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Nombre: Jorge Ramirez Sosa​ Tutor: Juan Gonzalez VegaCarrera: Lic. En Derecho.​

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

Proyecto modular​Teoría General del Proceso

Índice

Las partes en el proceso jurídico.
Los términos del proceso judicial​
Las resoluciones jurídicas.​
Las pruebas en el proceso jurídico. Parte I y II.

* Las partes en el proceso jurídico​

Legitimación: capacidad que tiene una persona para ser parte activa o pasiva en un proceso jurídico. Demandante(activos) y demandados(pasivos).​

Sustición de partes: cambio de una o ambas posiciones que ocupan la capacidad de partes eso tiene que ser una persona, por ejemplo, en un caso de herencia el difunto ya no esta y la parte es representada por un heredero o representante.

Capacidad de ser partes: persona adecuada para ser tomada en cuenta en el proceso.​ ​ Capacidad procesal: aptitud de comparecer en un juicio, además de que los actos procesales que se realizaran a las partes correspondientes tienen que ser valido.​

Partes: definir las partes con la que se demanda ante un juez o tribunal, se puede hacer por uno mismo o por un representante legal a nombre tuyo. Para ello se necesitan capacidades para ser parte y capacidad procesal.​

Licenciado en derecho: únicamente tiene su titulo como licenciado en derecho con un alto conocimiento en distintas ramas tanto jurídicos, sociales y culturales.​ ​ Abogados: cuentan con experiencia profesional y especializada para litigar y dar asesoramiento jurídico, existen abogados especializados en materia civil, penal y fiscal.​ ​

Abogados: persona que ejerce profesionalmente la defensa jurídica de una de las partes. Existe una diferencia entre ser abogado y ser licenciado en derecho.​

Activos: cuando son varios demandantes.​ Pasivo: cuando existen varios demandados.​ Mixto: cuando son ambos (activos y pasivos)​

Litisconsorcio: se dan cuando 2 mas personas litigan juntas, el cual pueden ser parte actora o demandada y/o ambas en un proceso jurídico. Se distingue por 3 tipos.​

Las pruebas son el medio de convencimiento que se derivan de una de las partes, para que el juez pueda dictaminar que los hechos sean verídicas durante el juicio. Se clasifican de la siguiente manera:​

*las pruebas en el proceso jurídico. Parte I​

Pruebas directas e indirectas​ Directas: el juzgador tiene acceso inmediato y al ser comparado en las alegaciones, le permitan comprobar la veracidad de las mismas.​ Indirectas: cuando el juzgador tendrá un testigo como medio de prueba ya sea por testimonio o por confesión ​

Pruebas preconstituidas o por constituir​ (Testimoniales y confesionales.)​ Preconstituidas: se dan antes del inicio del juicio.​ Por constituir: las pruebas se dan una vez que haya iniciado el juicio.​

Pruebas originales y derivadas​ Prueba original: un contrato original de arrendamiento que se firmaron en consentimiento de ambas partes y que uno de ellos resguarda el documento original.​ Prueba derivada: que uno de las partes tenga una copia de algún contrato o documento original en este caso el arrendatario tendrá una copia de su contrato de arrendamiento.​

Pruebas plenas y semiplenas​ Plenas: reconocida por la ley para que el juzgador declare la existencia de un hecho indudable, cono lo son las pruebas de acta de matrimonio y acta de nacimiento.​ Semiplenas: son aquellas que no demuestran con exactitud la verdad y será necesario la suma de pruebas imperfectas para lograr una prueba perfecta.​

Pruebas históricas y criticas​ Históricas: son las que relatan una relación de hechos que se quieren probar, el juez necesita de otro para la interpretación de los hechos representado como dibujo u otro escrito, plano, dibujo y escrito.​ Criticas: provoca que el juzgador analice el hecho que se prueba a partir de otros datos y análisis.​

Pruebas reales y personales​ Reales: el objetivo de esta prueba es demostrar una cosa, por ejemplo, al realizar un peritaje de un predio para saber el costo.​ Personales: cuando se quiere saber algún hecho de algún caso o persona y se opta por el testimonio de otra persona como prueba. ​

Pertinentes: la prueba recae sobre un hecho que tiene relación con lo que se trata de probar mediante alguna de las relaciones lógicas posibles entre los hechos y consecuencias.​ Impertinentes: cuando las pruebas que se presentan no se relacionan directa ni indirectamente con los hechos controvertidos.​

