Determinación del sujeto pasivo
Daniel Josseppe Contreras Moscol
Created on November 25, 2024
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Transcript
Determinación del sujeto pasivo
Contribuyente se registra en el RUC.
Contribuyente realiza actividades económicas.
Contribuyente emite comprobantes por sus ingresos y solicita comprobantes por sus compras.
Contribuyente lleva un registro de ingresos y egresos.
Contribuyente realizá la declaración de la obligación tributaria.
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4
5
1 año para corregir
MENOR
En cualquier momento, siempre que no se haya iniciado un proceso de control por parte del SRI
MAYOR
¿La declaración debe tener menor o mayor valor a pagar?
No
Las declaraciones son vinculantes y tienen implícito la orden de cobro
Verificar saldos a favor
No
Pagar previo a la exigibilidad para evitar multas e intereses
Sí
¿Registra valor a pagar?
Sí
dECLARACION EFECTUADA POR EL PROPIO CONTRIBUYENTE ¿ LOS VALORES SON CORRECTOS?
DETERMINACION DEL SUJETO PASIVO
Multas e intereses
Los sujetos pasivos que, dentro de los plazos establecidos, no presenten las declaraciones tributarias a que están obligados, serán sancionados sin necesidad de resolución administrativa con una multa equivalente al 3% por cada mes o fracción de mes de retraso en la presentación de la declaración, la cual se calculará sobre el impuesto causado según la respectiva declaración, multa que no excederá del 100% de dicho impuesto. Cuando en la declaración no se determine Impuesto al Valor Agregado o Impuesto a la renta a cargo del sujeto pasivo, la sanción por cada mes o fracción de mes de retraso será equivalente al 0.1% de las ventas o de los ingresos brutos percibidos por el declarante en el período al cual se refiere la declaración, sin exceder el 5% de dichas ventas o ingresos.Las sanciones antes establecidas se aplicarán sin perjuicio de los intereses que origine el incumplimiento.
Art. 47 LRTI
En el caso de que las retenciones en la fuente del impuesto a la renta sean mayores al impuesto causado o no exista impuesto causado, conforme la declaración del contribuyente, éste podrá solicitar el pago en exceso, presentar su reclamo de pago indebido o utilizarlo directamente como crédito tributario sin intereses en el impuesto a la renta que cause en los ejercicios impositivos posteriores y hasta dentro de 3 años contados desde la fecha de la declaración; la opción así escogida por el contribuyente respecto al uso del saldo del crédito tributario a su favor, deberá ser informada oportunamente a la administración tributaria, en la forma que ésta establezca.
Art. 73 RLRTI
Cuando tales correcciones impliquen un mayor valor de impuesto o retenciones a pagar, se disminuya la pérdida tributaria o el crédito tributario y otros casos establecidos por el Servicio de Rentas Internas mediante resolución, se admitirán correcciones antes de que se hubiese iniciado la determinación por el sujeto activo: en este caso, sobre el mayor valor se causarán los intereses previstos en el Código Tributario.
Art. 73 RLRTI
Cuando la declaración cause impuestos y contenga errores que hayan ocasionado el pago de un tributo mayor que el legalmente debido, el contribuyente podrá presentar la declaración sustitutiva dentro del año siguiente a la presentación de la declaración.El contribuyente, en el caso de errores en las declaraciones cuya solución no modifique el impuesto a pagar o la pérdida o el crédito tributario sean mayores a las declaradas, y siempre que con anterioridad no se hubiere establecido y notificado el error por la Administración Tributaria, podrá enmendar los errores, presentando una declaración sustitutiva, dentro del año siguiente a la presentación de la declaración en las mismas condiciones señaladas en el primer inciso de este artículo.
Determinación por el sujeto pasivo
Código Tributario
La determinación por el sujeto pasivo se efectuará mediante la correspondiente declaración que se presentará en el tiempo, en la forma y con los requisitos que la ley o los reglamentos exijan, una vez que se configure el hecho generador del tributo respectivo.