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Proyecto Modular.

Se identifucaran los conceptos de los sujetos de derecho, los hechos y actos jurídicos, el matrimonio, los regímenes matrimoniales y el divorcio para comprender los aspectos relevantes de la rama civil.

Índice

Hechos y actos juridicos.

Matrimonio.

Regimenes Matrimoniales.

Divorcio.

Referencias.

01

Hechos y actos juridicos

¿QUE ES UN SUPUESTO JURIDICO?

Es la hipótesis de cuya realización dependen las consecuencias establecidas por una norma. Y se encuentra enlazado en la norma imputativamente a la consecuencia de Derecho por medio de la cópula.

Hecho jurídico

Acto jurídico

CONSECUENCIAS.

Creación, transmisión, modificación o extinción de derechos y obligaciones,

Nacimiento, transmisión, modificación o extinción de relaciones jurídicas,

ELementos esenciales del acto jurídico

1. Manifestación de la voluntad o consentimiento: Es la expresión de la libre voluntad de una persona a la cual el ordenamiento jurídico reconoce en los individuos para regular sus propios intereses y alcanzar sus propios fines, la cual deberá realizarse de acuerdo con los requisitos que la ley establece.Plantea una pregunta dramática; es decir, es el ingrediente esencial para mantener la atención del público. 2. Objeto física y jurídicamente posible: El objeto jurídico puede consistir en un hacer o no hacer, dar o tolerar. Se trata de la obligación en sí misma y está amparada por una norma jurídica. 3. Solemnidad: Un acto es solemne cuando, por disposición legal, la voluntad del sujeto es declarada en la forma en que el derecho lo establece.

elementos de validez del acto jurídico

1.Capacidad; Es a la aptitud o facultad de ser titular y poder hacer valer personalmente los derechos y obligaciones.2. Voluntad exenta de vicios: La manifestación de la voluntad, o el consentimiento de las partes, debe ser expresada libremente, sin coacciones, y de forma consciente. Si esto no ocurre así, se dice entonces que el acto jurídico está viciado. 3. Licitud en el objeto, fin o motivo: son determinados de la voluntad de los que participan en un acto jurídico y no debe ser ilícito, es decir, contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres (las cuales constituyen la moral social de una comunidad en un tiempo y espacio definidos). 4. La forma: Un acto será formal cuando la manifestación de la voluntad de la persona se produzca tal como la ley lo haya establecido y solicite.

1.inexistencia del acto jurídico: razón de que esté ausente el consentimiento, la licitud del objeto o la solemnidad. 2.Nulidad del acto jurídico: debido a la carencia de capacidad, la existencia de algún vicio de la voluntad, el objeto, el fin o el motivo es ilícito, o no se realiza con la formalidad señalada por la ley.

elementos acto jurídico ineficaz

ejemplos:

Actos jurídicos.

El pago de una deuda, el registro del nacimiento de un niño, la compra de un inmueble.

Hechos jurídicos

El nacimiento de una persona, un terremoto o la muerte natural; la gestión de negocios, un delito, el pago de lo indebido

02

matrimonio

El matrimonio.

El matrimonio es la unión libre de un hombre y una mujer para realizar la comunidad de vida en condiciones de igualdad, en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua con la posibilidad de procrear hijos de manera libre, responsable e informada.

IMPEDIMENTOS:

REQUISITOS:

Requisitos e impedimentos del matrimonio

Son tres requisitos: 1-La mayoría de edad de los contrayentes, esto es, mayores de 18 años. 2-El consentimiento libre de los contrayentes. 3-Cumplir con la formalidad (solemne) requerida por ley: la celebración del matrimonio es ante el juez del Registro Civil y testigos.

El matrimonio no se puede contraer si: 1-La falta de mayoría de edad. 2-Parentesco de consanguinidad en línea recta ascendente o descendente y En línea colateral. 3-El adulterio judicialmente comprobado en alguno de los contrayentes. 4-La existencia de atentado contra algún casado para contraer matrimonio con el que queda libre. 5-Que haya violencia para llevar a cabo el matrimonio (matrimonio a la fuerza u obligado). 6-Impotencia incurable. 7-Padecer una enfermedad crónica, incurable, contagiosa y transmisible (por ejemplo, el SIDA). 8-Estar en una situación de discapacidad grave.

