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Copia - Tema 1.1. Conceptos básicos
el alve
Created on November 15, 2024
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Transcript
M´ódulo 1. Marco jurídico aplicable
Tema 1.1. Conceptos básicos
INTRODUCCIÓN
El alumno precisará conceptos básicos de Derecho:
¿Cuál es la diferencia entre normas constitucionales, leyes, reglamentos, disposiciones administrativas y jurisprudencia?
¿Qué es una política pública?
¿Qué es un marco jurídico?
Tema 1.1. Conceptos básicos
Tema 1.1.1. Marco Jurídico
Definición
Objeto
El marco jurídico debe tomar en cuenta particularidades históricas, sociales y culturales del país y tiene que estructurarse de modo que incluya los principios de sencillez (presenta pocas dificultades), inteligibilidad (puede ser comprendido), y claridad (con total precisión).
Es necesario que el marco jurídico incluya mecanismos eficaces para garantizar la plena aplicación de la ley y de los derechos, por ello sus transgresiones deben sancionarse. Por lo tanto, debe obligar a las autoridades y tribunales a resolver los asuntos relacionados con la violación de los derechos ofreciendo los medios para que las resoluciones dictadas por las autoridades y tribunales, se apliquen inmediatamente, estableciendo plazos razonables en que se pueden interponer, analizar y resolver. (Aragón, 2002)
M´ódulo 1. Marco jurídico aplicable
1.1.2- Normas constitucionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia y disposiciones administrativas
INTRODUCCIÓN
Conocerá el marco Jurídico de la Legislatura y la normatividad interna del Congreso General y sus Cámaras. Identificará en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los preceptos correspondientes al ejercicio legislativo.
En México las NORMAS CONSTITUCIONALES emanan de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se diferencia de otras normas por su contenido, ya que estas se refieren a la organización, funciones y límites de los órganos de gobierno y al procedimiento de creación de todas las demás normas del orden jurídico nacional.
La norma constitucional en México reviste tres cualidades especiales:
Reforma
Creación
Jerarquía
1.1.2- Normas constitucionales, leyes, reglamentos, jurisprudencia y disposiciones administrativas
Leyes
Reglamento
Atributo de leyes
Jurísprudencia
Disposiciones administrativas
Leyes
Las LEYES, son preceptos o conjunto de preceptos, dictados por la autoridad, mediante las cuales se manda o prohíbe algo acordado por los órganos legislativos competentes, dentro del procedimiento legislativo prescrito, dichos órganos son la expresión de la voluntad popular representada por el Parlamento o Poder Legislativo. (SCJN, 1994)
Atributo de leyes
Sus atributos principales son: 1) bilateralidad, porque debe considerar que la relación jurídica ha de darse necesariamente, entre dos sujetos, o sea, uno investido de una facultad a la que corresponde una obligación de otro; 2) imperatividad, porque ésta se sobrepone a la voluntad de los sujetos cuya conducta encauza, independientemente que la voluntad de éstos pudiera ser contraria a la ley; y 3) coercitividad, porque la norma se impone por una voluntad superior, el Estado, y significa la capacidad de la norma para hacerse obedecer, para garantizar su cumplimiento.
Reglamento
Los REGLAMENTOS, son normas de carácter general, abstracta e impersonal, expedida por el titular del Poder Ejecutivo, con la finalidad de lograr la aplicación de una ley previa. Todo reglamento es una norma que complementa y amplía el contenido de una ley, por lo que jerárquicamente está subordinado a esta; de tal manera que, si una ley es reformada, derogada o abrogada, el reglamento se verá afectado con las mismas consecuencias. (SCJN, 1994)
Jurísprudencia
La palabra JURISPRUDENCIA, se aplica para designar la interpretación, con carácter obligatorio, que hacen los jueces de los preceptos legales. La Constitución en su artículo 94 señala que la ley fijará los términos en que sea obligatoria la jurisprudencia que establezcan los tribunales del poder judicial de la federación acerca de la interpretación de la Constitución, leyes y reglamentos federales o locales y los tratados internacionales. El poder judicial federal tiene como regla general, la interpretación última de la Constitución, misma que están obligados a aplicar todos los tribunales del país. (SCJN, 1994)
Disposiciones administrativas
Las DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS, son el conjunto de normas escritas dictadas por la Administración Pública con rango inferior a la ley, regularmente las denominamos “reglamentos”. La jerarquía de las disposiciones administrativas se debe analizar desde una doble perspectiva: a) los reglamentos están subordinados a la Constitución, a las leyes y a las demás normas con fuerza de Ley; b) además de esta subordinación, entre ellos mismos también existe una jerarquía normativa de acuerdo con el rango de la autoridad que los dicta. (Prieto, 2003)
M´ódulo 1. Marco jurídico aplicable
1.1.3. Políticas públicas
INTRODUCCIÓN
Las políticas públicas son las respuestas del Estado frente a situaciones socialmente problemáticas, forman parte de soluciones específicas, concretas y determinadas, destinadas al manejo de ciertos asuntos públicos. (Salazar, 1994) Las “Políticas Públicas” se basan y soportan en determinadas posturas políticas, filosóficas, sociales e ideológicas.
Según el servicio de investigación y análisis, de la Cámara, una política pública implica el establecimiento de una o más estrategias orientadas a la resolución de problemas públicos y/o, a la obtención de mayores niveles de bienestar social, resultantes de procesos decisionales tomados a través de la coparticipación de gobierno y sociedad civil, en donde se establecen medios, agentes y fines de las acciones a seguir para la obtención de los objetivos señalados. (SIACD, 2003)
La fase de formulación de la política pública es una tarea exclusiva de los actores públicos, la responsabilidad sobre la decisión final y el diseño de la política permanece en manos del gobierno, es requisito indispensable que solo desde el ámbito público se puede formular una política pública, es decir, que esté investida de legalidad.
El análisis de las políticas públicas es un arte porque hace referencia a la labor de los directivos públicos, que reproducen con sus decisiones las fases del proceso de las políticas públicas; y es una ciencia porque aspira a entender el complejo mundo de la acción pública y prescribir en la medida de lo posible la mejor forma de aproximarse al proceso de las políticas. El análisis, la evaluación, la investigación al proceso de formación de las políticas públicas es un campo de especialización profesional, es una necesidad que habrán de afrontar las organizaciones públicas.(Aguilar, 1996)