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EHDE U1T1 Fundamentos

Fortalecimiento Académico SEMS 2021

Created on November 22, 2024

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Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Ley General de Educación

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Fundamentos normativos

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Conforme a la última reforma del Art. 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), una de las obligaciones del Estado es impartir y garantizar la Educación Media Superior (EMS); la cual deberá fomentar tanto el desarrollo armónico de todas las facultades del ser humano, como el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; además de promover la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje. Adicional a lo anterior, es importante (entre otros criterios) que sea integral, eduque para la vida, con el propósito de desarrollar en las personas sus capacidades cognitivas, socioemocionales y físicas que les permitan alcanzar su bienestar; además de que sea de excelencia, lo que contempla “el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad” (CPEUM, 02-12-2024, art. 3).

Conforme a la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, Art. 19, los procesos de selección considerarán los contextos regionales del servicio educativo y la valoración de los conocimientos, aptitudes y experiencia de las maestras y los maestros, con la finalidad de mejorar el nivel de aprendizaje y desarrollo integral de los educandos. En ellos se establecerán los componentes y los perfiles profesionales que deberán ser cubiertos por los participantes, además de los criterios técnicos que se utilizarán para ordenar los elementos de cada proceso de selección. Para conocer más sobre la “Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros”, da clic en la siguiente imagen para descargar el documento.

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y tecnólogo, se fomentará el desarrollo de los conocimientos, habilidades y actitudes necesarias para alcanzar una vida productiva (Art. 24).

Con base en la Ley General de Educación (LGE), uno de los fines de la educación es contribuir al desarrollo integral y permanente de las y los estudiantes, para que desempeñen de forma plena todas sus capacidades (Capítulo II, Art. 15, Fracc. I). Al respecto, en el Artículo 20 de la LGE, se afirma que las maestras y los maestros acompañarán a los educandos en sus trayectorias formativas, propiciando la construcción de aprendizajes interculturales, tecnológicos, científicos, humanísticos, sociales, biológicos, comunitarios y plurilingües, para acercarlos a la realidad, a efecto de interpretarla y participar en su transformación positiva. Asimismo, en el caso de los planes y programas de estudio de EMS, promoverán el desarrollo integral de las y los adolescentes y jóvenes que cursen este tipo educativo, sus conocimientos, habilidades, aptitudes, actitudes y competencias profesionales, mediante aprendizajes significativos en áreas disciplinares (ciencias naturales y experimentales, ciencias sociales y humanidades); y áreas de conocimientos transversales (pensamiento matemático, historia, comunicación, cultura, artes, educación física y aprendizaje digital); asimismo, en el caso del bachillerato tecnológico, profesional técnico bachiller y