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Empezar

Las cortes de cádiz y la constitución de 1812

Manuel Gimeno Arrondo4º ESO B

Comenzamos con el contexto histórico de las Cortes de Cádiz, la Ilustración y sus ideas, sus ilustradores más conocidos y cómo influyeron con sus textos. La ciudad de Cádiz como lugar estratégico, para ser la sede de las Cortes, sus diputados más reconocidos y grupos políticos. La importancia de la creación de la Constitución de 1812.

Introducción

Índice

  • El contexto histórico de las Cortes de Cádiz.
  • La ilustración y sus ideas.
  • ¿Por qué en Cádiz?
  • Las propuestas de los diputados.
  • La Constitución de 1812.
  • Concllusión.
  • Monumento a la Constitución de 1812.

La Revolución francesa

.

El contexto histórico de las Cortes de Cádiz

El contexto histórico de las Cortes de Cádiz

1.1 La Crisis de la Monarquía

Protagonistas

Tratado de Fontainebleau

Motín de Aranjuez

Las abdicaciones de Bayona

1.2 La Guerra de la Independencia

Fusilamientos del 3 de mayo

LÍnea del tiempo del desarrollo de la guerra

1808

1809

1808 - 1812

1812

1813

2. La ilustración y sus ideas

La ilustración y sus ideas

Jean-Jacques Rousseau

Montesquieu

Voltaire

René Descartes

Soberanía Nacional

Separación de poderes

La búsqueda de la felicidad de la nación

La Educación de los ciudadanos

Derechos de los ciudadanos

3. ¿Por qué en Cádiz?

¿Por qué en Cádiz?

Lugares más importantes para las Cortes de Cádiz

Mapa de lugares más importantes

4. Las propuestas de los diputados

Las propuestas de los diputados

Diputados de las Cortes de Cádiz, mapa

Agustín Argüelles

Juan Nicasio Gallego

Evaristo Pérez de Castro

José Mejía Lequerica

5. La Constitución de 1812

Imagen de la Constitución de 1812

Las Cortes de Cádiz imagen

Preambulo e imagen de Fernando VII

Soberanía Nacional (artículos 1, 2 y 3).

Separación de poderes (artículos 15, 16, 17, 172).

La búsqueda de la felicidad de la nación (artículo 13).

La Educación de los ciudadanos (artículos 366 y 367).

“los españoles de ambos hemisferios”

Derechos de los ciudadanos (artículos 4, 172, 247, 303, 304, 306, 371)

6. Conclusión

Las Cortes de Cádiz fueron de gran importancia, siendo un lugar estratégico geográficamente, en el que se encontraba la resistencia española, protegiendo la ciudad del ejercito francés, convirtiéndose en sede de las Cortes españolas. Causó gran impacto la iniciativa de la redacción de la Constitución española, en un momento en el que el territorio español estaba bajo la ocupación francesa. La redacción de la Constitución fue la iniciativa más importante de las Cortes, con ello se creó un cuerpo legislativo de carácter liberal, provocando limitar el poder de la monarquía, la igualdad entre peninsulares y americanos. Se estableció la soberanía nacional y la división de poderes, con su declaración de intenciones de reorganizar el estado basándose en principios liberales.

Monumento a la Constitución de 1812

Monumento a la Constitución de 1812

Partes del Monumento a la Constitución de 1812

Pilar central

La Pepa

Símbolo de la guerra

Símbolo de la paz

Escultura de Hércules

Empezar

Tratado de Fontainebleau

El 27 de octubre de 1807, Manuel Godoy, valido de Carlos IV, representado por su plenipotenciario, el Consejero de Estado y Guerra Eugenio Izquierdo, firma con Gérard Duroc, representante de Napoleón, el Tratado de Fontainebleau, en el que se estipula la invasión militar conjunta franco-española de Portugal,para lo que se permite el paso de tropas francesas por territorio español. El Tratado de Fontainebleau de 1762 afianzó la presencia del Imperio Español en la Nueva España, territorio que abarcaba desde Florida el Océano Pacífico, y mantuvo el control católico, social y cultural de la región, en oposición a las perspectivas protestantes de control británico.

En el año 1808 se produce la crisis de la monarquía española la cual inicia con el motín de Aranjuez, en donde Carlos IV es obligado a abdicar en favor de su hijo Fernando VII.Estos sucesos obligan a Napoleón Bonaparte emperador de los franceses a actuar como juez sobre la sucesión.

Montesquieu fue un pensador político con pasión por la ciencia. Desarrolló su pensamiento político sobre la distribución de las funciones del Estado y la separación de poderes. Contribuye así a definir el principio de las democracias occidentales.

Montesquieu

1808 el ejército español derrotó al francés en la batalla de Bailén. Napoleón decidió entrar en España con un gran ejército.

1808

La búsqueda de la felicidad de la nación

https://www.congreso.es/constitucion/ficheros/historicas/cons_1812.pdf

El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen.

El Motín de Aranjuez Page 2 Hoy hace 212 años, el 17 de marzo de 1808, que comenzó el llamado Motín de Aranjuez.Los partidos del Principe de Asturias provocaron un levantamiento contra el rey CarlosIV y su válido Godoy. Este suceso acabó con la detención del valido y la abdicación del rey en su hijo, Fernando VII.

Motín de Aranjuez

Mapa lugares más importantes

https://image.slidesharecdn.com/elcadizdelapepa-t-g-luc-120323110602-phpapp01/75/La-ciudad-de-Cadiz-cuando-la-Pepa-1812-3-2048.jpg

v

Palacio de la Diputación Provincial - Ante él se realizó la primera lectura pública del texto constitucional. (1) Plaza España - Monumento a las Cortes, Constitución y sitio de Cádiz, conmemorativo del centenario de la proclamación de la Constitución de 1812. (2) Iglesia del Carmen - Es el lugar donde se celebró el solemne ”Te Deum” en acción de gracias por la feliz conclusión del texto constitucional. (10) Plaza de San Antonio - Uno de los centros neurálgicos de la ciudad, fue testigo de la tercera proclamación del texto constitucional de 1812. (14) Oratorio de San Felipe Neri -Donde se ideó y firmó la Carta Magna de 1812. (15)

Separación de poderes

https://www.prd.org.mx/libros/documentos/libros/espiritu-leyes.pdf

Según Montesquieu, en la monarquía, los poderes intermedios —nobleza, clero, parlamentos— actúan como equilibradores natos que impiden excesos del poder del monarca como también del poder del pueblo. A su vez, esos poderes intermedios se equilibran entre sí.

La invasión de España La guerra se desató el 2 de mayo de 1808, cuando los madrileños salieron a la calle para protestar por la presencia francesa en su ciudad.La represión francesa fue brutal y esto provocó que los españoles se unieran para luchar contra los invasores. En la obra sobre el 2 de mayo se representa la revuelta del pueblo de Madrid, que atacó con navajas y cuchillos a los mamelucos, soldados turcos del ejército francés de Napoleón, que se llevaban a Francia a los hijos menores de Carlos IV y María Luisa, lo que determinó el comienzo de la Guerra de Independencia.

1.2 La Guerra de la Independencia

Voltaire escritor, historiador, filósofo y abogado francés, uno de los principales representantes de la Ilustración, un movimiento cultural e intelectual que promovía la educación, la ciencia y el saber a través del pensamiento.

Voltaire

Derechos de los ciudadanos

https://www.conseil-constitutionnel.fr/sites/default/files/as/root/bank_mm/espagnol/es_ddhc.pdf

Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común. Artículo 1º − La finalidad de cualquier asociación política es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del Hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. Artículo 2 − La libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a los demás. Por ello, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre tan sólo tiene como límites los que garantizan a los demás Miembros de la Sociedad el goce de estos mismos derechos. Tales límites tan sólo pueden ser determinados por la Ley. Artículo 4

1812

1812 Gran Bretaña entró en la guerra y Wellington derrotó a los franceses en los Arapiles (Salamanca)

Jean-Jacques Rousseau

Rousseau contribuyó notablemente a la transformación de las sociedades occidentales, instalando la figura del ciudadano, y el ascenso de las libertades, los derechos individuales y la razón como valores máximos entre los hombres y para la sociedad.

