ORGANIGRAMA MUNICIPAL
ALCALDÍA
concejomunicipal
Consejo de la Sociedad Civil
Consejo de seguridad pública
juzgado depolicía local
ADMINISTRACIÓNMUNICIPAL
Secretaria comunal de planificaciones
Secretariamunicipal
direcciónde control
direcciónJurídica
DIRECCIÓN DE MEDIOAMBIENTE, ASEO Y ORNATO
DIRECCIÓN DE transparenciae informática
DIRECCIÓN DE desarrollo comunitario
DIRECCIÓN DE administracióny finanzas
DIRECCIÓN DETRÁNSITO
DIRECCIÓN DE obras municipales
DIRECCIÓN DEDESARROLLO SOCIAL
DIRECCIÓN DE seguridad pública
JUZGADO POLICÍA LOCAL
Artículo 146°. El funcionamiento del Juzgado de Policía Local se basará en lo dispuesto en la ley N° 15.231.
Artículo 147°. EI Juzgado de Policía Local dependerá administrativamente de la Municipalidad.
Artículo 148°. EI Juez de Policía local será independiente de toda autoridad municipal en el desempeño de sus funciones.
Artículo 149°. EI Juez de Policía Local estará directamente sujetos a la supervigilancia directiva, correccional y económica de la respectiva corte de apelaciones.
Artículo 150°. EI Juzgado de Policía Local tendrá como ámbito de acción lo estipulado en el Título 11 "De la Competencia" de la Ley N° 15.231.
Juez Titular: Sr. Mirko Stambuk Monsalve. Secretaria Abogada: Tanya Peña Arancibia. Ministro Visitador: Sr. Iván Corona Albornoz. Teléfono
Número Telefónico: (53) 2 661281 Correo Electrónico: Jpl@imovalle.cl Horario de Atención a Público lunes a viernes desde las 8:30 hasta las 14:00 horas.
Reglamento Interno
dirección de administración y finanzas
La Dirección de Administración y Finanzas tendrá como objetivo procurar la óptima provisión, asignación, utilización y mantención de los recursos humanos, económicos, financieros y materiales con que pueda contar la Municipalidad para su funcionamiento.
Director de Administración y Finanzas: Sr. Roberto Ábalos Ábalos. Teléfono Número Telefónico: (53)2661131 Correo Electrónico: rabalos@imovalle.cl
Artículo 58° al 83° del R.I
Reglamento Interno
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, Comuna de Ovalle.
FORMA DE INTEGRACIÓN:A.- 4 miembros que representarán a las organizaciones comunitarias de carácter territorial de la comuna, a saber: · 2 miembros de juntas de vecinos y uniones comunales de juntas de vecinos de zonas rurales. · 2 miembros de juntas de vecinos y uniones comunales de juntas de vecinos de zonas urbanas.B.- 5 miembros que representarán a las organizaciones comunitarias de carácter funcional de la comuna, a saber: · 1 miembro representante de organizaciones deportivas, organizaciones vinculadas a la defensa del Medio Ambiente y agrupaciones de Voluntariado. · 1 miembro representante de agrupaciones juveniles, organizaciones educativas, organizaciones culturales y organizaciones de mujeres. · 1 miembro representante de organizaciones de adultos mayores, de discapacidad, de asistencialidad y beneficencia y de autogestión de salud pública. · 1 miembro representante de organizaciones del sector de vivienda y del sector de energía. · 1 miembro representante de comités agua potable. C.- 1 miembro que representará a las organizaciones de interés público de la comuna. En el caso de no existir en la comuna ninguna organización de las características anteriores para la conformación del Consejo de la Sociedad Civil, se destinará el cupo a comunidades agrícolas. El Consejo podrá integrarse también por: 2 representantes de las asociaciones gremiales de la comuna; 2 representantes de las organizaciones sindicales de aquella, y 2 representantes de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.
Integrantes
CONSEJO DE SEGURIDAD PÚBLICA
¿Qué es el consejo comunal de seguridad pública?
