PROVENIENTES DE PROCESO SELECTIVO CONVOCADO POR
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590) Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional (0598)
2024 / 2025 COMUNIDAD DE MADRID
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
RENUNCIAS
APLAZAMIENTOS de la fase de prácticas concedidos
NOMBRAMIENTOS como funcionarios en prácticas y exentos de la fase de prácticas
SON NOMBRADOS POR Resolución de 13 de agosto de 2024
NOMBRAMIENTO
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Los aspirantes que, habiendo superado las fases de oposición y concurso, acrediten haberprestado servicios durante al menos un curso escolar como funcionarios docentes de carrera, estarán exentos de la evaluación de la fase de prácticas.
RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
Quienes resulten seleccionados por el procedimiento de acceso a Cuerpos docentes de subgrupo superior estarán exentos de la realizaciónde la fase de prácticas.
Lo establece: 8.6. Fase de oposición para los aspirantes de acceso a Cuerpos docentes de subgrupo superior.12.1. Exención de la fase de prácticas.
EXENCIONES
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Otros supuestos en los que, por causa justificada y debidamente acreditada, se hayan prestado servicios docentes en un periodo período no inferior a cuatro meses y medio. En estos casos, las Comisiones de Evaluación podrán evaluar favorablemente la fase de prácticas siempre que quede acreditado haber cumplido lo establecido en la presente resolución..
En los supuestos de maternidad, adopción o acogimiento, las mujeres afectadas deberán contar, al menos, con cuatro meses y medio de servicios efectivos para la valoración de la fase de prácticas.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Un curso escolar de ejercicio de funciones docentes en el destino que se adjudique a los funcionarios en prácticas y tendrá carácter eliminatorio.
Lo establece: Décimo tercero Duración de la fase de prácticas
DURACIÓN DE LA FASE DE PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Se realizarán las prácticas durante el curso siguiente al de la solicitud.Para ello, el/la aspirante deberá participar en los procedimientos de asignación de vacantes que convoque al efecto la Dirección General de Recursos Humanos durante el tercer trimestre del 24/25, para su incorporación al periodo de prácticas en el curso 25/26
RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
El aplazamiento de la fase de prácticas supondrá ocupar el número de orden siguiente aldel último seleccionado en su especialidad.
Lo establece: 12.2. Aplazamiento de las prácticas.
APLAZAMIENTO
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Los aspirantes que estén ocupando con carácter definitivo en el ámbito de esta Administración Educativa plazas del cuerpo y especialidad a las que acceden, podrán optar por permanecer en ellas. En este caso, deberán realizar la opción de permanecer en su plaza de procedencia, en el plazo de presentación de solicitudes del primer concurso de traslados que se convoque.
Todos los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas quedarán obligadosa participar en los sucesivos concursos de traslados (el primero en el primer trimestre del curso 24/25) que se convoquen, hasta la obtención de un destino definitivo.
RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
Los destinos obtenidos para la realización del período de prácticas tendrán carácter provisional.
Lo establece: 12.6. Obligación de participar en el Concurso de Traslados.
OBLIGATORIEDAD DE PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE TRASLADOS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Los aspirantes seleccionados que obtengan destino definitivo en el concurso de traslados, pero que en la calificación de la fase de prácticas su valoración sea de “no apto”, les será revocado dicho destino definitivo y tendrán que volver a participar forzosamente en la Siguiente convocatoria del concurso de traslados.
Quienes no se incorporen, o sean declarados “no aptos” por segunda vez, perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera.
RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
Aquellos aspirantes que resulten declarados “no aptos”, podrán incorporarse en el cursosiguiente para repetir, por una sola vez, la fase de prácticas.
Lo establece: 12.5. Efectos de la no superación de la fase de prácticas.
