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EBC SUCESIONES 2
José Manuel Chávez González
Created on November 21, 2024
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Transcript
BIENES Y SUCESIONES
sUCESIÓN TESTAMENTARIA
MTRO. JOSÉ MANUEL
SUCESIÓN TESTAMENTARIA
En la sucesión testamentaria una persona, el testado o de cujus, traspasa a otra (s) su patrimonio. Lo puede hacer a familiares o personas sin parentesco e incluso a personas morales públicas o privadas.
01
LA HERENCIA
Son los bienes, derechos y obligaciones del difunto, que no se extinguen por la muerte.
TESTAMENTO
02
01
El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la herencia, hasta donde alcance el valor de los bienes -beneficio de inventario-
El testador puede disponer de sus bienes en todo -a título uninersal- o en parte -a título partícular/legado-
La herencia es un patrimonio común, hasta en tanto no se haga la partición. Los herederos no pueden disponer de los bienes hasta en tanto se haga la partición y adjudicación. Los legatarios desde la muerte del de cujus. De ninguna forma tienen algún derecho antes de la muerte del testador.
El legatario adquiere a título partícular y solo puede tener las cargas que el testador le imponga. Si toda la herencia se distribuye en legados, a los legatarios se les considerara herederos.
04
03
EL TESTAMENTO
EL TESTAMENTO
CONSIDERACIONES
NATURALEZA
CARACTERÍSTICAS
FUNCIÓN
a) Que una persona capaz, transmita y/o disponga de sus bienes y derechos. b) declare o cumpla deberes para después de su muerte.
El testador debe cumplir con sus obligaciones respecto a su conyuge, hijos u otros familiares, así como terceros.
Acto jurídico. Declaración Unilateral de la Voluntad.
Acto personalísimo, revocable y libre. Comunmente solemne.
CAPACIDAD PARA TESTAR
CAPACIDAD PARA HEREDAR
- 16 años de edad.
- Estar en estado de interdicción declarado judicialmente.
- Regla general, cualquier persona, incluso el nasciturus/el concebido si resulta viable.
- Excepciones: falta de personalidad, delitos contra el testador o su familia, adulterio, ingratitud, falta a deberes legales con el de cujus, influir en la voluntad del testador, falta de reciprocidad internacional, renuncia a derechos o cargo conferido en el testamento.
- Puede subsanarse por perdón
- A petición de parte
VALIDEZ DEL TESTAMENTO
Capacidad para testar.- 16 años en Guanajuato, no estado de interdicción. Sin vicios en la voluntad.- dolo, violencia, error, mala fe. Fin.- si es ilícita alguna situación se tiene por no puesta. Forma.- depende el tipo de testamento.
DE NO DARSE ESTOS ELEMENTOS SE DARÍA LA NULIDAD DEL TESTAMENTO
¿DUDAS?
actividad 5
¡gracias!