Es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y es además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. Los consejos deben existir en todas las comunas.
dirección de desarrollo comunitario
La Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO), tiene como objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en la promoción del Desarrollo Social, Económico y Cultural de la Comuna, considerando especialmente la integración y participación de sus habitantes.
Jefa de Desarrollo Comunitario: Srta. Elizabeth Fernández Gómez. Correo Electrónico: efernandez@imovalle.cl
Artículo 84° al 92° del R.I
Reglamento Interno
dirección DESARROLLO SOCIAL
La Dirección de Desarrollo Social tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna, especialmente de las personas o grupos más vulnerables de acuerdo a su situación socioeconómica, impulsando la oferta programática comunal y potenciando las redes existentes.
Directora Desarollo Social(s): Sra. Lucy Cordova Araya. Teléfono Número Telefónico: (53)2635383 Correo Electrónico: lcordova@imovalle.cl
Artículo 132° al 143° del R.I
Reglamento Interno
dirección de tránsito
La Dirección de Tránsito y Transporte Público, tendrá como objetivo velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan el tránsito y transporte público y por el mejoramiento de los sistemas de tránsito en la comuna.
Director de Tránsito: Sr. David Farias Mateluna. Teléfono Número Telefónico: (53)2631809 Correo Electrónico: Dfarias@imovalle.cl
Artículo 112° al 119° del R.I
Reglamento Interno
dirección de transparencia e informática
La Dirección de Transparencia e Informática es responsable de garantizar el cumplimiento de la Ley N° 20.285 sobre acceso a la información pública y sus modificaciones. Además, tiene como objetivo optimizar el desarrollo de los procedimientos administrativos mediante el uso de recursos y sistemas tecnológicos.
Director Transparencia e Informática: Sr. Luis Tapia Castañeda. Teléfono Número Telefónico: (53)2661242 Correo Electrónico: ltapia@imovalle.cl
Artículo 25° al 37° del R.I
Reglamento Interno
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Artículo 16°. EI Administrador Municipal tendrá como objetivo colaborar directamente con el Alcalde en el desarrollo de las tareas de coordinación y gestión permanente de la municipalidad y en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal. Artículo 17°. EI Administrador Municipal, debe cumplir con las siguientes funciones: 1. Coordinar interna y externamente a las distintas unidades municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones del Alcalde. 2. Velar por el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes y programas de la municipalidad. 3. Impartir a los directores municipales, y dentro del ámbito de sus facultades, las instrucciones técnicas y administrativas que sean necesarias para llevar a efecto sus respectivas funciones. 4. Participar y formar parte de las comisiones y comités en que sea designado por el Alcalde. 5. Efectuar la derivación de la documentación propia del quehacer municipal a las distintas unidades en la órbita de sus competencias. 6. Determinar, a través de la derivación de providencias, las tareas, plazos y responsabilidades de las Direcciones. 7. Coordinar el Programa de Mejoramiento de la Gestión y realizar los procesos de aseguramiento de la calidad de las metas de gestión. 8. Atender, derivar y solucionar los casos producto de las audiencias derivadas directamente por el Alcalde. 9. Otorgar permiso para el ejercicio de actividades lucrativas de carácter transitorio, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal respectiva. 10. Cumplir con las demás funciones que le encomiende o delegue el Alcalde, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.
Reglamento Interno
dirección jurídica
La Dirección Jurídica tiene por objeto lograr una administración municipal ajustada a los marcos legales existentes, asesorando a todas las unidades municipales en lo que a asuntos legales
Director Jurídico: Sr. Sergio Córtes Beltrán. Teléfono Número Telefónico: (53)2661139 Correo Electrónico: scortesb@imovalle.cl
Artículo 47° al 51° del R.I
Reglamento Interno
Alcalde
Hola, mi nombre es Héctor Vega Campusano, soy Alcalde de la Comuna de Ovalle. Soy ovallino, padre de Antonia y Héctor Tomás. De profesión ingeniero civil industrial de la Universidad de Valparaíso. Entre los años 2013 y 2022, me desempeñé como profesional de la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Ovalle, asumiendo la dirección de esta unidad en el 2016.
Durante casi diez años dediqué mi labor profesional a gestionar importantes proyectos comunitarios, posicionando a Ovalle como una comuna líder en inversión pública de la región de Coquimbo. De esta forma, logramos avanzar en importantes iniciativas como: las soluciones sanitarias (alcantarillados) para distintas localidades, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las y los habitantes del sector rural. Además, ejecutamos importantes iniciativas en el ámbito educativo, como la construcción de la Escuela Marcos Rigoberto Pizarro de San Julián, el Colegio Yungay, la Escuela El Crisol de los Leíces y la Escuela San Antonio de la Villa de Barraza. En el ámbito comunitario, concretamos sedes sociales que se convirtieron en espacios de encuentro y recreación para las juntas de vecinos, clubes deportivos y de adulto mayor, entre otras organizaciones. A lo que se agregan importantes proyectos de luminarias, entre otras iniciativas de inversión social.
dirección de seguridad pública
Artículo 144°. La Dirección de Seguridad Pública tendrá como objetivo la coordinación de los servicios a la comunidad relacionados con la protecci6n civil, atención al vecino en terreno, prevención y atención de emergencias.
Artículo 145°. La Direcci6n de Seguridad Pública, debe cumplir con las siguientes funciones:
1. Asesorar al Alcalde y Concejo Comunal en las estrategias a seguir para mejorar, dentro del ámbito municipal, la seguridad vecinal.
2. Coordinar el funcionamiento del Consejo Comunal de Seguridad Pública en los términos previstos en la Ley N° 20.965.
3. Elaborar, presentar a aprobación, ejecutar y evaluar el cumplimiento del plan comunal de seguridad pública en los términos previstos en la Ley N° 20.965.
4. Ejercer la función de secretario Ejecutivo del consejo comunal de seguridad pública.
5. Diseñar proyectos de mejoramiento de seguridad comunal.
6. Actuar como contraparte técnica de programas de seguridad o prevención de delitos ejecutados con fondos gubernamentales.
Director(a) Seguridad Pública Comunal: Sra. Hortensia Flores Monárdez. Teléfono Número Telefónico: (53)2455996 Correo Electrónico: Hflores@imovalle.cl
Reglamento Interno
secretaria municipal
La Secretaria Comunal de Planificación (SECPLAN) tiene como objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo en la definición de las políticas y en la elaboración, coordinación y evaluación de los planes, programas y proyectos de desarrollo comunal.
Secretario de Planificaciones(S):Jorge Mc Donald Henríquez Teléfono Número Telefónico: (53)2661266 Correo Electrónico: jmcdonald@imovalle.cl
Artículo 38° al 46° del R.I
Reglamento Interno
dirección medio ambiente,aseo y ornato
La Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato tiene como objetivos, procurar la gestión integral de los residuos sólidos domiciliarios, el aseo y ornato de los espacios públicos y áreas verdes, potenciar y desarrollar la gestión ambiental a nivel comunal, dentro de sus competencias.
Director Medio Ambiente, Aseo y Ornato: Sr. Marcelo Tabilo Sepulveda. Teléfono Número Telefónico: (53)2665686 Correo Electrónico: mtabilo@imovalle.cl
Artículo 120° al 131° del R.I
Reglamento Interno
dirección de control
La Dirección de Control depende jerárquicamente del Alcalde y tiene el carácter de contralor de todas las unidades municipales y asesora del Concejo Municipal.
La Dirección de Control tiene por objeto verificar y controlar la legalidad en el cumplimiento de los objetivos, planes y programas del Municipio, tomando en consideración las instrucciones técnicas de la Contraloría General de la República y las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, promoviendo el correcto funcionamiento del Municipio, como asimismo salvaguardar el patrimonio municipal.