Lugares más importantes para las Cortes de Cádiz

Las Cortes Generales y extraordinarias celebran su primera sesión el 24 de septiembre de 1810 en el Teatro Cómico de la Real Isla de León (actual ciudad de San Fernando, Cádiz). A partir del 24 de febrero de 1811 y hasta el 25 de septiembre de 1813 se reúnen en el Oratorio de San Felipe Neri, en la ciudad de Cádiz. El Oratorio de San Felipe Neri. En este Oratorio se ideó y firmó la Carta Magna de 1812 proclamadora de la soberanía de la Nación española que, en el ejercicio de su libertad e independencia, ejercía el derecho a establecer sus leyes fundamentales.

La Educación de los ciudadanos

La educación cívica es el estudio de los aspectos teóricos, políticos y prácticos de la ciudadanía, así como de sus derechos y deberes;​ los deberes de los ciudadanos entre sí como miembros de un cuerpo político y para el gobierno.

1809 tras la derrota española de Ocaña, casi todo el país fue ocupado por la tropas francesas.

1809

En este cuadro el pintor Francisco de Goya representa las consecuencias inmediatas del levantamiento español Representa la represión francesa y otorga protagonismo al pueblo Las dos escenas elegidas por Goya son muy significativas, al representar el inicio de la heórica resistencia nacional y el sacrificio de los españoles.

Fusilamientos del 3 de mayo

Carlos IV

Ferrnando VII

Manuel Godoy

Napoleón Bonaparte

Texto del ministro Floridablanca en el que se describe cómo ha cambiado el papel del rey Luis XVI en Francia

Luis XVI, que había ocupado el trono a la edad de veinte años, sin dejarse fascinar por la alegría y el entusiasmo popular con que fue saludado su advenimiento, era un príncipe de condición sana, de buena intención, amante de la justicia y del bien público, de regular inteligencia, pero falto de energía, y hasta cierto punto dominado por su esposa, la joven y bella María Antonia de Austria, hija de la emperatriz María Teresa. Unas veces siguiendo el movimiento arrebatado de la opinión pública, otras retrocediendo como asustado, y otras permaneciendo vacilante e inmóvil, el nuevo monarca comenzó por desprenderse de los antiguos ministros, que tal vez habrían podido resistir a su tiempo al torrente revolucionario y sostener la monarquía, y se fue rodeando de los hombres que designaba la opinión popular, pasando del viejo Maurepas a Malesherbes, a Turgot, a Necker, y a Calonne. Dispuesto a renunciar aquellos privilegios y a reformar aquellos abusos que se reconocían como más odiosos al pueblo, y aconsejado por el ministro Malesherbes, filósofo de ideas monárquicas, pero reformista, se prestó a abolir los arbitrarios y tiránicos mandamientos de prisión, lettres de cachet{10}, tan repugnantes a la justicia y a la dignidad del hombre. Otro tanto sucedió con el odioso y abusivo privilegio de la nobleza llamado arret de surseance, que era una orden que se expedía para no apremiar a los deudores, quitando a los acreedores el derecho a demandarlos en justicia por un tiempo dado{11}.

¿Por qué en Cádiz?

https://es.wikipedia.org/wiki/Espa%C3%B1a_durante_la_guerra_de_la_Independencia_Espa%C3%B1ola#/media/Archivo:01_campa%C3%B1asfrancesasenespana.svg

En 1809, la resistencia española, se congregó en Cádiz. La situación geográfica de la ciudad le permitía mantenerla a salvo del ejército francés, por lo que se convirtió en la sede de las Cortes españolas.

Soberanía Nacional

https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5556303.pdf

Rousseau llama al conjunto de todos los ciudadanos el "soberano" y sostiene que debería ser considerado en muchos aspectos como una persona individual. Mientras que cada individuo tiene una voluntad particular que busca su propio interés, el soberano expresa la voluntad general que busca el bien común. La soberanía es indivisible,”es simple y una y no puede dividirse sin destruirse”. Esto se debe a que la voluntad o es general y del cuerpo del pueblo, o es solo la de una parte de él. El contrato social (1762), en el que Rousseau afirma de forma contundente: "Lo que pierde el hombre por el contrato social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo cuanto le tienta y que puede alcanzar; lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo cuando posee"

1808 -1812 La resistencia española se organizó en guerra de guerrillas para desgastar al al ejército francés.

