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DOCENTE: ALMA DELIA MOJARRO PARDO. MAESTRIA: MAESTRÍA EN PERSPECTIVA DE GÉNERO APLICADA A LOS PROCESOS JURÍDICOS Y DE GESTIÓN PÚBLICA. MATERIA: MARCO LEGAL INTERNACIONAL DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO. ALUMNA: TALIA ANGELES VALLEJO. GRUPO: MPGA101-ABC-EnLinea

La Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) es un tratado internacional firmado en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, y entró en vigor el 18 de julio de 1978. Este tratado establece un marco de protección de los derechos humanos en América y es uno de los instrumentos fundamentales de la Organización de Estados Americanos (OEA).

CONVENCIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS.

La CADH consagra una amplia gama de derechos y libertades, incluyendo:1. Derechos civiles y políticos:- Derecho a la vida.- Libertad de expresión.- Libertad de reunión.- Derecho a la igualdad ante la ley.1. Derechos económicos, sociales y culturales:- Derecho al trabajo.- Derecho a la educación.- Derecho a la salud.- Derecho a la vivienda.1. Derechos de las personas vulnerables:- Derechos de los niños.- Derechos de las mujeres.- Derechos de los pueblos indígenas.Mecanismos de supervisión:1. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).2. Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Contenido y mecanismos de supervisión
Objetivos

Los objetivos de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) son los siguientes:

  1. Proteger y promover de manera efectiva los derechos humanos en todo el continente americano, asegurando que cada individuo tenga acceso a estos derechos fundamentales.
  2. Establecer un sistema robusto de supervisión y monitoreo de los derechos humanos que permita evaluar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados.
  3. Fomentar la cooperación entre los Estados miembros para avanzar de forma conjunta en la protección y promoción de los derechos humanos, creando un ambiente de solidaridad y entendimiento.
  4. Prevenir y erradicar las violaciones de los derechos humanos mediante la implementación de políticas y programas que eduquen y sensibilicen a la población sobre la importancia de estos derechos.
  5. Garantizar la justicia y la igualdad para todas las personas sin distinción alguna, asegurando que todos tengan acceso a un tratamiento justo y equitativo ante la ley.
  6. Fortalecer la democracia y el Estado de derecho en la región, promoviendo la participación ciudadana y el respeto por las instituciones democráticas.
  7. Promover el respeto y la observancia de los derechos humanos en todos los ámbitos de la vida social, política y económica, creando una cultura de derechos humanos.
  8. Establecer mecanismos efectivos y accesibles para la investigación y sanción de violaciones de derechos humanos, asegurando que los responsables rindan cuentas por sus acciones.

PAÍSES QUE FORMAN PARTE DE ESTA DECLARACIÓN.

Los países que forman parte de la Convención Americana de Derechos Humanos son aquellos que han ratificado el Pacto de San José de Costa Rica, firmado el 22 de noviembre de 1969. A continuación, te menciono algunos de los países que han ratificado este tratado:Argentina:Ratificó la Convención en 1984 Bolivia: Ratificó la Convención en 1979 Brasil:Ratificó la Convención en 1992 Chile: Ratificó la Convención en 1990 Colombia: Ratificó la Convención en 1973Costa Rica: Ratificó la Convención en 1970 Ecuador: Ratificó la Convención en 1977 El Salvador: Ratificó la Convención en 1978

Guatemala: Ratificó la Convención en 1978 Haití: Ratificó la Convención en 1977 Honduras: Ratificó la Convención en 1977 México: Ratificó la Convención en 1981 Nicaragua: Ratificó la Convención en 1979 Panamá: Ratificó la Convención en 1978 Paraguay: Ratificó la Convención en 1989 Perú: Ratificó la Convención en 1978 República Dominicana: Ratificó la Convención en 1978 Surinam: Ratificó la Convención en 1987 Trinidad y Tobago: Ratificó la Convención en 1991 Uruguay: Ratificó la Convención en 1985 Venezuela: Ratificó la Convención en 1977

Obligaciones de los países participantes.

Obligaciones Generales1. Respetar y garantizar los derechos y libertades reconocidos en la Convención.2. Adoptar medidas legislativas, administrativas y judiciales para hacer efectivos los derechos y libertades protegidos.3. Abstenerse de realizar actos que violen los derechos y libertades protegidos.4. Proteger a las personas bajo su jurisdicción contra violaciones de derechos humanos.Obligaciones Específicas1. Garantizar la igualdad ante la ley y no discriminación.2. Proteger el derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal.3. Garantizar la libertad de expresión, reunión y asociación.4. Proteger los derechos de las personas vulnerables (mujeres, niños, pueblos indígenas, etc.).5. Prevenir y sancionar la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.6. Garantizar el derecho a un juicio justo y imparcial.7. Proteger los derechos económicos, sociales y culturales.