Efectos jurídicos del matrimonio respecto de los hijos:

Efectos jurídicos del matrimonio entre consortes:

Efectos jurídicos del matrimonio

EXISTEN 2 TIPOS DE EFECTOS JURÍDICOS.

Este consiste en 4 consecuencias las cuales son: 1-El derecho a la cohabitación: Hacer cumplir los fines del matrimonio, existe el derecho y la obligación de los cónyuges de habitar bajo el mismo techo, cumpliendo la exigencia de una vida en común. 2-El derecho de exigir fidelidad.: El matrimonio exige a cada uno de los cónyuges una vida decorosa, en la cual no cabe el adulterio. 3-El derecho a la relación sexual.:La sexualidad es parte de la vida humana, como elemento consciente que permite el crecimiento en la intimidad, la condición de cónyuge, y la generación de los hijos. 4-El derecho a la ayuda mutua: Principalmente en el apoyo moral y económico que ha de existir entre los esposos y con los hijos.

Lo conforman los siguientes 3 aspectos.: 1-Establecer la filiación de los hijos y atribuirles la calidad de legítimos: En el matrimonio, y de acuerdo al Código Civil Federal (artículo 324) se consideran legítimos los hijos nacidos después de 180 días contados a partir de la celebración del matrimonio. 2- Legitimación de los hijos naturales por el subsecuente matrimonio de sus padres: Implica la legitimación de los hijos nacidos antes de celebrarse el matrimonio. Esto significa que se tendrán como nacidos del matrimonio los hijos procreados antes de la celebración de éste (artículo 354 del Código Civil Federal). 3-Certeza en cuanto a los derechos y obligaciones que impone la patria potestad: En el Derecho mexicano el matrimonio no atribuye efectos en cuanto a la patria potestad, pues éstos existen a favor de los padres y abuelos, ya sean legítimos o naturales.

03

Regímenes matrimoniales

que es son los Regímenes matrimoniales:

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones económicas (o de administración) y de propiedad de los bienes que se adquieren durante el matrimonio, sea entre los cónyuges, o de estos frente a terceros.

Régimen de separación de bienes:

Régimen de sociedad conyugal:

Tipos de regímes matrimoniales

La propiedad y utilidades de los bienes pertenece a ambos cónyuges, salvo que se pacte algo diferente. y se subdivide en 2: 1- Universal: El patrimonio de cada uno de los cónyuges se une, e incluye todos los bienes que se hayan adquirido antes y durante el matrimonio. 2-Limitado: La propiedad común de los bienes sólo recae sobre aquellos que se adquieren durante el matrimonio-

Cada uno de los cónyuges conserva la propiedad y administra sus propios bienes, sea que los haya adquirido antes de celebrar el matrimonio o los adquiera después de celebrarlo. Se subdivide en 2: 1-Absoluto cuando la separación de bienes es total y los cónyuges no tienen ningún derecho sobre los bienes del otro. 2-Es parcial cuando existen bienes que no están consignados en las capitulaciones de separación, por lo cual pasan a formar parte de la sociedad conyugal.

1-Las capitulaciones se realizan por escrito en un documento privado, salvo que deba hacerse en escritura pública, como en el caso de que los cónyuges estipulen ser copartícipes o quieran transferirse la propiedad de un bien inmueble. 2-Debe incluirse la lista de bienes inmuebles que cada uno de los cónyuges lleva a la sociedad, indicando su valor y gravámenes. Debe incluirse también la lista de los bienes muebles. 3-También se enlistarán las deudas que cada uno de los cónyuges tenga al momento del matrimonio, especificando por cuales se ha de responder de manera individual y de manera conjunta. 4-Debe determinarse explícitamente cuáles son los bienes que formarán parte de la sociedad conyugal. 5-También ha de determinarse si el fruto del trabajo de cada cónyuge corresponde al que lo trabajo o a los dos, así como la proporción. 6-Se debe definir si la administración de los bienes corresponde a uno de los cónyuges o a los dos. 7-Debe especificarse si los bienes que se adquieran a futuro pertenecen a quien los compró o entrarán a formar parte de la sociedad. 8-Ha de señalarse si los bienes que se adquieren por herencia, legado o donación entran a formar parte de la sociedad. 9-También debe definirse la forma y bases para la liquidación de la sociedad conyugal.

