigencia de la nueva ley universitaria y el estatuto vigente tal como se indica en su artículo 70 y 165°, de esta manera contribuir con el proceso de acreditación de la universidad. D) Promover acciones orientadas a la comunidad como parte de la Responsabilidad Social Universitaria.

FINALIDAD

A) Profundizar las acciones administrativas para el servicio óptimo y eficiente de la educación. B) Solucionar las necesidades educativas, mediante una orientación técnica y permanente a los usuarios. C) Propender con intensidad a una administración y desarrollo académico moderno con responsabilidad. D) Integrar a los trabajadores en un clima institucional dentro de un desarrollo integral. E) Desarrollar cursos de actualización.

FINES DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL