Want to create interactive content? It’s easy in Genially!
La Nueva FP_Reunión_DO
Carolina Cruz
Created on November 5, 2024
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
View
Puzzle Game
View
Scratch and Win
View
Microlearning: How to Study Better
View
Branching Scenarios Challenge Mobile
View
Branching Scenario Mission: Innovating for the Future
View
Piñata Challenge
View
Teaching Challenge: Transform Your Classroom
Transcript
LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL
Nuevo sistema de Formación Profesional
La Orientación Profesional en la nueva Formación Profesional
La Inclusión y la atención a la diversidad en la nueva ley de Formación Profesional
Nueva Ley de Formación Profesional
PRINCIPALES CAMBIOS A TENER EN CUENTA (RD 659/2023)
- Se Integran la Formación Profesional Inicial y la Formación Profesional para el Empleo
- Se crean 5 grados de FP (ABCDE): integrables y acumulables.
- Cambios en el Currículum de los Ciclos. Cambios en los módulos profesionales.
- Toda la formación pasa a ser DUAL.
AHORA
ANTES
L.O. 3/2022
L.O.5/2002
Fuente: Dossier informativo Ministerio de Educación Formación Profesional y deportes
Fuente: Dossier informativo Ministerio de Educación Formación Profesional y deportes
Novedades del Currículo
Carácter Dual
Todos los ciclos se dualizan:
- Cada estudiante contará con un PLAN DE FORMACIÓN: Plan marco de formación y Plan de formación individual. concretando los resultados de aprendizaje a desarrollar en la empresa u organismo equiparado y en el centro educativo
- Se regula la figura del tutor o tutora dual docente (del centro)
- Se regula la figura del tutor o tutora dual de empresa
- Prospector de empresas
Desaparecen los módulos profesionales: 1. Horas de libre configuración 2. FOL y EIE 3. Formación en centros de trabajo 4. Proyecto fin de Ciclo (sólo en CFGS)
Aparecen nuevos módulos: 1. Inglés profesional 2. Itinerario personal para la empleabilidad I 3. Itinerario personal para la empleabilidad II 3. Digitalización aplicada a los sectores productivos 4. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo 4. Proyecto intermodular en todos los ciclos.
INSTRUCCIÓN 27/2024
Educarex
¿QUÉ NOS OFRECE ESTE NUEVO MODELO?
Fuente: Dossier informativo Ministerio de Educación Formación Profesional y deportes
La Orientación Profesional en la Nueva Formación Profesional
LEY ORGÁNICA 3/2022 DE FP. TÍTULO VII. Orientación profesional Art.94.1. "Incluirá la información, el asesoramiento y el acompañamiento. Estará, en todo momento, centrada en el establecimiento de itinerarios formativos adecuados para la efectiva adquisición de las competencias profesionales deseadas por aquellos a quienes se orienta."
EL PAPEL DE LA ORIENTACIÓN PROFESIONAL ES FUNDAMENTAL PORQUE:
- La oferta de FP es compleja.
- El mercado laboral es complejo y cambiante.
- Una decisión adecuada reduce los potenciales fracasos en los proyectos de vida.
- Debe estar presente antes, durante y después de la FP.
- Requiere de un sistema integral de orientación Profesional llevado a acabo por diferentes agentes
La Orientación Profesional dentro del proceso continuo de aprendizaje. Aprendizaje a lo largo de la vida.
Antes
Durante
Depués
Infantil , Primaria, ESO
La Formación Profesional
Al finalizar las ofertas
Itinerarios personalizados Empleabilidad Soft Skills Toma de decisiones
Formación Permanente Conocimiento de los sectores productivos Empleabilidad
Autoconocimiento: Adecuación de las competencias personales y los perfiles profesionales Trabajo Competencial Soft Skills Toma de decisiones.
Text button
PLAN DE EDUCACIÓN PROFESIONAL
Agentes Implicados en la Orientación Profesional
Orientadores laborales de Empleo
Empresas, Organizaciones, Ayuntamientos
Personal de Orientación en centros educativos
Profesorado tutor, Equipos docentes, prospectores
Familias
La Inclusión y la atención a la diversidad en la nueva ley de Formación Profesional
LEY ORGÁNICA 3/2022 DE FP y RD
Referencias a las diferencias individuales y al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo:
- Entre sus principios y fines ha referencia al Pilar Europeo de Derechos Sociales y la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.
- No solo se centra en el alumnado con discapacidad sino que se extiende al alumnado con NEAE.
- Introduce términos como barreras y apoyos para garantizar el acceso, la permanencia y la progresión en el aprendizaje del alumnado
Artículo 15. Atención a las diferencias individuales.
- fomentarán la equidad e inclusión, la igualdad de oportunidades y la no discriminación en la formación profesional a lo largo de la vida laboral, adoptando las medidas de flexibilización y las alternativas metodológicas de accesibilidad al currículo, de adaptación temporal y diseño universal para conseguir que toda persona pueda acceder a una formación profesional de calidad a lo largo de la vida laboral en igualdad de oportunidades en todos y cada uno de los Grados previstos en el Sistema de Formación Profesional.
