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CONCEPT MAP
Dulce Medina
Created on November 27, 2024
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Transcript
El patrón y el trabajador mantienen una relación de subordinación, pues el patrón es un ente del Estado y las condiciones laborales no dependen de ellos, sino que son actos jurídicos tutelados por el mismo Estado.
En el Derecho Privado tanto el patrón como el trabajador son partículares y compromenten su voluntad a través de un "Contrato Individual" cuyo contenido y condiciones laborales son coordinados por ellos mismos sin coerción alguna.
PÚBLICO
PRIVADO
Cabe destacar que el Estado, a través de los tratados internacionales que ha firmado, condiciona también los contratos entre particulaes, por lo que deben ceñirse a lo que dicta la ley. En un acaso así se apela al derecho público.
Se crean así, hechos y actos jurídicos libremente bajo una línea patrimonialista.
DERECHO LABORAL
Vela por las relaciones de trabajo, la previsión social y los procedimientos laborales, pero sobre todo, reinterpreta y define lo social.
SOCIAL
Surge para regular los poderes que pueden tener los particulares en un nivel de superioridad al querer proteger su propiedad, vulnerando los derechos de los trabajadores; pero también los del Estado, tanto el derecho
privado convergen en el derecho social toda vez que se hable de sujetos sociales.
El orden jurídico contempla todo tipo de relaciones para regular la interacción del individuo y la sociedad.
De modo que los derechos privado, público y social velan por una relación libre de conflictos.