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CONTRATOS MERCANTILES
SILVIA PAOLA AMBROCIO LOPEZ
Created on October 23, 2024
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Transcript
Contrato de Edición
Clases y elementos del contrato de Transporte
SILVIA PAOLA AMBROCIO 9951-21-10114
Contrato de Transporte
Contratos Mercantiles
Contrato de Participación
Contrato de Hospedaje
ELEMENTOS Personales: El Gestor es el comerciante que, recibiendo bienes de otro, hace participar a este de las utilidades o perdidad que se obtengan. Reales u objetivos: serian los bienes que el partícipe trslada al gestos. Formales: no existe ninguna formalidad, pero lo recomendado es en escritura publica.
Por el contrato de participacion un comerciante denominado Gestor se obliga a compartir con una o varias personas llamadas partícipes que se le entreguen bienes o servicios, las utilidades o las ppersidas que produzcan su empresa como consecuencia de parte o la totalidad de sus negocios. articulo 861 del Codigo de Comercio. quere decir que en si no se forma una sociedad, si no decidimos hacer un contrato de participacion, y lo que hacemos esque todos le vamos a dar a una perosna una cantidad de dinero para hacernos partiçipes sin embargo nosotros no vamos a tener ninguna actividad mas que solo lo financiamos, pero la persona si va empezar a andar en negocio y cuando tenga ganancias eso si regresa a entregar las ganancias a cada uno.
Contrato de Participación
Características:
- Consensual ; se perfecciona con el consentimiento de las partes.
- Bilateral: Produce obligaciones reciprocas entre las partes.
- Oneroso: Ya que se supone equivalencia entre las partes del comprador y el vendedor..
- De tracto sucesivo: el cumplimiento de la obligacion depende durabte prestaciones durante un periodo determinado.
- Principal no depende de la existencia de un contrato anterior para su existencia.
- Tipico: por que se encuentra regulado en el codigo de comercio.
Contrato de Hospedaje:
Por el contrato de hospedaje, una persona se obliga a dar albergue a otra mediante la retribución convenida, comprendiéndose o no la alimentación. Articulo 866 del Codigo de Comercio. El contrato de hospedaje se regirá, en defecto de disposiciones legales o pactos, por los preceptos que hubiere aprobado la autoridad competente y por los del reglamento interior del establecimiento. Para que los reglamentos se consideren aplicables, el hotelero deberá mantenerlos colocados en lugar visible del establecimiento, además de colocar en cada habitación un extracto de lo que sea pertinente.
1 Elementos Personales. el hotelero, hospedero, albergador o fondista; o sea el comerciante que presta el servicio de aloja miento; el viajero o huésped que, a cambio de la retribución que paga, usa del servicio que se le presta.2 Elemento Real El precio 3 Elemento Formal Se llena un formulario por el huésped en el que se escriben los datos de identificación personal del huésped.4 Elemento especialConsiste en el establecimiento exclusivo para el hospedaje5 Elemento temporal Este comprende el tiempo en que va a permanecer el huésped.