Director de Control: Srta. Leticia Cortés Zepeda. Teléfono Número Telefónico: (53)2661162 Correo Electrónico: lcortes@imovalle.cl
Reglamento Interno
Artículo 52° al 57° del R.I
secretaria municipal
Artículo 18°. La Secretaria Municipal tiene por objetivo apoyar la gestión administrativa del Alcalde, Concejo Municipal, Concejo Comunal de Organismos de la Sociedad Civil, Consejo de Seguridad Comunal y desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales. Artículo 19°. La Secretaria Municipal, debe cumplir con las siguientes funciones:
1. Oficiar como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
2. Dirigir las actividades de la secretaria Administrativa del Alcalde y del concejo.
3. Citar a reuniones ordinarias y extraordinarias, registrar la asistencia de los Concejales al Concejo y Comisiones e informar para el pago de las asignaciones correspondientes.
4. Asistir y tomar acta de las sesiones del Concejo Municipal, del Concejo Comunal de Organismos de la Sociedad Civil y Consejo de Seguridad Comunal.
5. Solicitar a las diferentes direcciones municipales, la información necesaria para dar respuesta a las solicitudes realizadas por escrito o de manera oral en sesión de Concejo Municipal, de información requerida por los concejales. Dicha información, será tramitada en exclusividad por esta unidad.
6. Refrendar y transcribir las resoluciones del Alcalde, los acuerdos del Concejo Municipal, del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y de cualquier Comité o comisión asesora municipal que contemple la ley y/o exprese la voluntad explicita del Alcalde.
7. Otorgar y certificar la documentación para otorgar Personalidad Jurídica a las organizaciones territoriales y funcionales de la comuna y de las del Concejo Comunal de Organismos de la Sociedad Civil, en conformidad a la ley N° 19.418 y ley N°20.500 y mantener un registro correlativo de estas.
8. Desarrollar todas aquellas actividades específicas que le encomiende la LOCM respecto a la constitución del Concejo Municipal, Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y Consejo Comunal de Seguridad Pública.
Artículo 20°. Para el cumplimiento de sus funciones la Secretaria Municipal contara con las siguientes dependencias.
• Sección secretarias Técnicas
• Sección Asesoría Legal a organizaciones.
3.1. Sección Secretarias Técnicas.
Artículo 21° La sección Secretarias Técnicas tiene por objeto apoyar a la Secretaria Municipal en la labores de Secretaria de los Concejos Comunales, Consejo de la Sociedad Civil y Consejo Comunal de Seguridad Publica.
Artículo 22° La Sección Secretaria T6cnicas considera también la atenci6n de público.
3.2 Sección Asesoría Legal a Organizaciones.
Articulo 23° La sección Asesoría Legal a Organizaciones tiene como objetivo asesorar, en conjunto con la Dirección de Desarrollo Comunitario, a las organizaciones comunitarias y Uniones Vecinales en los procesos de constitución, modificación y disolución de las mismas.
Articulo 24° La sección Asesoría Legal a Organizaciones debe mantener registro de las organizaciones comunitarias y sus directivas vigentes.
Secretario Municipal: Sr. Francisco Vega Navarro. Teléfono Número Telefónico: (53)2661104 Correo Electrónico: Fvega@imovalle.cl
Reglamento Interno
dirección de obras municipales
La DOM es la encargada de velar por el cumplimiento, a nivel comunal, de las normas que regulan la planificación urbana y la edificación, por ello, quienes quieran llevar a cabo un proyecto de edificación o urbanización deben obtener en estos servicios la autorización respectiva.
