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Gilberto_Mendoza_Servidores_Publicos_UnaDM

Gilberto Mendoza Perez

Created on November 17, 2024

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Transcript

Artículo 224

Artículo 219

Artículo 215

Gilberto Mendoza Pérez
Comprender las conductas prohibidas, el grado de intencionalidad y las sanciones aplicables es esencial para fomentar una cultura de legalidad y responsabilidad entre los servidores públicos.
Los delitos cometidos por servidores públicos representan una grave afectación al Estado de Derecho y minan la confianza de la ciudadanía en las instituciones.

Capítulo XIII - Enriquecimiento Ilícito

Capítulo VII - Intimidación

Delitos Cometidos por Servidores Públicos

Grado de intencionalidad

Conducta

Grado de intencionalidad

Grado de intencionalidad

Conducta

Punibilidad

Conducta

Punibilidad

Punibilidad

Capítulo III - Abuso de Autoridad

CÓDIGO PENAL FEDERAL

El Código Penal Federal se aplica en toda la República Mexicana para los delitos del orden federal. En este código se encuentran previstos algunos de los delitos del orden federal, reglas generales sobre delitos y responsabilidad penal, penas y medidas de seguridad, y reglas sobre la aplicación de sanciones penales.

Doloso: Implica la intención de enriquecerse ilícitamente.

Punibilidad: Decomiso en beneficio del Estado de los bienes cuya procedencia no se pueda acreditar. Si el monto no excede de 5,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA):

  • Prisión de tres meses a dos años.
  • Multa de treinta a cien días.
Si el monto excede de 5,000 veces el valor diario de la UMA: Prisión de dos a catorce años. Multa de cien a ciento cincuenta días.

Conducta: • I. El servidor público que, por sí o por interpósita persona, utilizando violencia física o moral, inhibe o intimida a cualquier persona para evitar que denuncie, formule querella o aporte información sobre una conducta sancionada penal o administrativamente. • II. El servidor público que, a raíz de la denuncia o información aportada, realiza una conducta ilícita u omite una lícita debida, lesionando los intereses del denunciante o de terceros vinculados.

Conducta: • El servidor público incurre en enriquecimiento ilícito cuando:

  • No puede acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduce como dueño.
  • Se incluyen los bienes de su cónyuge y dependientes económicos directos, salvo que demuestre que los obtuvieron por sí mismos.

• Para las fracciones I a V y X a XII:

  • Prisión de uno a ocho años.
  • Multa de cincuenta a cien días.
  • Igual sanción para quienes acepten los nombramientos, contrataciones o identificaciones ilícitas.
• Para las fracciones VI a IX, XIV, XV y XVI:
  • Prisión de dos a nueve años.
  • Multa de setenta a cuatrocientos días.

Punibilidad: • Prisión de dos a nueve años. • Multa de treinta a cien días.

Doloso: Requiere intención o conocimiento de la ilicitud de la conducta.

Fracciones VI a IX, XIV, XV y XVI: VI. Recibir o mantener detenida a una persona sin requisitos legales o sin informar a la autoridad. VII. No denunciar o no hacer cesar una privación ilegal de la libertad. VIII. Apropiarse o disponer indebidamente de fondos o valores no confiados. IX. Exigir o solicitar sin derecho parte del sueldo de subalternos u otras dádivas. XIV. Obligar a declarar a personas protegidas por el Artículo 243 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales. XV. Omitir registrar inmediatamente una detención, falsear informes o dilatar poner al detenido a disposición. XVI. Incumplir con la obligación de impedir la ejecución de conductas de privación de la libertad.

Conducta: • Los servidores públicos cometen abuso de autoridad cuando incurren en alguna de las siguientes conductas (Artículo 215): Fracciones I a V y X a XII: I. Impedir la ejecución de leyes, decretos, reglamentos, el cobro de impuestos o el cumplimiento de resoluciones judiciales, solicitando o utilizando la fuerza pública. III. Retardar o negar indebidamente protección o servicios a particulares, o impedir la presentación o curso de una solicitud. IV. Negarse injustificadamente a despachar un asunto pendiente, estando encargado de administrar justicia. V. Negarse o retrasar injustificadamente el auxilio requerido por autoridad competente. X. Otorgar empleos, cargos o contratos sabiendo que no se prestará el servicio o no se cumplirá el contrato. XI. Autorizar o contratar a personas inhabilitadas, con conocimiento de tal situación. XII. Otorgar identificaciones falsas como servidor público.

• Doloso: Requiere la intención de inhibir o intimidar a la persona.