- Se entenderá por personas con necesidades específicas de apoyo educativo o formativo aquellas que, con independencia de que estas tengan su origen en condiciones personales, sociales o de cualquier otro tipo, generen la necesidad de una atención diferente a la ordinaria durante su formación para que las personas puedan alcanzar las competencias profesionales y para la empleabilidad
- La atención diferenciada:
Ajustes Razonables
Flexibilización
Metodología
DUA
Evaluación
Artículo 70 LO 3/2020. Personas con necesidades educativas especiales.
1. "Cuando las medidas y alternativas organizativas y metodológicas y las medidas de atención a la diversidad e inclusión no sean suficientes para las personas con discapacidad, podrán efectuarse ofertas de Grado A, B, C y D en modalidad específica"
2. Las ofertas se ajustarán a las características y perfil de los destinatarios, promoviendo la adquisición de aquellos estándares de competencia o elementos de competencia compatibles con cada discapacidad, y garantizando el derecho a su formación en las empresas, con las adaptaciones que precisen, sin que sufran discriminación en la asignación de empresa.
Finalidad
Modalidad dirigida a personas con necesidades educativas formativas especiales
Metodología y evaluación
Destinatarios
Objetivos
Recursos
En definitiva...
Ideas Clave
Inclusión de TODOS, accesible. Oferta formativa personalizadaAprendizaje a lo largo de la vida Afrontar los Retos del Siglo XXI Corresponsabilidad entre diferentes organismos
"La verdadera riqueza de las naciones es su capacidad para generar talento" (José Antonio Marina)
GRACIAS
- Carácter globalizador y promover la integración de las competencias y los resultados de aprendizaje, en cuyos módulos se desarrollarán específicamente la comprensión lectora y la capacidad de expresión en público.
- Metodologías activas basadas en proyectos, conducentes a facilitar a cada persona en formación la transición e integración en la vida activa y ciudadana en un contexto de respeto a los distintos ritmos de aprendizaje, el enfoque práctico de la formación y el fomento de las competencias trasversales y para la empleabilidad.
- Adaptarse a las necesidades y características de las personas que los cursen, y a la adquisición progresiva de las competencias del aprendizaje permanente y las competencias profesionales
- Las administraciones podrán autorizar organizaciones diferenciadas de las ofertas en esta modalidad, ampliando la duración que la oferta formativa tiene con carácter general, así como la duración del periodo de formación en empresa u organismo equiparado.
- Podrán incorporar módulos específicos vinculados a profundizar en las competencias personales y para la empleabilidad.
- Los centros u organismos que impartan esta modalidad procurarán establecer acuerdos con entidades que faciliten el tránsito de las personas con discapacidad al mundo laboral, una vez finalizada su formación.
- La evaluación tendrá carácter continuo, formativo, integrador, conforme al Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) y priorizará la dimensión práctica de los aprendizajes.
Artículo 25 ( LO 3/2022)Se incorporarán los ajustes razonables que garanticen el acceso, participación y logro de todas las personas independientemente de sus características y necesidades. Ajustes razonables: "son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal a las necesidades específicas de las personas con discapacidad que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular de manera eficaz y práctica, para facilitar la accesibilidad y la participación y para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos. " ( Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.)
a) Formar en las competencias básicas, profesionales y para la empleabilidad propias de estándares de competencia profesional de nivel 1 del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesional que permitan participar en la vida social, cultural y laboral, y establecer itinerarios formativos y profesionales. b) Favorecer la posibilidad de una inserción laboral satisfactoria, mediante un acompañamiento personalizado de cada destinatario que facilite su proceso de inserción.
Facilitar el proceso de aprendizaje profesional para posibilitar la inserción laboral y el mantenimiento de la empleabilidad.
Tus contenidos gustan, pero solo enganchan si son interactivos. Capta la atención de tu público con una fotografía o ilustración interactiva.
Tus contenidos gustan, pero solo enganchan si son interactivos. Capta la atención de tu público con una fotografía o ilustración interactiva.
- Adaptaciones temporales
- Oferta modular parcial
- Con carácter general, durante un tiempo máximo que no supere el doble de los cursos asignados al ciclo. Cuando sus circunstancias personales así lo aconsejen, los y las estudiantes podrán beneficiarse, tras autorización de la administración educativa:
- Medidas de fexibilización y alternativas metodológicas en el aprendizaje y evaluación del Inglés profesional para las personas que presentan necesidades específicas vinculadas a la comunicación. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
1. Personas cuya discapacidad o necesidades específicas de apoyo no les permita incorporarse a la modalidad ordinaria y conseguir con éxito, incluso con las medidas y alternativas organizativas y metodológicas de atención a la diversidad e inclusión, los resultados de aprendizaje. 2. En el caso de jóvenes escolarizados en centros del sistema educativo, deberán reunir, además, los siguientes requisitos: a) Ser mayor de dieciséis años en el momento de incorporación a la formación o, excepcionalmente, quince años en caso de que todo el equipo docente y orientador lo considere la opción formativa más idónea. b) Contar con la conformidad del alumno o alumna y, en su caso, de los padres o representantes legales. c) No haber obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, cuando se trate de una oferta de Grado D, de ciclo formativo de grado básico. Cuando se produzca la circunstancia contemplada en el apartado c) la oferta se centrará en certificados profesionales. 3. Las administraciones competentes tendrán la obligación de garantizar una oferta adecuada de grados A, B y C en esta modalidad para personas adultas trabajadoras que garantice sus oportunidades de inserción y mantenimiento en el mercado laboral.