Director de Obras: Sr. Glen Flores Owen. Teléfono Número Telefónico: (53)2665353 Correo Electrónico: gflores@imovalle.cl
Artículo 99° al 111° del R.I
Reglamento Interno
Reglamento defuncionamiento del Concejo Municipal
ORGANIGRAMA IMO
Franco Nicolas Alvarez Carvajal
Created on November 5, 2024
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
View
Fishbone Diagram
View
Puzzle Diagram
View
Gear Diagram
View
Square Timeline Diagram
View
Timeline Diagram
View
Timeline Diagram 3
View
Timeline Diagram 4
Explore all templates
Transcript
ORGANIGRAMA MUNICIPAL
ALCALDÍA
concejomunicipal
Consejo de la Sociedad Civil
Consejo de seguridad pública
juzgado depolicía local
ADMINISTRACIÓNMUNICIPAL
Secretaria comunal de planificaciones
Secretariamunicipal
direcciónde control
direcciónJurídica
DIRECCIÓN DE MEDIOAMBIENTE, ASEO Y ORNATO
DIRECCIÓN DE transparenciae informática
DIRECCIÓN DE desarrollo comunitario
DIRECCIÓN DE administracióny finanzas
DIRECCIÓN DETRÁNSITO
DIRECCIÓN DE obras municipales
DIRECCIÓN DEDESARROLLO SOCIAL
DIRECCIÓN DE seguridad pública
JUZGADO POLICÍA LOCAL
Artículo 146°. El funcionamiento del Juzgado de Policía Local se basará en lo dispuesto en la ley N° 15.231. Artículo 147°. EI Juzgado de Policía Local dependerá administrativamente de la Municipalidad. Artículo 148°. EI Juez de Policía local será independiente de toda autoridad municipal en el desempeño de sus funciones. Artículo 149°. EI Juez de Policía Local estará directamente sujetos a la supervigilancia directiva, correccional y económica de la respectiva corte de apelaciones. Artículo 150°. EI Juzgado de Policía Local tendrá como ámbito de acción lo estipulado en el Título 11 "De la Competencia" de la Ley N° 15.231.
Juez Titular: Sr. Mirko Stambuk Monsalve. Secretaria Abogada: Tanya Peña Arancibia. Ministro Visitador: Sr. Iván Corona Albornoz. Teléfono Número Telefónico: (53) 2 661281 Correo Electrónico: Jpl@imovalle.cl Horario de Atención a Público lunes a viernes desde las 8:30 hasta las 14:00 horas.
Reglamento Interno
dirección de administración y finanzas
La Dirección de Administración y Finanzas tendrá como objetivo procurar la óptima provisión, asignación, utilización y mantención de los recursos humanos, económicos, financieros y materiales con que pueda contar la Municipalidad para su funcionamiento.
Director de Administración y Finanzas: Sr. Roberto Ábalos Ábalos. Teléfono Número Telefónico: (53)2661131 Correo Electrónico: rabalos@imovalle.cl
Artículo 58° al 83° del R.I
Reglamento Interno
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, Comuna de Ovalle.
FORMA DE INTEGRACIÓN:A.- 4 miembros que representarán a las organizaciones comunitarias de carácter territorial de la comuna, a saber: · 2 miembros de juntas de vecinos y uniones comunales de juntas de vecinos de zonas rurales. · 2 miembros de juntas de vecinos y uniones comunales de juntas de vecinos de zonas urbanas.B.- 5 miembros que representarán a las organizaciones comunitarias de carácter funcional de la comuna, a saber: · 1 miembro representante de organizaciones deportivas, organizaciones vinculadas a la defensa del Medio Ambiente y agrupaciones de Voluntariado. · 1 miembro representante de agrupaciones juveniles, organizaciones educativas, organizaciones culturales y organizaciones de mujeres. · 1 miembro representante de organizaciones de adultos mayores, de discapacidad, de asistencialidad y beneficencia y de autogestión de salud pública. · 1 miembro representante de organizaciones del sector de vivienda y del sector de energía. · 1 miembro representante de comités agua potable. C.- 1 miembro que representará a las organizaciones de interés público de la comuna. En el caso de no existir en la comuna ninguna organización de las características anteriores para la conformación del Consejo de la Sociedad Civil, se destinará el cupo a comunidades agrícolas. El Consejo podrá integrarse también por: 2 representantes de las asociaciones gremiales de la comuna; 2 representantes de las organizaciones sindicales de aquella, y 2 representantes de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.
