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Transcript

TUTORES
COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA (CO.CO.PE)
EQUIPO DE CICLO
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
Claustro de profesores
Consejo escolar
Equipo directivo
COLEGIADOS

UNIPERSONALES

ÓRGANOS DE GOBIERNO

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN DOCENTE

Este órgano hace referencia al equipo directivo, el cual estará formado por el director o la directora, el jefe o la jefa de estudios, el secretario o la secretaria y todos aquellos que digan las Administraciones públicas. La obligación del equipo directivo debe estar unido, ya que tiene que trabajar de una manera coordinada y tener un objetivo común.

Funciones:

1. Ejecutar el plan de acción tutorial de forma efectiva.2. Coordinar la evaluación del alumnado de su grupo y, al término de cada ciclo de Educación Primaria, decidir sobre la promoción del alumnado, considerando los informes de los demás docentes del grupo.3. Acordar con los profesores del ciclo las medidas educativas complementarias o adaptaciones curriculares necesarias, derivadas de la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje.4. Favorecer la integración de los alumnos en el grupo, promoviendo actitudes de participación activa.5. Guiar al alumnado en su proceso de aprendizaje. 6. Colaborar con el servicio psicopedagógico escolar para alcanzar los objetivos planteados en el plan de acción tutorial. 7. Desarrollar, en caso necesario, y en coordinación con el servicio psicopedagógico escolar y el docente de educación especial, adaptaciones curriculares significativas y estrategias de intervención educativa para estudiantes con necesidades educativas especiales. 8. Mantener informados a padres, madres o tutores legales, al profesorado y al alumnado del grupo sobre temas relacionados con las actividades académicas y el proceso de enseñanza-aprendizaje. 9. Fomentar la colaboración educativa entre el profesorado y las familias o tutores legales de los alumnos. 10. Supervisar y atender a los alumnos durante los recreos y en actividades no lectivas, junto con el resto del profesorado del centro.

1. Coordinar la elaboración de los proyectos curriculares. 2. Elaborar propuestas para la organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial. 3. Asegurar la coherencia entre el proyecto educativo de centro, los proyectos curriculares y la programación general anual.

Funciones:
  • IMPORTANTE: LA CO.CO.PE. solo existe en centros donde haya más de nueve unidades (número de clases totales). Si no las funciones las llevara a cabo el Claustro.
  • El director o la directora, que será el presidente o la presidenta.
  • El jefe de estudios.
  • Un concejal o representante del Ayuntamiento.
  • Un número de padres/madres y alumnos, que no será inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
  • Un representante del personal de administración y servicios del centro.
  • El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz pero sin voto.

Es el órgano de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en el gobierno de los centros. Por ello, está compuesto por:

Funciones:

1. Proponer iniciativas para la elaboración del Proyecto Educativo de Centro (PEC). 2. Planificar y desarrollar las enseñanzas específicas del ciclo. 3. Evaluar los objetivos alcanzados y sugerir acciones para su mejora. 4. Presentar propuestas de actividades escolares. 5. Adaptar los programas educativos para atender las necesidades de los alumnos con necesidades educativas especiales. 6. Garantizar la coherencia educativa dentro de la etapa.

Está presidido por el director o la directora y formado por todos los profesores y profesoras que presten servicio en el centro. La responsabilidad de este órgano propio de participación de los profesores y profesoras es de planificar, coordinar, informar y decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

EXPLICACIÓN SOBRE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES

https://youtu.be/9ar0Rd-KPco?si=sZlHSdtEmQaFoF2N
Responsabilidades:

1. Evaluar los proyectos y las normas de carácter interno. 2. Evaluar la programación general anual (PGA). 3. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección. 4. Participar en la selección del centro. 5. Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas. 6. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios. 7. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. 8. Promover la conservación y renovación de instalaciones y del equipo escolar. 9. Informar las directrices para la colaboración. 10. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro. 11. Elaborar propuestas e informes. 12. Cualquier otra función atribuida por la Administración educativa.

Funciones:

1. Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos educativos del centro y de la programación anual general (PGA). 2. Aprobar y evaluar la concreción del currículo. 3. Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación. 4. Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación. 5. Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director. 6. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados. 7. Informar de las normas de organización y funcionamiento del centro. 8. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones. 9. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. 10. Cualquier otra función que sea atribuida por la Administración educativa.