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Transcript

.Derechos del Editor:Tiene el derecho exclusivo de reproducción y distribución de la obra en las condiciones estipuladas.Puede establecer el precio de venta y realizar promociones para la obra, siempre dentro de los márgenes acordados.

Este contrato es esencial en la industria editorial de Guatemala, ya que formaliza la relación entre autores y editores, estableciendo garantías para ambas partes en cuanto a la difusión y comercialización de la obra.

Derechos del Autor:Mantiene los derechos morales sobre la obra, es decir, el reconocimiento de su autoría y la protección de su integridad.Derecho a recibir regalías o remuneración conforme al contrato, así como información sobre las ventas.En algunos casos, el derecho a solicitar la devolución de los derechos de edición si el editor no cumple con lo pactado.

REMBRANDT - Museo del Louvre

CONTRATO DE EDICIÓN

  • Carácter Bilateral y Oneroso:
    • Es un contrato bilateral, en el cual el autor y el editor asumen compromisos, y oneroso, ya que implica una remuneración al autor, ya sea en forma de regalías, anticipos o pagos fijos.
  • Partes del Contrato:
    • Autor: Creador de la obra literaria, artística o científica, quien conserva los derechos morales sobre su obra.
    • Editor: Persona o empresa que asume el compromiso de publicar, reproducir y distribuir la obra en las condiciones pactadas.
  • Objeto del Contrato:
    • El objeto es la publicación y distribución de una obra. Este contrato otorga al editor el derecho de reproducir y distribuir la obra del autor en una determinada cantidad y formato (libro, e-book, audiolibro, etc.).

Plazo de Vigencia y Extinción del ContratoEl contrato de edición generalmente establece una duración limitada, que puede estar relacionada con el tiempo (años) o la cantidad de ejemplares que se publicarán y distribuirán. El contrato puede extinguirse por:

  • Cumplimiento del plazo de vigencia o agotamiento de la edición acordada.
  • Incumplimiento de obligaciones por alguna de las partes.
  • Mutuo acuerdo entre el autor y el editor para terminar el contrato anticipadamente.

Características Del contrato de edición- Consensual - bilateral - oneroso - principal - típico mercantil -nominado - conmutativo

El contrato de edición en Guatemala es un acuerdo mediante el cual una persona (el autor) cede los derechos de reproducción y distribución de su obra a una editorial o editor (llamado editor), para que este último se encargue de su publicación y distribución a cambio de una remuneración o regalías. Este contrato es fundamental en el ámbito editorial, ya que establece las condiciones en que se publicará y comercializará la obra, así como los derechos y obligaciones de cada parte.

Info

contrato de hospedaje

MODALIDADES 1. HOSPEDAJE EXPRESO: Se da cuando la persona que proporciona el servicio no tiene un negocio o empresa propio para ello, Ej. Casa huéspedes. 2. HOSPEDAJE TÁCITO: cuando el huésped solicita alojamiento en un establecimiento-hotel, fonda, albergue- autorizado o fundado precisamente para prestar ese servicio. Como la empresa está abierta al público para eso precisamente, el contrato existe desde que se toma el servicio, según los preceptos legales que lo rigen y el reglamento que regula su funcionamiento

EXTINCIÓN(Art. 871 Co.Co.) 1. Por el transcurso del plazo convenido. 2. Por violación de los reglamentos que lo rigen; 3. por cometer el huésped falta a la moral o hacer escándalos que perturben a los demás huéspedes. 4. Ausencia del huésped por más de 72 horas sin dejar aviso. 5. Porque no se pague la retribución en la forma convenida

ELEMENTOS ● PERSONALES: ○ Huésped: Persona que se hospeda en el establecimiento del hotelero, pagando una suma de dinero. ○ Hotelero: Persona que da alojamiento en las instalaciones a otra persona llamada huésped, a cambio de una retribución. ● REALES: El precio o retribución que paga el huésped y el servicio que presta el hotelero. ● FORMALES: Este contrato no se sujeta a una forma en especial.

