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INFO LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL

AMERICA NAYELI LOPEZ DIAZ

Created on September 29, 2024

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LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL

El Sistema Jurídico Mexicano es un conjunto de normas jurídicas vigentes y aplicables en México. Donde los preceptos legales obligan a sus destinatarios (personas físicas o morales, órganos del Estado y particulares) a su interpretación la cual consiste en averiguar el sentido de las normas jurídicas

La Supremacía Constitucional es el principio básico de todo sistema jurídico. Existe una jerarquía normativa indispensable, y el fundamento de validez de todo ordenamiento se encuentra en las disposiciones de carácter constitucional. El artículo 133 es un ejemplo donde se establece la jerarquía de las normas jurídicas en todo el sistema juridico mexicano. Cita lo siguiente:

ORDEN JURÍDICO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Leyes feredales y tratados internacionales

Leyes ordinarias

Decreto

Reglamento

Normas jurídicas individualizadas

REFERENCIAS

Ana E. Conde. (2019, 10 junio). SISTEMA JURÍDICO MEXICANO (Teoría del Estado) [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=qY9ArqQDJE4ENP Derecho. (2021, 31 julio). Supremacía constitucional [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=lsNbiVNwqf4 CONSTITUCION POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. (1917, 5 febrero). Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf Barbosa Huerta, L. M. (2001, 30 octubre). De decreto que reforma y adiciona dos parrafos al articulo 133 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos. https://www.diputados.gob.mx/sia/coord/refconst_lviii/html/070.htm

Cita lo siguiente:

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.