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CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UDG Y LEY ORGÁNICA_ Solis Duarte Isis Ixchel
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Created on October 25, 2024
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Transcript
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UDG Y LEY ORGÁNICA
Presentación
Universidad de Guadalajara
Centro Universitario de Ciencias Exactas e Ingieneria
- Isis Ixchel Solis Duarte
- 220570431
- Ingeniería en Computación
- Introducción a la Ingeniería
- Minerva Guadalupe Ventura Muñoz
24K
01
Capitulo III de los Alumnos
¿Qué nos dice el capitulo 3?
Se considerará alumno a todo aquél que, cumpliendo los requisitos de ingreso establecidos por la normatividad aplicable, haya sido admitido por la autoridad competente y se encuentre inscrito en alguno de los programas académicos de la Universidad.
Categorías. Alumnos ordinarios
Los alumnos que se inscriban en la Universidad pueden tener las categorías de ordinarios, especiales y oyentes.Son alumnos ordinarios regulares, los que cuenten con la totalidad de los créditos obligatorios aprobados, en los términos del Estatuto General;Son alumnos ordinarios irregulares, los que tengan créditos académicos obligatorios reprobados, en los términos del Estatuto General. Son alumnos ordinarios condicionales, aquellos que hubiesen solicitado a la Universidad la revalidación o reconocimiento de equivalencia de estudios previos, realizados en otra institución educativa y cuyo expediente se encuentre en trámite
Alumnos Especiales
Asisten a cursos libres o especiales, sin otras prerrogativas que las de asistir a clase, aparecer en listas de asistencia, sustentar exámenes recabando la respectiva boleta de calificación; pero, sin derecho a obtener grado o título alguno ni a revalidar estudios anteriores..
Alumnos Oyentes
Son alumnos oyentes los que al inscribirse en uno o más cursos, persiguen solamente finalidades culturales. Pueden ser admitidos libremente con las únicas restricciones de cupo en grupos, talleres y laboratorios. Están obligados a realizar las mismas aportaciones que fije la Universidad, pero sin derecho a obtener título o grado alguno
Admisión
La admisión de alumnos a la Universidad se otorgará mediante dictamen de las autoridades universitarias competentes, previos los exámenes de selección correspondientes y de acuerdo con factores de escolaridad, nacionalidad, edad, conducta, salud, circunstancia socioeconómica, continuidad en el estudio y de conocimiento.
02
TÍTULO OCTAVO
Responsabilidades, sanciones y recursos
Sanciones
- Artículo 89. Las sanciones aplicables con motivo de la comisión de las infracciones establecidas en la normatividad universitaria son las siguientes:
Sanciones generales
Artículo 91. Las infracciones previstas en el artículo anterior, se sancionarán conforme las siguientes reglas del (I al III)
I.
Si la falta se considera leve, se aplicará una amonestación y apercibimiento
II.
Si la falta se considera grave, se aplicará una suspensión hasta por un año y apercibimiento;
III.
Si la falta se considera grave, se aplicará una suspensión hasta por un año y apercibimiento;
Causas generales 2
IV. Causar daño a las instalaciones, equipo y mobiliario de la UniversidadV. Utilizar bienes del patrimonio universitario para fines distintos de aquellos a que están destinados VI. Disponer de bienes del patrimonio universitario, sin la autorización correspondiente, conforme las disposiciones de esta Ley VII. Sustraer o falsificar documentos o informes, así como a la información grabada en medios electrónicos. VIII. La comisión de conductas ilícitas graves dirigidas contra la existencia, la unidad, el decoro y los fines esenciales de la Universidad.
Sanciones
Si se presentan las causas de responsabilidad previstas en las fracciones V a VIII, dependiendo de la gravedad, se sancionará con suspensión hasta por un año o suspensión o expulsión definitiva. Si el infractor no actúa con dolo y acepta pagar los daños, se aplicará una amonestación Si el infractor actúa con dolo, se aplicará una suspensión hasta por un año con apercibimiento Si se reincide en la conducta prevista en el inciso anterior, se sancionará con la expulsión o separación definitiva
03
Evaluación
Regalmento general de evaluación y promocion de evaluacion de los alumnos de la universidad de guadalajara
¿Qué proposito tienen las evaluaciones?
Artículo 2. La evaluación tiene por objeto:I. Que las autoridades universitarias, los académicos y alumnos dispongan de elementos para conocer la eficiencia y eficacia del proceso de enseñanza-aprendizaje II. Que el alumno conozca el grado de aprovechamiento que ha tenido y, en su caso, obtener la promoción correspondiente III. Contribuir a elevar la calidad del aprendizaje y aumentar el rendimiento de los alumnos IV. Que la Universidad, mediante los resultados de la evaluación, dé testimonio de la preparación académica de sus estudiantes
Artículo 4
Para efecto del presente reglamento se entiende por evaluación el conjunto de actividades realizadas para obtener y analizar información en forma continua y sistemática del proceso enseñanza-aprendizaje que permitan verificar los logros obtenidos y determinarles un valor específico.
Artículo 5
El resultado final de las evaluaciones será expresado conforme a la escala de calificaciones centesimal de 0 a 100, en números enteros, considerando como mínima aprobatoria la calificación de 60. Las materias que no son sujetas amedición cuantitativa, se certificarán como acreditadas (A) o no acreditadas (NA).
Artículo 9
El alumno debe conocer al inicio del curso cuáles son los criterios de evaluación de cada una de las materias que cursará
Artículo 10
Los criterios de evaluación definirán, entre otros puntos, los siguientes:
- I. Los aspectos a evaluar y los porcentajes que cada uno tendrá en la calificación;
- II. La utilización de diversos medios de evaluación para una materia dependiendo de la naturaleza de la misma y los objetivos de ésta
- III. Los momentos para la evaluación durante el desarrollo de la materia
¿Por qué son importantes?
Es importante conocer como se rigen las normas, derechos para protegernos y proteger a la comunidad estudiantil para poder tener una buena comunidad y sana convivencia
Gracias por ver
Universidad De Guadalajara. (2021). DECRETO 15319: LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA. Recuperado 25 de octubre de 2024, de https://secgral.udg.mx/sites/default/files/Normatividad_general/lo-septiembre-2021.pdf
Universidad de Guadalajara. (2018). REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN y PROMOCIÓN DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA. Recuperado 25 de octubre de 2024, de https://secgral.udg.mx/sites/default/files/Normatividad_general/rgepa-oct-2017.pdf