1808 - 1812

El inicio de la Guerra de la Independencia en 1808 marca el comienzo de la Historia Contemporánea de España. No solo fue un levantamiento contra los franceses, también fue una revolución para acabar con el Antiguo Régimen. Ante la situación creada por la abdicación borbónica, se produce un vacío de poder real, es el momento en que una parte del país se rebela contra los franceses. Fue entonces, tras el levantamiento de mayo de 1808, cuando los españoles asumieron la soberanía nacional y formaron sus propios órganos de gobierno, rompiendo así con el Antiguo Régimen. Se une así a la Guerra de Independencia un proceso revolucionario que llevaría a la creación de nuevos órganos de poder como la Junta Central, que convocaría Cortes generales. Sus representantes, elegidos por sufragio universal y reunidos en la ciudad de Cádiz, aprobaron la Constitución de 1812 base jurídica del nuevo estado liberal que se estaba formando en España.

El pensamiento filosófico de Descartes se basa en el racionalismo, es decir, en la creencia de que el conocimiento verdadero se basa en la razón y en la lógica y no en la experiencia sensible o en la observación empírica. TEXTO DE DESCARTES Cerraré ahora los ojos, me taparé los oídos, suspenderé mis sentidos; hasta borraré de mi pensamiento toda imagen de las cosas corpóreas, o, al menos, como eso es casi imposible, las reputaré vanas y falsas; de ese modo, en coloquio sólo conmigo y examinando mis adentros, procuraré ir conociéndome mejor y hacerme más familiar a mí propio. Soy una cosa que piensa, es decir, que duda, afirma, niega, conoce unas pocas cosas, ignora otras muchas, ama, odia, quiere, no quiere, y que también imagina y siente, pues, como he observado más arriba, aunque lo que siento e imagino acaso no sea nada fuera de mí y en sí mismo, con todo estoy seguro de que esos modos de pensar residen y se hallan en mí, sin duda. Y con todo lo que acabo de decir, creo haber enumerado todo lo que sé de cierto, o, al menos. Todo lo que he advertido saber hasta aquí.

René Descartes

1813 los franceses fueron derrotados en Vitoria por el Tratado de Valençay, Fernando VII recupera el trono.

1813

La ilustración y sus ideas

La Ilustración fue un movimiento cultural que surgió en Europa en los siglos XVII y XVIII. Se basó en la primacía de la razón para comprender la realidad, lo que generó grandes cambios en la política, la economía y la sociedad. Sus principales características fueron el cuestionamiento de las verdades establecidas y la promoción del cambio y el progreso como valores fundamentales. Su contexto histórico estuvo marcado por el auge de las monarquías absolutistas en Europa, con una sociedad estamental dividida entre nobles, clero y comunes. Sus principales representantes fueron René Descartes, Francis Bacon, Immanuel Kant, John Locke, Voltaire, Jean-Jacques Rousseau, David Hume y Montesquieu. Sus ideas políticas se centraron en la soberanía popular y el contractualismo. En economía, se debatió sobre el origen de la riqueza, lo que dio impulso a corrientes como la fisiocracia y el liberalismo económico. Sus principales consecuencias fueron el surgimiento del despotismo ilustrado en algunas monarquías europeas, la Revolución francesa, el crecimiento de las ciencias y la transformación de la mentalidad popular mediante la difusión de obras ilustradas en diversos ámbitos sociales

LÍnea del tiempo del desarrollo de la guerra

1808 1809 1808 - 1812 1812 1813

Las abdicaciones de Bayona tuvieron lugar el 5 y 6 de mayo de 1808 en la ciudad francesa de Bayona. Carlos IV y Fernando VII fueron obligados a abdicar sucesivamente sus derechos al trono de España a favor de Napoleón Bonaparte.

Las abdicaciones de Bayona

Es uno de los redactores de la Constitución de 1812 y autor de su importante "discurso preliminar"

Agustín Argüelles

Mejía Lequerica fue el encargado de redactar los artículos de la Carta Magna que tenían que ver con la libertad de imprenta, aquella que ayudó a gestar el verdadero despertar de la prensa política española a principios del siglo XIX.

José Mejía Lequerica

Las propuestas de los diputados

Entre 1810 y 1814 forman parte de las Cortes de Cádiz 702 diputados, que son eclesiásticos, abogados, catedráticos, militares, nobles y el estado llano. Pueden apreciarse tres tendencias en las Cortes de Cádiz: liberales de la metrópoli, realistas y americanos.