NO SUPERACIÓN DE LA FASE DE PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Actividades de inserción en el puesto de trabajo: tuteladas por el tutor de prácticas en relación con la programación del aula, la evaluación de los alumnos, colaboración en las evaluaciones psicopedagógicas, elaboración de informes, así como en la información sobre el funcionamiento de los órganos de gobierno, de participación de la comunidad educativa y de coordinación didáctica, con especial atención a la tutoría de alumnos.
Lo establece: Octavo Actividades de inserción y formación
ACTIVIDADES A LLEVAR A CABO POR EL FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Curso de capacitación integral docente (accede a la información sobre el mismo)
Actividades de formación: curso de formación (capacitación integral docente) que incluirá los siguientes bloques de contenidos: competencias profesionales docentes/competencia metodológica; programación por resultados de aprendizaje; competencia en liderazgo; competencia en innovación; competencia digital docente; estrategias didácticas por especialidad.Duración: 100 horas en formato semipresencial (73 horas serán en línea y 27 horas presenciales).. Para funcionarios interinos que hayan trabajado al menos durante tres años la duración del curso será de 65 horas, de las cuales 47 serán en línea y 18 presenciales. En ambos casos, por la superación del curso, se reconocerán 5 créditos de formación. La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza remitirá, a cada Comisión de Evaluación, la relación de candidatos especificando para cada uno la superación o no del citado curso.
Lo establece: Octavo Actividades de inserción y formación
ACTIVIDADES A LLEVAR A CABO POR EL FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Aspectos sobre el contenido, extensión y formato de la memoria final (accede a la información sobre los mismos).
Los funcionarios en prácticas elaborarán una memoria final; deberá ser un documento original y en la que reflejarán el trabajo realizado durante el período de prácticas, las dificultades encontradas y los apoyos recibidos. Deberá responder al contenido, extensión y formato que se facilita en el Anexo V de la RESOLUCIÓN que regula la fase de prácticas.La memoria será entregada, en el plazo establecido, a la Comisión de Evaluación asignada que podrá requerir las subsanaciones que estime oportunas, una vez finalizado el periodo período de prácticas. Será tenida en cuenta en su valoración final.
Lo establece: Noveno Memoria final a elaborar por el funcionario en prácticas
MEMORIA A ELABORAR POR EL/LA FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Funcionario de carrera con una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario de carrera en el cuerpo de funcionario/s que se vaya a tutorizar.Presta servicios en centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.Ha superado el curso de formación de mentores de funcionarios en prácticas.Tiene preferencia en el nombramiento de tutor el profesorado del Cuerpo de Catedráticos, además del de mayor experiencia en el desempeño de las funciones de tutor de prácticas por haber desempeñado dicha función en cursos anteriores o como tutor de las prácticas en el máster del profesorado que habilita para el ejercicio de la función docente. En caso de empate, se atenderá a la mayor antigüedad en el cuerpo.Si en un centro no hubiera ningún aspirante a tutor, el director del centro propondrá como tutor entre los docentes del centro funcionarios de carrera del mismo que, voluntariamente, deseen ser tutores de funcionarios en prácticas, atendiendo a su cuerpo (con preferencia los del cuerpo de catedráticos), experiencia y antigüedad.
Lo establece: Quinto El tutor de prácticas: Designación, desarrollo de la actuación tutorial, informe final y reconocimiento
tUTOR/A DE PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
La labor tutorial será reconocida a efectos de formación permanente, dedicación e innovación del personal docente no universitario de la Comunidad deMadrid. (Orden 2453/2018, de 25 de julio).
Los tutores percibirán un complemento retributivo, cuya cuantía se determinará en función del número de funcionarios en prácticas tutorizados.
Cada tutor podrá tener a su cargo dos funcionarios en prácticas, ocasionalmente tres y excepcionalmente cuatro.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
No será necesario que el tutor sea un docente de la misma especialidad que el funcionario en prácticas, pudiéndo ser docentes de la misma familia profesional o de rama de conocimientos similares o incluso realizar agrupamientos flexibles de funcionarios en prácticas en función de dichas familias profesionales o ramas de conocimiento.Podrán ser nombrados tutores de prácticas funcionarios de carrera que no impartan docencia en el centro del profesor en prácticas.
