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Cuadro sinóptico II

SILVA ROMERO IVANNA SARAI

Created on November 28, 2024

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Idea general

Requ isitos

El registro te da el derecho al uso exclusivo en el territorio nacional por 10 años, ya que distingue tus productos o servicios de otros existentes en el mercado, además te puede ayudar a iniciar acciones legales por posible mal uso de tu marca y te facilita el otorgar licencias de uso o franquicias.

Vigencia

Solicitud de Protección de Signos Distintivos A (Marcas, Marcas Colectivas, Marcas de Certificación, Aviso Comercial o Nombre Comercial) o Solicitud de Protección de Signos Distintivos B (Marca Holográfica, Marca Sonora, Marca Olfativa, Imagen Comercial o la combinación de las anteriores) (Por duplicado)

Vigencia

Es el “Acuerdo sobre los aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio”

Propiedad intelectual

El derecho patrimonial estará vigente durante la vida del autor y 100 años después de su muerte. En caso de coautoría, se contará a partir de la muerte del último coautor.

Acude al Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) para obtener el registro de tu obra literaria o artística, para seguridad jurídica como autor y/o titular de los derechos patrimoniales.

Requ isitos

Info

Info

involucra las invenciones, marcas de fábrica y de comercio, y los dibujos y modelos industriales. La propiedad industrial abarca derechos que protegen las invenciones, marcas y diseños utilizados en la industria y el comercio.

Propiedad industrial

Derechos de autor

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Se entiende como obra literaria, artística o científica, según el artículo 4 de la Decisión 351/1993: a. Las obras expresadas por escrito, es decir, los libros, folletos y cualquier tipo de obra expresada mediante letras, signos o marcas convencionales; b. Las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; c. Las composiciones musicales con letra o sin ella; d. Las obras dramáticas y dramático-musicales; e. Las obras coreográficas y las pantomimas; f. Las obras cinematográficas y demás obras audiovisuales ex- presadas por cualquier procedimiento; g. Las obras de bellas artes, incluidos los dibujos, pinturas, escultu- ras, grabados y litografías; h. Las obras de arquitectura; i. Las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; j. Las obras de arte aplicado; k. Las ilustraciones, mapas, croquis, planos, bosquejos y las obras plásticas relativas a la geografía, la topografía, la arquitectura o las ciencias; l. Los programas de ordenador; m. Las antologías o compilaciones de obras diversas y las bases de datos, que por la selección o disposición de las materias constituyan creaciones personales.

Algunos de los productos protegidos bajo la propiedad industrial son:Patentes: Protegen invenciones, nuevos productos o procesos que impliquen un avance técnico o científico. La patente confiere derechos exclusivos sobre la invención durante un tiempo limitado (generalmente 20 años). Modelos de utilidad: Protegen invenciones que ofrecen una ventaja práctica o funcional, pero que no cumplen con los requisitos de novedad y creatividad necesarios para una patente. Son comúnmente utilizados para proteger mejoras tecnológicas menores. Diseños industriales: Protegen la apariencia estética de productos industriales, como la forma, el patrón o el color de un objeto. Un diseño industrial no protege el funcionamiento del producto, sino solo su aspecto visual. Marcas: Protegen los signos distintivos que permiten identificar productos o servicios en el mercado, como logos, nombres comerciales, lemas, símbolos o colores característicos. Las marcas pueden registrarse para evitar que otros utilicen signos similares que puedan generar confusión entre los consumidores. Indicaciones geográficas: Protegen los nombres de productos que tienen una calidad o características específicas debido a su origen geográfico. Ejemplos incluyen productos como el "Champagne" o "Queso Manchego". Nombres comerciales: Son los signos utilizados para identificar empresas o establecimientos, y pueden ser protegidos por la propiedad industrial. Un nombre comercial tiene derechos exclusivos sobre su uso en un mercado determinado.

a) A las obras literarias, artísticas y científicas. b) A las interpretaciones de los artistas, intérpretes y a las ejecuciones de los artistas ejecutantes, a los fonogramas y a las emisiones de radiodifusión. c) A las inversiones en todos los campos de la actividad humana. d) A los descubrimientos científicos. e) A los dibujos y modelos industriales. f) A las marcas de fabrica, de comercio y de servicio, así como a los nombres y denominaciones comerciales. g) A la protección contra la competencia desleal, y todos los demas derechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, Científico, literario y artístico.

Definición

El Derecho de autor es el conjunto de normas que establecen los derechos y deberes sobre las obras del espíritu correspondientes a quienes las hayan creado o sean sus titulares, sus límites y sus vicisitudes, sin olvidar los derechos y deberes de otras personas o entidades, titulares de derechos vecinos o conexos a los de los autores, diseñados a imagen y semejanza de éstos, e independientemente de las normas relativas a acciones, procedimientos, registros, formalidades y símbolos.

En el ámbito internacional tenemos a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que se encarga de administrar el marco jurídico internacional de patentes. Este marco jurídico está integrado por el Convenio de París, el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, el Arreglo de Estrasburgo relativo a la Clasificación Internacional de Patentes, Tratado Sobre el Derecho de Patentes, Tratado de Budapest, entre otros.En México el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial quien está facultado para tramitar y en su caso otorgar patentes de invención con arreglo a la Ley de la Propiedad Industrial, el Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial, sin perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales de los que México sea parte.