Su beligerancia liberal y su incuestionable preparación intelectual, le encumbraron como uno de los trece vocales de la Comisión, a la que las Cortes encomendó elaborar, el borrador de una Constitución para el Reino de España, la que sería después conocida como Constitución de Cádiz.

Evaristo Pérez de Castro

Diputados de las Cortes de Cádiz, mapa

Al estallar la guerra de la Independencia, Gallego escribe su famosa elegía El día Dos de Mayo, que alcanzaría varias ediciones durante el conflicto, y sería reproducida en la prensa periódica a lo largo de todo el siglo XIX, en la fecha del aniversario de aquel acontecimiento.

Juan Nicasio Gallego

Soberanía Nacional (artículos 1, 2 y 3).

Art. 1º. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. Art. 2º. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona. Art. 3º. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.

“los españoles de ambos hemisferios”

https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/1/1f/1812SpanishConstitutionMap.svg

Art. 1º. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios Son ciudadanos aquellos españoles que por ambas líneas traen su origen de los dominios de los españoles de ambos hemisferios, y están, avecindados en cualquier pueblo de los mismos dominios.

El 24 de septiembre de 1810 tuvo lugar la primera sesión de las Cortes de Cádiz. Esta jornada inaugural tuvo lugar en San Fernando, en el Teatro Cómico de la Real Isla de León. Las siguientes se celebraron en el Oratorio de San Felipe Neri, en la ciudad de Cádiz.

Las Cortes de Cádiz

La Constitución de 1812

Derechos de los ciudadanos (artículos 4, 172, 247, 303, 304, 306, 371)

Art. 4º. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen. Art. 172. Las restricciones de la autoridad del Rey son las siguientes: Primera. No puede el Rey impedir, bajo ningún pretexto, la celebración de las Cortes en las épocas y casos señalados por la Constitución, ni suspenderlas ni disolverlas, ni en manera alguna embarazar sus sesiones y deliberaciones. Los que le aconsejaran o auxilien en cualquier tentativa para estos actos, son declarados traidores y serán perseguidos como tales. Segunda. No puede el Rey ausentarse del Reino sin consentimiento de las Cortes, y si lo hiciere, se entiende que ha abdicado la Corona. Tercera. No puede el Rey enajenar, ceder, renunciar, o en cualquiera manera traspasar a otro la autoridad real, ni alguna de sus prerrogativas. Si por cualquiera causa quisiere abdicar el trono en el inmediato sucesor, no lo podrá hacer sin el consentimiento de las Cortes. Cuarta. No puede el Rey enajenar, ceder o permutar provincia, ciudad, villa o lugar, ni parte alguna, por pequeña que sea, del territorio español. Quinta. No puede el Rey hacer alianza ofensiva, ni tratado especial de comercio con ninguna potencia extranjera, sin el consentimiento de las Cortes. Sexta. No puede tampoco obligarse por ningún tratado a dar subsidios a ninguna potencia extranjera sin el consentimiento de las Cortes. Séptima. No puede el Rey ceder ni enajenar los bienes nacionales sin consentimiento de las Cortes. Octava. No puede el Rey imponer por sí, directa ni indirectamente, contribuciones, ni hacer pedidos bajo cualquier nombre o para cualquier objeto que sea, sino que siempre los han de decretar las Cortes. Novena. No puede el Rey conceder privilegio exclusivo a persona ni corporación alguna. Décima. No puede el Rey tomar la propiedad de ningún particular ni corporación, ni turbarle en la posesión, uso y aprovechamiento de ella, y si en algún caso fuere necesario para un objeto de conocida utilidad común tomar la propiedad de un particular, no lo podrá hacer sin que al mismo tiempo sea indemnizado y se le dé el buen cambio a bien vista de hombres buenos. Undécima. No puede el Rey privar a ningún individuo de su libertad, ni imponer por sí pena alguna. El Secretario del Despacho que firme la orden, y el Juez que la ejecute, serán responsables a la Nación, y castigados como reos de atentado contra la libertad individual. Sólo en caso de que el bien y seguridad del Estado exijan el arresto de alguna persona, podrá el Rey expedir órdenes al efecto; pero con la condición de que dentro de cuarenta y ocho horas deberá hacerla entregar a di competente. Duodécima. El Rey, antes de contraer matrimonio, dará parte a las Cortes, para obtener su consentimiento, y si no lo hiciere, entiéndese que abdica la Corona. posición del tribunal o juez Art. 247. Ningún español podrá ser juzgado en causas civiles ni criminales por ninguna Comisión, sino por el tribunal competente, determinado con anterioridad por la ley Art. 303. No se usará nunca del tormento ni de los apremios. Art. 304. Tampoco se impondrá la pena de confiscación de bienes. Art. 306. No podrá ser allanada la casa de ningún español, sino en los casos que determine la ley para el buen orden y seguridad del Estado. Art. 371. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes. https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/1/1f/1812SpanishConstitutionMap.svg