Lo establece: Cuarto Distribución de los funcionarios en prácticas.Quinto El tutor de prácticas: Designación, desarrollo de la actuación tutorial, informe final y reconocimiento.
tUTOR/A DE PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
El tutor formará y asesorará sobre los siguientes aspectos: departamento de familia profesional (funciones, organización y funcionamiento); atribución docente de la especialidad, actividad en el aula; adecuación de las programaciones de aula/plan de intervención; coordinación didáctica (curso y módulo); elaboración y adecuación de las programaciones didácticas por competencias o adaptaciones curriculares individuales, en función de la especialidad del profesor en prácticas; metodología y recursos específicos de la especialidad; utilización de herramientas tecnológicas aplicadas a la enseñanza y en concreto a la especialidad correspondiente; participación en las actividades del centro.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Los tutores tendrán derecho a una reducción en el horario lectivo:— De una hora lectiva semanal cuando tengan a su cargo uno o dos funcionarios en prácticas.— De dos horas lectivas semanales cuando tengan a su cargo tres funcionarios en prácticas.— De tres horas lectivas semanales cuando tengan a su cargo cuatro funcionarios en prácticas.
Lo establece: Quinto El tutor de prácticas: Designación, desarrollo de la actuación tutorial, informe final y reconocimiento.
tUTOR/A DE PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Ver informe del tutor
Al final del periodo de prácticas, el tutor emitirá un informe en el que exprese su valoración en los términos “Favorable” o “No Favorable”, sobre los aspectos que se contienen en el Anexo I, así como otros datos que considere de interés. En el caso de que la valoración fuera desfavorable será necesario aportar un informe complementario en el que se justifique suficientemente dicha valoración.Este informe se entregará al director del centro para su remisión al servicio de inspección educativa para su entrega al inspector de educación adjudicado al funcionario en prácticas.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
El tutor asesorará al funcionario en prácticas, junto al director del centro, y el equipo directivo en los siguientes aspectos: documentos institucionales del centro establecidos en la Ley Orgánica de Educación; Proyecto educativo; Proyecto de gestión de los centros públicos; Plan de convivencia; Programación general anual; Plan IncluYo; organización y funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno; Memoria final de curso; elaboración de datos estadísticos.
Lo establece: Quinto El tutor de prácticas: Designación, desarrollo de la actuación tutorial, informe final y reconocimiento.
tUTOR/A DE PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
El director del centro educativo valorará las habilidades del funcionario en prácticas de relación con la comunidad educativa y las funciones que al funcionario en prácticas le corresponden.En coordinación con el tutor formará y asesorará al funcionario en prácticas sobre los siguientes aspectos: documentos institucionales del centro establecidos en la Ley Orgánica de Educación (Proyecto educativo; Proyecto de gestión de los centros públicos; Plan de convivencia del centro, Programación general anual (elaboración y aplicación práctica)); Plan IncluYo; organización y funcionamiento de los órganos colegiados de gobierno; Memoria final de curso; elaboración de datos estadísticos; Plan de orientación y acción tutorial; normativa de aplicación en materia de FP; competencias de relación con la comunidad educativa.
Lo establece: Sexto Actuación del director del centro
DIRECTOR/A DEL CENTRO
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Ver informe del director.
El director elaborará el correspondiente informe (ver informe) que se expresará en los términos “Favorable” o “No Favorable”. En el caso de que la valoración fuera desfavorable será necesario aportar un informe complementario en el que se justifique suficientemente dicha valoración.El director remitirá este informe, junto con el del tutor, al servicio de inspección educativa para su entrega al inspector de educación asignado al funcionario en práctivas.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Lo establece: Sexto Actuación del director del centro
DIRECTOR/A DEL CENTRO
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Ver informe del inspector.