Obligaciones de Implementación1. Crear instituciones y mecanismos para proteger y promover los derechos humanos.2. Adoptar leyes y reglamentos que garanticen la implementación de la Convención.3. Proporcionar educación y capacitación en derechos humanos a funcionarios públicos.4. Establecer procedimientos para investigar y sancionar violaciones de derechos humanos.5. Presentar informes periódicos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.Obligaciones de Cooperación1. Cooperar con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.2. Proporcionar información y asistencia a la Comisión y la Corte.3. Permitir la visita de expertos y comisionados de la Comisión y la Corte.

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Derecho a la integridad personal.

El derecho a la integridad personal es un derecho fundamental que protege la dignidad, la autonomía y la seguridad física y psicológica de las personas. Consiste en:Aspectos físicos:1. Protección contra la tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes.2. Protección contra la violencia física, incluyendo la agresión y el abuso.3. Derecho a la libertad y seguridad personal.4. Protección contra la detención arbitraria o ilegal.Aspectos psicológicos:1. Protección contra la intimidación, acoso y hostigamiento.2. Derecho a la privacidad y protección de la vida personal.3. Protección contra la manipulación y coerción.4. Derecho a la libertad de pensamiento y conciencia.

Aspectos emocionales:1. Protección contra el estrés y el sufrimiento emocional.2. Derecho a la dignidad y respeto.3. Protección contra la humillación y degradación.4. Derecho a la autonomía y toma de decisiones.Protección en situaciones específicas:1. Protección de las personas vulnerables (niños, mujeres, personas con discapacidad, etc.).2. Protección en situaciones de conflicto armado o emergencia.3. Protección en situaciones de detención o prisión.4. Protección en situaciones de migración o refugio.

Garantías:1. Acceso a la justicia y reparación.2. Investigación y sanción de violaciones.3. Protección de la confidencialidad y privacidad.4. Acceso a servicios de apoyo y asistencia.El derecho a la integridad personal es fundamental para garantizar la dignidad y bienestar de las personas, y es reconocido en diversos instrumentos internacionales, como:- Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 3 y 5)- Convención Americana de Derechos Humanos (art. 5)- Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 7 y 9)- Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Corte Interamericana de los Derechos Humanos

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es un órgano judicial autónomo que forma parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Su composición y estructura son las siguientes:Miembros1. 7 Jueces titulares elegidos por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) por un período de 6 años.2. Los jueces deben ser ciudadanos de Estados miembros de la OEA.3. Deben tener experiencia y reconocimiento en materia de derechos humanos.Estructura1. Presidente: elegido por los jueces titulares por un período de 2 años.2. Vicepresidente: elegido por los jueces titulares por un período de 2 años.3. Secretaría: encargada de la administración y coordinación de la Corte.

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Órganos1. Pleno: integrado por los 7 jueces titulares.2. Sala: integrada por 3 o 5 jueces, según la complejidad del caso.3. Comisión Permanente: integrada por el Presidente, Vicepresidente y otros jueces designados.Funciones1. Conocer y resolver casos de violaciones de derechos humanos.2. Interpretar la Convención Americana de Derechos Humanos.3. Emitir opiniones consultivas sobre temas de derechos humanos.4. Supervisar la implementación de sus sentencias.

Los Plenipotenciarios Inscritos son representantes diplomáticos de los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) que tienen la facultad de actuar en nombre de su país en la Asamblea General de la OEA y en otros órganos del sistema interamericano.Características:1. Representantes diplomáticos: Son embajadores o funcionarios de alto rango que representan a su país en la OEA.2. Plenos poderes: Tienen la autoridad para tomar decisiones y comprometer a su país en nombre del Estado que representan.3. Inscritos: Están oficialmente registrados como representantes de su país en la OEA..

Plenipotenciarios Infrascritos

Requisitos:1. Ser ciudadano del país que representan.2. Tener experiencia diplomática o en relaciones internacionales.3. Ser designado por el gobierno de su país como Plenipotenciario.4. Estar inscrito oficialmente en la OEA.Diferencias con otros representantes:1. Observadores: No tienen derecho a voto y solo pueden participar en debates.2. Delegados: Tienen limitaciones en su capacidad para tomar decisiones.3. Expertos: Son especialistas en un área específica y no representan a un país.Los Plenipotenciarios Inscritos desempeñan un papel crucial en la toma de decisiones y la representación de los intereses de sus países en el sistema interamericano..

Fuentes 1. Organización de Estados Americanos. (1969). Convención Americana de Derechos Humanos. San José, Costa Rica.2. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (1978). Convención Americana de Derechos Humanos: Comentario. Washington, D.C.3. Courtis, C. (2006). La Convención Americana de Derechos Humanos: Un análisis de su estructura y contenido.4. Burgorgue-Larsen, L. (2010). La protección de la integridad personal en el derecho internacional de los derechos humanos. Revista de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, 10(1), 1-25.5. Pasqualucci, J. M. (2007). La evolución del derecho a la integridad personal en el sistema interamericano de derechos humanos. Anuario de Derecho Internacional, 23, 257-284..