La Educación de los ciudadanos (artículos 366 y 367).

Art. 366. En todos los pueblos de la Monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles. Art. 367. Asimismo se arreglará y creará el número competente de Universidades y de otros establecimientos de instrucción que se juzguen convenientes para la enseñanza de todas las ciencias, literatura y bellas artes.

Don Fernando VII, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del Reino, nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las mismas Cortes han decretado y sancionado la siguiente:

Preámbulo e incluye una imagen del monarca ausente que, supuestamente, firmaría la Constitución.

Separación de poderes (artículos 15, 16, 17, 172).

Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey. Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los Tribunales establecidos por la ley. Art. 172. Las restricciones de la autoridad del Rey son las siguientes: Primera. No puede el Rey impedir, bajo ningún pretexto, la celebración de las Cortes en las épocas y casos señalados por la Constitución, ni suspenderlas ni disolverlas, ni en manera alguna embarazar sus sesiones y deliberaciones. Los que le aconsejaran o auxilien en cualquier tentativa para estos actos, son declarados traidores y serán perseguidos como tales. Segunda. No puede el Rey ausentarse del Reino sin consentimiento de las Cortes, y si lo hiciere, se entiende que ha abdicado la Corona. Tercera. No puede el Rey enajenar, ceder, renunciar, o en cualquiera manera traspasar a otro la autoridad real, ni alguna de sus prerrogativas. Si por cualquiera causa quisiere abdicar el trono en el inmediato sucesor, no lo podrá hacer sin el consentimiento de las Cortes. Cuarta. No puede el Rey enajenar, ceder o permutar provincia, ciudad, villa o lugar, ni parte alguna, por pequeña que sea, del territorio español. Quinta. No puede el Rey hacer alianza ofensiva, ni tratado especial de comercio con ninguna potencia extranjera, sin el consentimiento de las Cortes. Sexta. No puede tampoco obligarse por ningún tratado a dar subsidios a ninguna potencia extranjera sin el consentimiento de las Cortes. Séptima. No puede el Rey ceder ni enajenar los bienes nacionales sin consentimiento de las Cortes. Octava. No puede el Rey imponer por sí, directa ni indirectamente, contribuciones, ni hacer pedidos bajo cualquier nombre o para cualquier objeto que sea, sino que siempre los han de decretar las Cortes. Novena. No puede el Rey conceder privilegio exclusivo a persona ni corporación alguna. Décima. No puede el Rey tomar la propiedad de ningún particular ni corporación, ni turbarle en la posesión, uso y aprovechamiento de ella, y si en algún caso fuere necesario para un objeto de conocida utilidad común tomar la propiedad de un particular, no lo podrá hacer sin que al mismo tiempo sea indemnizado y se le dé el buen cambio a bien vista de hombres buenos. Undécima. No puede el Rey privar a ningún individuo de su libertad, ni imponer por sí pena alguna. El Secretario del Despacho que firme la orden, y el Juez que la ejecute, serán responsables a la Nación, y castigados como reos de atentado contra la libertad individual. Sólo en caso de que el bien y seguridad del Estado exijan el arresto de alguna persona, podrá el Rey expedir órdenes al efecto; pero con la condición de que dentro de cuarenta y ocho horas deberá hacerla entregar a di competente. Duodécima. El Rey, antes de contraer matrimonio, dará parte a las Cortes, para obtener su consentimiento, y si no lo hiciere, entiéndese que abdica la Corona. posición del tribunal o juez

La búsqueda de la felicidad de la nación (artículo 13)

Art. 13. El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen.

Símbolo de la guerra

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Monumento a la Constitución de 1812

Símbolo de la paz

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Pilar central

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La Pepa

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Escultura de Hércules

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