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Donación, tipos y características (Derecho Romano)

Consideremos el concepto que le da Laines y Sagaón (2010: 125), cuando en un acto exite la parte denominada donante, por voluntad propia, que otorga a otra, llamada donatario, un bien, un objeto o un beneficio económico.Juan Carlos Martin lo describe como la convención adoptada entre dos partes, por la cual una de ellas atribuirá a la otra algo en forma gratuita. El objeto de la donación puede ser la transmisión de una cosa, o la constitución de un derecho real, la cesión de un crédito, el asumir una obligación, etc. Lo importante es que haya animus donandi, o sea, una intención de cumplir una liberalidad

Elementos de la Donación

Considerando a a Laines y a Sagaón (2010: 125), se encuentran los siguientes:

¿La donación sigue presente en el Derecho actual mexicano? Si, en la actualidad en zonas rurales, o poblaciones que aun se consideran como pueblos, cuando se pide la mano de la mujer, llevan el famoso “Dote”, y los padrinos de boda, también donan muebles o cosas, que les servirán durante su matrimonio. También algunos casos de personas reconocidas como artistas reconocidos donan sus obras, mortis causa, después de su muerte pueden tomar posesión, y entre vivos los claros ejemplos, son las asociaciones civiles que trabajan mediante donativos.

Elaboro: L. Betsabe H. YescasFuente: Martin, Juan Carlos (2019), "La donación en la concepción romana y su recepción en el Derecho argentino". disponible en: http://132.247.132.19/plan2020/moodle/pluginfile.php/534/mod_resource/content/63/der_rom2/U_7/archivos/martin_u7_739a750.pdf UNAM "Unidad 7, Otras fuentes de las Obligaciones". División de Educación a Distancia, Facultad de Derecho. CUAED.

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son las ofrendas que un cónyuge las entrega al otro cónyuge, durante el matrimonio, antes del matrimonio se acostambraba a dar la dote, que consiste en la donación especial que realizaba el pater familia al futuro esposo de su hija o visceversa. En el caso de disolución del matrimonio, la dote se tenía que restituir en su totalidad mediante el contrato llamado stipulatio. "Justiniano decidió que en la donación entre cónyuges cuando el donante moría sin cambiar la voluntad de revocar, debía ser considerada como verdadera donación entre vivos." (Martin 2019).

La donación era irrevocable, salvo los siguientes casos:a. Donación mortis causa: Si se ha realizado la donación como consecuencia de la proximidad de la muerte y si la misma no acontecía procedía la condictio para la recuperación. b. La realizada a los libertos (esclavos que fueron liberados). c. Donatio inter virum et uxorem (donación entre cónyuges). d. Ingratitud.

Tipos de Donación

Donación mortis causa

Donación entre conyuges

Revocación

Se encuentra el Donante (animus donandi), que es la persona que por voluntad propia entrega a otra u otras un bien, un objeto o un beneficio economico, sin recibir nada a cambio. El Donatario (obtiene la rei vindicatio) es la persona o personas que reciben el bien, el objeto o el beneficio economico, sin una intención iliicta.

esta donación, consiste en un intercambio de propiedad mediante el cual una persona denominada donante renuncia voluntariamente a una cosa material para entregarla a otra llamada donatario.

Donación entre vivos (Donatio inter vivos)

Tiene lugar cuando la muerte obra como condición para la entrega de bienes, de manera que, una vez que ésta acontece, los bienes del de cujus son entregados a las personas beneficiarias.