CARACTERISTICAS El contrato de hospedaje se caracteriza por ser: 1. Bilateral: Ambas partes tienen derechos y obligaciones. 2. Consensual: Se perfecciona únicamente con el consentimiento. 3. Oneroso: Existe una prestación económica (dinero de por medio). 4. De tracto sucesivo: Las obligaciones se van cumpliendo dentro de un término o plazo que se prolongue después de celebrado el contrato. 5. Típico: Regulados en la ley. 6. Nominado: Tienen un Nombre. 7. Y por adhesión en la mayoría de los casos

CONTRATO DE PARTICIPACIÓN

Info

contrato de participación

Terminación del ContratoEl contrato de participación puede finalizar por:

  • Cumplimiento del plazo acordado.
  • Terminación de la actividad económica.
  • Acuerdo entre las partes.
  • Incumplimiento de las obligaciones contractuales.
El contrato de participación es particularmente útil en Guatemala para proyectos de inversión o actividades económicas temporales, donde el inversionista busca un retorno de su capital sin ser parte activa de la empresa.

Características del contrato de participación1 Típico2 Nominado3 Oneroso4 Bilateral5 Principal6 Consensual7 De colaboración

DE TRANSPORTE

CONTRATO

Elementos Claves del Contrato de Transporte

  1. Partes del Contrato:
    • Transportista: Persona física o jurídica que realiza el traslado.
    • Cargador o remitente: Persona que encomienda el transporte y con quien se suscribe el contrato.
    • Consignatario o destinatario: Persona a quien se entrega la carga o destinatario en caso de transporte de personas.
  2. Objeto del Contrato: Puede incluir el transporte de personas o de mercancías. Dependiendo del objeto, las obligaciones y derechos varían.
  3. Precio o Remuneración: El contrato debe incluir la cantidad acordada como pago por el servicio, que puede variar según el tipo de transporte, distancia, y características del bien transportado.

Obligaciones del TransportistaEl transportista tiene obligaciones específicas, como:

  • Garantizar la seguridad de los bienes o personas transportadas.
  • Entregar los bienes en el tiempo y lugar acordado y en el mismo estado en que los recibió, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
  • Indemnizar en caso de daños, pérdidas o retrasos, salvo que se demuestre que fue por causas no imputables al transportista.
Obligaciones del CargadorEl cargador también debe cumplir con ciertas responsabilidades, como:
  • Proporcionar información precisa sobre las mercancías a transportar, especialmente si son peligrosas o requieren condiciones especiales.
  • Pagar la remuneración pactada en el contrato en el tiempo y forma acordados.
  • Recoger la carga en el lugar y tiempo especificado al finalizar el transporte

Terminación del ContratoEl contrato de transporte puede darse por terminado al cumplirse su objeto, es decir, cuando se entrega la carga en el destino acordado. Sin embargo, puede también finalizarse de forma anticipada si ambas partes están de acuerdo o si ocurre una causa de fuerza mayor que haga imposible la prestación del servicio. Este tipo de contrato es esencial en el comercio nacional e internacional en Guatemala, ya que facilita la movilización de bienes y personas, y regula las responsabilidades y derechos de todas las partes involucradas.

Contrato de Hospedaje: - Existe contrato de hospedaje cuando una persona da albergue a otra mediante retribución, comprendiéndose o no la alimentación.

  • Este contrato es comúnmente usado en el sector turístico de Guatemala, especialmente en áreas de gran afluencia de visitantes, y sirve para definir claramente los términos de la estadía y las responsabilidades de ambas partes.

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Ventajas del Contrato de ParticipaciónSimplicidad y Flexibilidad: Este tipo de contrato permite que un inversionista participe en una actividad económica sin tener que involucrarse en su administración diaria ni cumplir con las formalidades de una sociedad.Menor Exposición Pública: Dado que el partícipe no figura como socio o accionista, su participación en el negocio se mantiene confidencial.Limitación de Responsabilidad: El partícipe solo responde hasta el monto de su aportación, lo que limita su exposición en caso de pérdidas.

El contrato de participación, es aquel por medio del cual un comerciante, que se denomina GESTOR, se obliga a compartir con una o varias personas llamadas PARTICIPANTES, que le aportan bienes y servicios, las utilidades o pérdidas que resulten de una o varias operaciones de su empresa o el giro total de la misma. (art. 861 código de comercio)

El contrato de transporte en Guatemala es un acuerdo mediante el cual una de las partes, denominada transportista, se obliga a trasladar personas o bienes de un lugar a otro, en favor de otra parte, que puede ser el usuario o cargador, a cambio de una remuneración o precio pactado. Este contrato se rige principalmente por el Código de Comercio de Guatemala, que establece los derechos y obligaciones tanto del transportista como del usuario.