El inspector de educación realizará al menos una visita al funcionario en prácticas con el objeto de observar la aptitud para la docencia y las habilidades de relación con los alumnos en el aula.En la/s visita/s podrá solicitar la presencia del tutor de prácticas.El inspector elaborará un informe, que se entregará a la Comisión de Evaluación y se expresará en los términos “Favorable” o “No Favorable”. En el caso de que la valoración fuera desfavorable será necesario aportar un informe complementario en el que se justifique suficientemente dicha valoración.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Lo establece: Séptimo Actuación del Inspector de Educación
INSPECTOR/A
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Ver informe Anexo IV (valoración en su conjunto del funcionario en prácticas consignada por el inspector).
A la vista de los informes emitidos por el tutor, director del centro e inspector de educación, de los cuales se dará traslado a la Comisión de Evaluación, el inspector consignará al final del Anexo IV, el resultado de la valoración en su conjunto del profesor en prácticas, que servirá para la evaluación por parte de la Comisión de Evaluación, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones para su valoración:- Un informe se considera que obtiene una valoración favorable para el candidato, si es favorable en todas las dimensiones reflejadas en los informes de evaluación correspondientes (del tutor, del director del centro y del inspector de educación).- Cuando existan discrepancias de valoración entre los tres informes, el Inspector convocará una reunión con el tutor y el director del centro de la cual se levantará acta. El contenido del acta reflejará el resultado de la evaluación, con la correspondiente modificación, en su caso, y se incorporará al expediente que el inspector trasladará a la Comisión de Evaluación junto con los distintos informes.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Lo establece: Séptimo Actuación del Inspector de Educación
INSPECTOR/A
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Será efectuada por la Comisión de Evaluación a partir de los informes emitidos por el Tutor de Prácticas, el Director del Centro, la Inspección Educativa, la memoria final elaborada por el funcionario en prácticas y la relación de candidatos que han superado el curso de formación (capacitación docente).La valoración final de la Comisión de Evaluación, según el Documento de valoración final (Anexo VI Resolución que rige el periodo de prácticas), se expresará en los términos de “apto” o “no apto”. Para otorgar una valoración de “apto” al funcionario en prácticas, se requiere que todos los informes (Tutor de Prácticas, Director del Centro e Inspector de Educación) sean favorables en el conjunto de las dimensiones reflejadas en cada uno de los mismos o, en su defecto, que el acta de la reunión celebrada entre las tres partes cuando hayan existido discrepancias refleje y justifique una valoración favorable.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Lo establece: Undécimo Evaluación de los profesores en prácticas
EVALUACIÓN DEL FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Ver Documento de valoración final de la Comisión de Evaluación.
Es necesario para ser valorado como “apto”, que el funcionario en prácticas figure en la relación de candidatos que han superado el curso de formación (capacitación docente).En los casos en los que la valoración sea “no apto”, se reflejarán cuáles son aquellas dimensiones del proceso de enseñanza-aprendizaje y otras funciones docentes sobre las que no se muestra suficiencia y habrá que incidir para mejorar, en la incorporación en el curso siguiente para repetir, por una sola vez, la fase de prácticas.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Lo establece: Undécimo Evaluación de los profesores en prácticas
EVALUACIÓN DEL FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
Concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados aptos reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos la Resolución de 20 de abril de 2023 la Dirección General de Recursos Humanos aprobará el expediente, que se hará público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.La Dirección General de Recursos Humanos elevará al Ministerio de Educación y Formación Profesional la propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera, con efectos del día de comienzo del curso escolar siguiente al que sean declarados aptos en la fase de prácticas; y, el nombramiento, se publicará a posteriori en el BOE.
RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023.
Lo establece: Décimo cuarto Aprobación del expediente del procedimiento selectivo y nombramiento como funcionarios de carrera
NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO/A DE CARRERA
FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS
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