El objeto de prueba es dejar en claro las dudas de las partes ya que puede existir controversia entre sí, al momento de presentar la pruebas es necesario saber como y cuando presentarlos, es por ello que existen una clasificación de pruebas en el cual el objeto de prueba se clasifican en dos pertinentes o impertinentes.​

*las pruebas en el proceso jurídico. Parte II.​

Prueba confesional: es una declaración el cual el demandado confiesa la culpabilidad de cierta acción o confesando admitiendo haber conocido quien cometió cierta acción.​ Prueba documental: prueba presentada de forma documentada para demostrar un acto, el cual la prueba puede ser de manera publica y privada.​ Prueba pericial: se lleva acabo con base a investigaciones llevadas por personas expertas en ramas del saber.​ Prueba de expedición judicial: la comprobación se da de manera directa el cual la lleva acabo un juez, si no su secretario o una persona designada para ello.​Prueba testimonial: se lleva acabo mediante testigos, personas que tienen conocimiento sobre los hechos.​ Prueba presuncional: consecuencia que la ley o el juzgador deducen de un hecho conocido para indagar la existencia, este tipo de pruebas se distinguen dos vertientes: presunciones legales y humanas.​ Prueba adelantada: presentar pruebas de manera cautelar antes de empezar algún proceso legal.​

Días y horas hábiles​ Generalmente los días hábiles son todos los días de las semana a excepción de sábado y domingos de 7 am a 7 pm, también aquellos días que se declaren festivos por orden federal.​ Aunque existen casos que debido a su importancia y urgencia se puedan realizar en días y horas inhábiles.

Importante tener en cuenta el tiempo cuando se lleva un caso, hay que prestarle atención al proceso de lo contrario se puede perder un caso por un descuido.

*Los términos del proceso judicial​

Los términos de procesales causan consecuencias y no hay marcha atrás.​

Términos procesales​ Es un espacio de tiempo que el juez o la legislación concede para llevar el acto o proceso necesario para que los procedimiento no se den de forma desordenada de esa manera se fijan plazos para que se realicen en tiempo y forma adecuados.​ ​ Preclusión: perdida o caducidad de un hecho en el derecho procesal, debido a que se deja pasar el limite de tiempo que marca la ley para realizar la acción. La preclusión sucede en dos momentos: antes de las sentencia y después de la sentencia.​

Tipos de resoluciones judiciales​ Interlocutorias: sentencias que se deciden solo pequeños desacuerdos que surjan durante el proceso.​ De fondo: sentencia tal cual, se deciden las cuestiones de fondo que provocaron el pleito entre las partes.​ ​

Las resoluciones jurídicas son manifestaciones de los actos llevados acabo por los jueces y tribunales, en el cual emiten su decisión, con base al juicio llevado de las partes.​

*Las resoluciones jurídicas​

La sentencia siempre se tiene que realizar de acuerdo a tres principios: Motivación, exhaustividad y congruencia.​

Sentencia: fin normal del proceso, todas las actividades de las partes, tribunales o juzgados tienen como objetivo llegar a una sentencia. Esta integradas forzosamente dos elementos:​ -Razonamientos de los hechos, actuaciones, y todo lo presentado y acontecido en el juicio y la justificación de la sentencia.​ -Un mandato, o acta de autoridad, que es imperativo y obligatorio.​ ​ Redactar una sentencia.(Requisitos)​ -Que este redactada en español.​ -Especificar el lugar; juez o tribunal que la realizo, nombres de las partes, carácter con la que litigan y objeto de la controversia.​ -Tener fechas y cantidades escritas con letras.​ -El documento no debe contener raspaduras o enmiendas.​ -Tendrá que estar firmadas por los jueces, secretarios y magistrados.​ ​

Costas procesales: se refiere a los servicios de los funcionarios judiciales. Aunque en la constitución marque que la justicia debe ser gratuita se debe prever la cobertura de las costas procesales, estas vienen expuestas en los distintos códigos de procedimiento de las distinta materias.​

Cosa juzgada: imposibilidad de impugnar una sentencia que recayó en un proceso, y esta se da por dos razones: porque no había un recurso para combatirla o por preclusión del derecho para realizarlo.​

Garantías preventivas de la ejecución de la sentencia​ Tienden a prevenir la realización de actos regulares, para que el cumplimiento de una sentencia se lleve acabo, se pueden hacer validad estas garantías siempre y cuando se tengan motivos claros para hacerlos.​