Integrantes
CONSEJO DE SEGURIDAD PÚBLICA
¿Qué es el consejo comunal de seguridad pública?
Es un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y es además una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. Los consejos deben existir en todas las comunas.
dirección de desarrollo comunitario
La Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO), tiene como objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en la promoción del Desarrollo Social, Económico y Cultural de la Comuna, considerando especialmente la integración y participación de sus habitantes.
Jefa de Desarrollo Comunitario: Srta. Elizabeth Fernández Gómez. Correo Electrónico: efernandez@imovalle.cl
Artículo 84° al 92° del R.I
Reglamento Interno
dirección DESARROLLO SOCIAL
La Dirección de Desarrollo Social tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna, especialmente de las personas o grupos más vulnerables de acuerdo a su situación socioeconómica, impulsando la oferta programática comunal y potenciando las redes existentes.
Directora Desarollo Social(s): Sra. Lucy Cordova Araya. Teléfono Número Telefónico: (53)2635383 Correo Electrónico: lcordova@imovalle.cl
Artículo 132° al 143° del R.I
Reglamento Interno
dirección de tránsito
La Dirección de Tránsito y Transporte Público, tendrá como objetivo velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan el tránsito y transporte público y por el mejoramiento de los sistemas de tránsito en la comuna.
Director de Tránsito: Sr. David Farias Mateluna. Teléfono Número Telefónico: (53)2631809 Correo Electrónico: Dfarias@imovalle.cl
Artículo 112° al 119° del R.I
Reglamento Interno
dirección de transparencia e informática
La Dirección de Transparencia e Informática es responsable de garantizar el cumplimiento de la Ley N° 20.285 sobre acceso a la información pública y sus modificaciones. Además, tiene como objetivo optimizar el desarrollo de los procedimientos administrativos mediante el uso de recursos y sistemas tecnológicos.
Director Transparencia e Informática: Sr. Luis Tapia Castañeda. Teléfono Número Telefónico: (53)2661242 Correo Electrónico: ltapia@imovalle.cl
Artículo 25° al 37° del R.I
Reglamento Interno
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Artículo 16°. EI Administrador Municipal tendrá como objetivo colaborar directamente con el Alcalde en el desarrollo de las tareas de coordinación y gestión permanente de la municipalidad y en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal. Artículo 17°. EI Administrador Municipal, debe cumplir con las siguientes funciones: 1. Coordinar interna y externamente a las distintas unidades municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones del Alcalde. 2. Velar por el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes y programas de la municipalidad. 3. Impartir a los directores municipales, y dentro del ámbito de sus facultades, las instrucciones técnicas y administrativas que sean necesarias para llevar a efecto sus respectivas funciones. 4. Participar y formar parte de las comisiones y comités en que sea designado por el Alcalde. 5. Efectuar la derivación de la documentación propia del quehacer municipal a las distintas unidades en la órbita de sus competencias. 6. Determinar, a través de la derivación de providencias, las tareas, plazos y responsabilidades de las Direcciones. 7. Coordinar el Programa de Mejoramiento de la Gestión y realizar los procesos de aseguramiento de la calidad de las metas de gestión. 8. Atender, derivar y solucionar los casos producto de las audiencias derivadas directamente por el Alcalde. 9. Otorgar permiso para el ejercicio de actividades lucrativas de carácter transitorio, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal respectiva. 10. Cumplir con las demás funciones que le encomiende o delegue el Alcalde, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.
