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Delitos contra las personas en Venezuela

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Transcript

Los Delitos Contra las Personas

Es la parte del Derecho Penal que tiene por objeto el estudio individualizado de cada una de las especies delictivas, a fin de determinar las características propias de cada delito, que permiten diferenciarlos. Estos tipos delictivos se encuentran contenidos en los libros 2º y 3º del Código Penal venezolano, que se refiere a la parte especial.Básicos: Son tipos penales con plena independencia, formados por una conducta delictiva descrita por el legislador, que no exige mayores condiciones. Especiales: Son los tipos que contienen en su descripción algún tipo de características o condiciones necesarias para su ejecución.

El Código Penal por su parte, consagra el Homicidio Simple, en el artículo 405, en los siguientes términos: “El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona, será penado con presidio de doce a dieciocho años”Es la muerte de una persona, causada dolosa o culposamente por otra persona humana, física e imputable, siempre que la muerte de aquella sea el resultado de la conducta realizada por ésta. El Homicidio Simple o Básico es la muerte que un hombre causa a otro de manera intencional, el cual no reviste las características específicas de otro homicidio. Por tal razón es considerado la figura bases de los delitos de homicidio

Homicidios

Elementos

  • Noción del delito:
¿Para establecer si el hecho cometido es un Homicidio Simple, se debe preguntar¿Qué fue lo que sucedió?
  • Intención de matar o animus necandi:
¿Aquí la pregunta sería, el resultado de la conducta coincide con lo que deseaba el agente o se produjo por un descuido de éste?
  • Sujetos del delito:
En este sentido, debemos tener en cuenta, ¿quién puede ser víctima de este delito y quién puede perpetrarlo?

  • Objetos del delito:
En relación a esta condición cabe resaltar, que igualmente en la gran mayoría de los delitos, se va encontrar presentes dos tipos de objetos, uno material, y un objeto jurídico
  • Admite tentativa o frustración:
El homicidio simple es un delito que admite los grados tanto de tentativa como de frustración
  • Penalidad:
El artículo 405 del C.P. establece una pena de 12 a 18 años de presidio, que sumados 12+18=30 y divididos entre dos 30/2=15 que es la media, arroja una pena aplicable de 15 años de presidio.

  • Tipo de procedimiento para juzgar el delito:
Es un delito de acción pública, es decir perseguible de oficio por el titular de la acción penal en Venezuela, el Fiscal del Ministerio Público.

Es un delito cuya acción está constituida por la muerte que un hombre causa a otro de manera intencional, realizado bajo ciertas circunstancias o calificantes específicas.

Se encuentran tipificados en el artículo 407 del Código Penal, en los siguientes términos: La pena del delito previsto en el artículo 405 de este Código, será de 20 años a 25 años de presidio.

Previsto en el artículo 408 del C P, en los siguientes términos “En los casos previstos en los artículos precedentes, cuando la muerte no se hubiere efectuado sin el concurso de circunstancias preexistentes desconocidas del culpado, o de imprevistas que no han dependido de su hecho, la pena será de presidio de siete a diez años, en el caso del artículo 405, de diez a quince años en el del artículo 406 y de ocho a doce años, en el del artículo 407”.

Se encuentra consagrado en el artículo 410 del Código Penal, en los siguientes términos: “El que, con actos dirigidos a ocasionar una lesión personal, causare la muerte de alguno, será castigado con presidio de seis a ocho años, en el caso del artículo 405, de ocho a doce años, en el caso del artículo 406, y de siete a diez años, en el caso del artículo 407.

Este delito existe, cuando el sujeto activo teniendo la intención o dolo de producir lesiones a otra persona con un medio idóneo para ello, le provocare la muerte.

Tipificado en artículo 409 del Código Penal en los siguientes términos: “El que, por haber obrado con imprudencia, o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes e instrucciones, haya ocasionado la muerte de alguna persona, será castigado con prisión de seis meses a cinco años. Existe homicidio culposo, cuando el agente no tiene la intención de causar la muerte del sujeto pasivo, ni siquiera de lesionarlo

Es el acto por el cual una persona se quita la vida, es decir, es la propia persona quien voluntariamente destruye su vida. En Venezuela el suicidio no es considerado un delito

El suicidio

Lo que consagra nuestro Código Penal, es la inducción o ayuda al suicidio, en su artículo 412 donde establece:” El que hubiere inducido a algún individuo a que se suicide, o con tal fin lo haya ayudado, será castigado, si el suicidio se consuma, con presidio de siete a diez años”.

Pueden existir dos conductas delictivas alternativas, que juntas o separada, configurar el delito de inducción o ayuda al suicidio

La Inducción al Suicidio. Concepto. Elementos.

La inducción implica hacer nacer intencionalmente en la mente de una persona determinada, una idea que antes no tenía de quitarse la vida, en otras palabras, el sujeto activo o inductor, persuade a su sujeto pasivo para que este último quiera suicidarse

Sus elementos son:

  • Que exista la intención de inducir a otra persona para que se suicide.
  • Que la intención esté dirigida a una persona determinada.
  • Que exista relación de causalidad moral, directa y necesaria, entre la conducta inductora y el suicidio producido.
  • Que se materialice el suicidio.

Código Penal de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial Nº 5.768. 2005. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial Nº 5.453. Marzo. 2000. Teoría del Delito. 2da Edición. Editorial Themis. Bogotá. Colombia. 1999.

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En la aplicación de esta pena los tribunales de justicia apreciarán el grado de culpabilidad del agente. Si del hecho resulta la muerte de varias personas o la muerte de una sola y la herida de una o más, con tal que las heridas acarreen las consecuencias previstas en el artículo 414, la pena de prisión podrá aumentarse hasta ocho años”

Imprudencia, llamada culpa in agendo, exige un movimiento corporal, una conducta positiva, un hacer algo, que tiene como resultado un daño. Por ejemplo, un individuo va a exceso de velocidad por una vía atropella a alguien causándole la muerte.Negligencia, llamada culpa in omitiendo es una conducta culposa que implica de hacer aquello a lo que estamos obligados, o sea es una conducta de no hacer, una omisión, que tiene como consecuencia un daño.Impericia, conocida como culpa profesional, supone una carencia de conocimientos técnicos o científicos, necesarios para realizar de forma idónea, una profesión, arte u oficio.Inobservancia de Normas, Ordenes o Reglamentos, obviamente supone la desobediencia de una norma.

Las condiciones o requisitos de estos tipos delictivos son: 3.- Sujetos del delito: puede ser cometido por cualquier persona en contra de cualquier otra. 4.- Objetos del delito: su objeto jurídico está representado por el derecho a la vida. 5.- Admite tentativa o frustración? E no admite ni tentativa ni frustración entre sus características, debido a que no es un resultado querido por el agente, por lo tanto, no se puede ni tentar ni frustrar. 6.- Penalidad: Va a depender de la situación: 7.- Tipo de procedimiento para juzgar el delito: Es un delito de acción pública, es decir perseguible de oficio por el titular de la acción penal en Venezuela, el Fiscal del Ministerio Público.