Mapa Mental
Paola García
Created on September 25, 2024
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Con objeto de lucrar, se una a profesionistas legalmente autorizados con fines de ejercicio profesional o administre alguna asociación profesional
Cumplimiento de la ley: profesionales de la salud deben respetar la autoridad sanitaria.
A quien use un título o autorización para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello
rechazo injustificado: sin causa legítima para no desempeñar funciones o servicios
se aplica a los profesionales de la salud que se atribuyan el carácter de profesionistas sin tener el título o autorización para ejercer la profesión
ARTICULO 468
Ley General de Salud
Los que realicen actividades profesionales, técnicas o auxiliares en cualquiera de las disciplinas a las que hace referencia el artículo 79 de esta ley,
Que no cuenten con la documentación legalmente expedida y registrada por las autoridades educativas competentes al momento de realizar la actividad
se les impondrán de ocho a diez años de prisión y multa de doscientas a quinientas Unidades de Medida y Actualización
Al que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión. reglamentada, expedidas por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello, conforme a las disposiciones reglamentarias del artículo 5 constitucional.
ACTOS SANCIONADOS
DOCUMENTOS VALIDOS
LUCRATIVO
LAS PENAS DE PRISION PUEDEN SER VARIABLES
SE SANCIONARAN
EN RESUMEN
A TRAVES DEL ARTICULO
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LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES, ASÍ COMO DE ACCIDENTES, ES FUNDAMENTAL PARA GARANTIZAR LA SALUD PÚBLICA Y EL BIENESTAR DE LA POBLACIÓN.
DE SEIS MESES A CINCO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE CINCO A CIENTO VEINTICINCO VECES LA UNIDAD DE MEDIDA
AUTORIDAD JUDICIAL DECIDE SOBRE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA
PROFESIONALES TÉCNICOS O AUXILIARES DE LA ATENCIÓN MÉDICA
QUE SE IMPONDRÁ UNA PENA DE PRISIÓN Y MULTA A LOS PROFESIONALES DE LA SALUD QUE SE NIEGUEN A BRINDAR ASISTENCIA A UNA PERSONA EN CASO DE URGENCIA, SIN TENER UNA CAUSA JUSTIFICADA
LA ATENCIÓN MÉDICA QUE SIN CAUSA JUSTIFICADA SE NIEGUE A PRESTAR ASISTENCIA A UNA PERSONA, EN CASO DE NOTORIA URGENCIA, PONIENDO EN PELIGRO SU VIDA
ARTICULO 469
Ley General de Salud
SANCION
A TRAVES DEL ARTICULO
EN LOS TERMINOS DE ESTA LEY
GRUPOS AFECTADOS
ESTABLECIENDO
AUTORIDAD
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Sanción por malversación de fondos: cuatro a siete años de prisión y multa de mil a quinientos mil dias de salario minimo
El artículo 469 Bis de La Ley General de Salud establece sanciones para quienes malversen fondos destinados a la salud.
Responsabilidad de funcionarios: enfatiza la importancia de la gestión ética de recursos.
Ley General de Contabilidad Gubernamental: también aplica en este caso
Protección de fondos públicos: objetivo principal del artículo
Impacto en la salud pública: malversación de fondos puede afectar servicios de salud. Transparencia y rendición de cuentas: se promueven con la aplicación de este articulo.
Otras disposiciones jurídicas; se considerarán aplicación de sanciones
desvio de recursos transferidos O entregados para la salud, según el Titulo Tercero Bis de la Ley.
personas que recibieron recursos en administración o por cualquier otra causa.
penas administrativas y otras sanciones conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas..
ARTICULO 469 BIS
Ley General de Salud
SANCIONES ADICIONALES
FUNCIONARIOS INVOLUCRADOS
OBJETIVO DE LA SANCION
A TRAVES DEL ARTICULO
EN RESUMEN
EN LOS TERMINOS DE ESTA LEY
IMPACTO
LEYES
SANCION
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Responsabilidad de funcionarios: enfatiza la importancia de la gestión ética de recursos.
Ley General de Contabilidad Gubernamental: también aplica en este caso
Protección de fondos públicos: objetivo principal del artículo
Impacto en la salud pública: malversación de fondos puede afectar servicios de salud. Transparencia y rendición de cuentas: se promueven con la aplicación de este articulo.
Otras disposiciones jurídicas; se considerarán aplicación de sanciones
desvio de recursos transferidos O entregados para la salud, según el Titulo Tercero Bis de la Ley.
personas que recibieron recursos en administración o por cualquier otra causa.
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