Requisitos para las capitulaciones en la sociedad conyugal.

Requisitos para las capitulaciones en el régimen de separación de bienes

1-Se hacen por escrito en un documento privado. 2-Debe incluirse un listado de todos los bienes que corresponden a cada uno de los cónyuges al momento de casarse. 3-Debe hacerse un inventario de todas las deudas que tengan los cónyuges al momento de celebrar el matrimonio.

04

divorcio

El divorcio:

Es una forma jurídica de disolver un matrimonio, que tiene validez sólo mediante la sentencia de una autoridad judicial competente, a petición de uno de los cónyuges o de ambos, conforme a causas determinadas por la norma jurídica, y que deja a los cónyuges en libertad para volver a contraer un nuevo matrimonio.

Efectos.
Tipos.

tipos y efectos

Existen 2 tipos de divorcio los cuales son: 1-Divorcio voluntario es aquél en el que hay un acuerdo de voluntades entre los cónyuges para terminar con el vínculo matrimonial. 2-Divorcio incausado: Con el se da por terminando el matrimonio cuando alguno de los cónyuges no está dispuesto a continuar con el matrimonio sin causa aparente.

Efectos del divorcio entre los cónyuges: Tiene los 2 tipos de invorcios. Efectos del divorcio en relación a los hijos: En alimentos, en la patria potestad y ambos tinen los dos tipos de divorcios. Efectos del divorcio en relación a los bienes: Con el divorcio incausado, en cuanto a la repartición de bienes, las deudas deben ser liquidadas, los bienes gananciales deben ser inventariados para después dividirlos por medio de un convenio por ambas partes. Efectos del divorcio en relación a la sociedad: Un efecto político, ya que desde el momento en que el Estado interviene en todos los actos del estatus civil de las personas, el divorcio se debe ajustar a la autoridad correspondiente de acuerdo con lo regulado por la ley. Un efecto ético, ya que si bien es cierto que el divorcio causa una ruptura en las relaciones familiares, en muchos de los casos queda justificado. Un efecto sociológico, porque el divorcio proviene en realidad de un rompimiento de la solidaridad familiar y comunitaria, por lo que debe considerársele socialmente justificado, ya sea como sanción o como remedio.

Aspectos que se resuelven mediante una sentencia de divorcio

*Todo lo relativo a la patria potestad, su ejercicio, su pérdida, limitación o suspensión. *Todo lo relacionado con la guarda y custodia de los hijos, así como el régimen de visitas y los períodos de convivencia. *Las obligaciones de crianza y el derecho de los hijos a convivir con ambos padres. *La protección de los hijos contra la violencia familiar y cualquier otra circunstancia que ponga en riesgo su calidad de vida. *La contribución al pago de alimentos en favor de los hijos y del cónyuge inocente. *Las medidas de seguridad y seguimiento para corregir los actos de violencia familiar. *Determinar la división de los bienes de los cónyuges y cubrir las obligaciones que les queden pendientes y con los hijos. *Fijar la compensación para el cónyuge que se haya dedicado a las tareas del hogar y al cuidado de los hijos, y no haya adquirido bienes propios, o sean notablemente inferiores a los del otro cónyuge. *Proteger el bienestar de las personas mayores incapaces sujetos a la tutela de los cónyuges que se divorcian.

  • CNCI. (22 de 11 de 2024). CNCI. Obtenido de CNCI: https://alt-5b55e34bdde3d.blackboard.com/bbcswebdav/pid-4479039-dt-asiobject-rid-14920231_1/courses/BbCont10/Contenido/Lic_Ing/Introducci%C3%B3n_derechoLicIngPN/index.html?one_hash=6A0EB5F13BDC8F820880D04C9E3FDB97&f_hash=A77D1D0E71C658604CDABF43219C1108

Referencias

Bibliografía