Reglamento Interno
dirección jurídica
La Dirección Jurídica tiene por objeto lograr una administración municipal ajustada a los marcos legales existentes, asesorando a todas las unidades municipales en lo que a asuntos legales
Director Jurídico: Sr. Sergio Córtes Beltrán. Teléfono Número Telefónico: (53)2661139 Correo Electrónico: scortesb@imovalle.cl
Artículo 47° al 51° del R.I
Reglamento Interno
Alcalde
Hola, mi nombre es Héctor Vega Campusano, soy Alcalde de la Comuna de Ovalle. Soy ovallino, padre de Antonia y Héctor Tomás. De profesión ingeniero civil industrial de la Universidad de Valparaíso. Entre los años 2013 y 2022, me desempeñé como profesional de la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Ovalle, asumiendo la dirección de esta unidad en el 2016. Durante casi diez años dediqué mi labor profesional a gestionar importantes proyectos comunitarios, posicionando a Ovalle como una comuna líder en inversión pública de la región de Coquimbo. De esta forma, logramos avanzar en importantes iniciativas como: las soluciones sanitarias (alcantarillados) para distintas localidades, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las y los habitantes del sector rural. Además, ejecutamos importantes iniciativas en el ámbito educativo, como la construcción de la Escuela Marcos Rigoberto Pizarro de San Julián, el Colegio Yungay, la Escuela El Crisol de los Leíces y la Escuela San Antonio de la Villa de Barraza. En el ámbito comunitario, concretamos sedes sociales que se convirtieron en espacios de encuentro y recreación para las juntas de vecinos, clubes deportivos y de adulto mayor, entre otras organizaciones. A lo que se agregan importantes proyectos de luminarias, entre otras iniciativas de inversión social.
dirección de seguridad pública
Artículo 144°. La Dirección de Seguridad Pública tendrá como objetivo la coordinación de los servicios a la comunidad relacionados con la protecci6n civil, atención al vecino en terreno, prevención y atención de emergencias. Artículo 145°. La Direcci6n de Seguridad Pública, debe cumplir con las siguientes funciones: 1. Asesorar al Alcalde y Concejo Comunal en las estrategias a seguir para mejorar, dentro del ámbito municipal, la seguridad vecinal. 2. Coordinar el funcionamiento del Consejo Comunal de Seguridad Pública en los términos previstos en la Ley N° 20.965. 3. Elaborar, presentar a aprobación, ejecutar y evaluar el cumplimiento del plan comunal de seguridad pública en los términos previstos en la Ley N° 20.965. 4. Ejercer la función de secretario Ejecutivo del consejo comunal de seguridad pública. 5. Diseñar proyectos de mejoramiento de seguridad comunal. 6. Actuar como contraparte técnica de programas de seguridad o prevención de delitos ejecutados con fondos gubernamentales.
Director(a) Seguridad Pública Comunal: Sra. Hortensia Flores Monárdez. Teléfono Número Telefónico: (53)2455996 Correo Electrónico: Hflores@imovalle.cl
Reglamento Interno
secretaria municipal
La Secretaria Comunal de Planificación (SECPLAN) tiene como objetivo asesorar al Alcalde y al Concejo en la definición de las políticas y en la elaboración, coordinación y evaluación de los planes, programas y proyectos de desarrollo comunal.
Secretario de Planificaciones(S):Jorge Mc Donald Henríquez Teléfono Número Telefónico: (53)2661266 Correo Electrónico: jmcdonald@imovalle.cl
Artículo 38° al 46° del R.I
Reglamento Interno
dirección medio ambiente,aseo y ornato
La Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato tiene como objetivos, procurar la gestión integral de los residuos sólidos domiciliarios, el aseo y ornato de los espacios públicos y áreas verdes, potenciar y desarrollar la gestión ambiental a nivel comunal, dentro de sus competencias.
Director Medio Ambiente, Aseo y Ornato: Sr. Marcelo Tabilo Sepulveda. Teléfono Número Telefónico: (53)2665686 Correo Electrónico: mtabilo@imovalle.cl
Artículo 120° al 131° del R.I
Reglamento Interno
dirección de control
La Dirección de Control depende jerárquicamente del Alcalde y tiene el carácter de contralor de todas las unidades municipales y asesora del Concejo Municipal. La Dirección de Control tiene por objeto verificar y controlar la legalidad en el cumplimiento de los objetivos, planes y programas del Municipio, tomando en consideración las instrucciones técnicas de la Contraloría General de la República y las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, promoviendo el correcto funcionamiento del Municipio, como asimismo salvaguardar el patrimonio municipal.
