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RESCISIÓN SIN RESPONSABILIDAD

MTRA. MA. CONSUELO BORBOLLA

7. Estado de la cuestión

RESCISIÓN

Significa poner fin anticipadamente a la relación de trabajo que existía entre un trabajador y un patrón antes del plazo originalmente acordado o sin cumplir con los términos previamente establecidos.

7. Estado de la cuestión

Implica que una de las partes termina unilateralmente el contrato debido a un incumplimiento o una falta grave por parte de la otra, sin que esto genere responsabilidad para quien rescinde el contrato.

Terminación: puede darse por otras razones como el cumplimiento del plazo establecido en un contrato temporal, la renuncia voluntaria del trabajador, o la jubilación. en estos casos, no se requiere que haya una falta o incumplimiento de alguna de las partes.

7. Estado de la cuestión

Rescisión: Es una terminación anticipada del contrato por causas graves imputables a una de las partes.

Rescisión de contrato laboral sin responsabilidad para el patrón. Art. 47 LFT

Engaño del trabajador: Si el trabajador proporcionó certificados falsos o referencias falsas en relación con sus aptitudes para el trabajo en el momento de ser contratado. No puede alegarse después de 30 días de iniciado el trabajo. Falta de probidad u honradez: Actos deshonestos o de mala fe que el trabajador realice en perjuicio del patrón o de sus compañeros. Violencia o maltrato: Si el trabajador incurre en actos de violencia, injurias o malos tratos contra el patrón, sus familiares, compañeros de trabajo o clientes del patrón, dentro o fuera del horario laboral. Desobediencia injustificada: La negativa del trabajador a cumplir con las instrucciones del patrón relacionadas con su trabajo. Falta de asistencia: Si el trabajador acumula más de tres faltas injustificadas en un período de 30 días. Destrucción intencional: Si el trabajador comete actos de imprudencia o negligencia que provoquen daños materiales a los bienes del patrón.

7. Estado de la cuestión

Rescisión de contrato laboral sin responsabilidad para el trabajador. Art. 51 LFT

Reducción salarial: Si el patrón disminuye de manera injustificada el salario del trabajador. Falta de pago oportuno del salario: Si el patrón deja de pagar el salario en la fecha acordada o lo hace de manera irregular. Acoso o violencia por parte del patrón o sus representantes: Si el patrón incurre en malos tratos, acoso sexual o violencia contra el trabajador, su cónyuge o familiares cercanos. Peligros para la salud o seguridad: Si las condiciones del centro de trabajo representan un riesgo grave para la salud o la seguridad del trabajador, y no son subsanadas por el patrón tras la notificación. Instrucciones ilegales o inmorales: Si el patrón exige al trabajador realizar acciones ilícitas o contrarias a la moral, o lo expone a riesgos innecesarios en el desempeño de su trabajo. Faltas graves de probidad o honradez: Actos deshonestos por parte del patrón o sus representantes.

7. Estado de la cuestión

INDEMNIZACIONES

Cuando se rescinde un contrato laboral sin responsabilidad para una de las partes, la otra puede estar obligada a pagar ciertas indemnizaciones. En el caso de que el trabajador tenga la razón para rescindir el contrato, tiene derecho a recibir: • Tres meses de salario como indemnización. • Salarios caídos (los que no se pagaron durante el periodo en que se ventiló el caso ante la Junta de Conciliación y Arbitraje). • Las prestaciones proporcionales que correspondan (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, etc.). Si es el patrón quien rescinde el contrato sin responsabilidad, no está obligado a indemnizar al trabajador.

7. Estado de la cuestión