Director de Control: Srta. Leticia Cortés Zepeda. Teléfono Número Telefónico: (53)2661162 Correo Electrónico: lcortes@imovalle.cl
Reglamento Interno
Artículo 52° al 57° del R.I
secretaria municipal
Artículo 18°. La Secretaria Municipal tiene por objetivo apoyar la gestión administrativa del Alcalde, Concejo Municipal, Concejo Comunal de Organismos de la Sociedad Civil, Consejo de Seguridad Comunal y desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales. Artículo 19°. La Secretaria Municipal, debe cumplir con las siguientes funciones: 1. Oficiar como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales. 2. Dirigir las actividades de la secretaria Administrativa del Alcalde y del concejo. 3. Citar a reuniones ordinarias y extraordinarias, registrar la asistencia de los Concejales al Concejo y Comisiones e informar para el pago de las asignaciones correspondientes. 4. Asistir y tomar acta de las sesiones del Concejo Municipal, del Concejo Comunal de Organismos de la Sociedad Civil y Consejo de Seguridad Comunal. 5. Solicitar a las diferentes direcciones municipales, la información necesaria para dar respuesta a las solicitudes realizadas por escrito o de manera oral en sesión de Concejo Municipal, de información requerida por los concejales. Dicha información, será tramitada en exclusividad por esta unidad. 6. Refrendar y transcribir las resoluciones del Alcalde, los acuerdos del Concejo Municipal, del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y de cualquier Comité o comisión asesora municipal que contemple la ley y/o exprese la voluntad explicita del Alcalde. 7. Otorgar y certificar la documentación para otorgar Personalidad Jurídica a las organizaciones territoriales y funcionales de la comuna y de las del Concejo Comunal de Organismos de la Sociedad Civil, en conformidad a la ley N° 19.418 y ley N°20.500 y mantener un registro correlativo de estas. 8. Desarrollar todas aquellas actividades específicas que le encomiende la LOCM respecto a la constitución del Concejo Municipal, Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y Consejo Comunal de Seguridad Pública. Artículo 20°. Para el cumplimiento de sus funciones la Secretaria Municipal contara con las siguientes dependencias. • Sección secretarias Técnicas • Sección Asesoría Legal a organizaciones. 3.1. Sección Secretarias Técnicas. Artículo 21° La sección Secretarias Técnicas tiene por objeto apoyar a la Secretaria Municipal en la labores de Secretaria de los Concejos Comunales, Consejo de la Sociedad Civil y Consejo Comunal de Seguridad Publica. Artículo 22° La Sección Secretaria T6cnicas considera también la atenci6n de público. 3.2 Sección Asesoría Legal a Organizaciones. Articulo 23° La sección Asesoría Legal a Organizaciones tiene como objetivo asesorar, en conjunto con la Dirección de Desarrollo Comunitario, a las organizaciones comunitarias y Uniones Vecinales en los procesos de constitución, modificación y disolución de las mismas. Articulo 24° La sección Asesoría Legal a Organizaciones debe mantener registro de las organizaciones comunitarias y sus directivas vigentes.
Secretario Municipal: Sr. Francisco Vega Navarro. Teléfono Número Telefónico: (53)2661104 Correo Electrónico: Fvega@imovalle.cl
Reglamento Interno
dirección de obras municipales
La DOM es la encargada de velar por el cumplimiento, a nivel comunal, de las normas que regulan la planificación urbana y la edificación, por ello, quienes quieran llevar a cabo un proyecto de edificación o urbanización deben obtener en estos servicios la autorización respectiva.
Director de Obras: Sr. Glen Flores Owen. Teléfono Número Telefónico: (53)2665353 Correo Electrónico: gflores@imovalle.cl
Artículo 99° al 111° del R.I
Reglamento Interno
Reglamento defuncionamiento del Concejo Municipal