¿Cómo se crean los impuestos?
¿Quién tiene la facultad para crear impuestos y cuáles son sus límites?
¿Cuál es el procedimi ento para crear impuestos?
¿Cuál es el papel del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial en materia de impuestos?
Universidad Virtual del Estado de Guanajuato Raquel Yazmin Garcia Ramirez Matricula: 2103568 Asesor: Rosa María Riveroll Carrasco Reto 2- ¿Cómo se crean los impuestos?
¿Cuáles son sus límites? Hemos observado que el Estado, a través del poder legislativo, tiene la facultad de crear impuestos. No obstante, de ninguna manera se trata de una facultad absoluta o ilimitada que pueda ejercerse de forma caprichosa y arbitraria, pues los impuestos deben crearse dentro de los límites que establece la propia Constitución. Estos límites se configuran como derechos constitucionales a favor de los pagadores de impuestos. Así, los derechos que deben satisfacer los impuestos se encuentran en el artículo 31, fracción IV, constitucional. Estos son: reserva de ley (legalidad tributaria), capacidad contributiva (proporcionalidad tributaria), igualdad tributaria (equidad) y destino al gasto público de los impuestos.
Publicación: Cuando ambas Cámaras aprueban la iniciativa, se turna al Presidente de la República para su publicación. Sin embargo, el Presidente puede vetar la ley; es decir, rechazarla y, por tanto, no publicarla. Si esto sucede, se envía nuevamente al Congreso con las observaciones para que se discuta nuevamente. Si el Congreso la aprueba, se turna nuevamente al Presidente para su publicación. Como vemos, la facultad del Estado para crear impuestos inicia con el proceso legislativo de la ley que establece impuestos a cargo de las personas, y termina cuando dicha ley entra en vigor. Cabe mencionar que es necesario que la ley establezca los elementos esenciales del impuesto: objeto, sujeto, base, tasa y época de pago.
Debate y discusión: La propuesta de ley se discute primero por los diputados y si es aprobada, pasa a la Cámara de Senadores para ser discutida allí también. Entonces, durante estas discusiones la propuesta original puede ser modificada, según los legisladores consideren prudente. La iniciativa, con sus modificaciones, debe ser aprobada por ambas cámaras, si no, el proceso termina sin que se vuelva ley.
Referencias CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION. CÓNSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. (5 de Febrero de 1917) PDF. Ultima Reforma publicada 22-03-2024. Recuperado el 16 de Septiembre del 2024. De: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. (31 de Diciembre de 1981) PDF. Ultima Reforma publicada 12-11-2022. Recuperado el 16 de Septiembre del 2024. De: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. (2015). La facultad del Estado para crear impuestos. PDF. Recuperado el 16 de Septiembre del 2024. De: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6497/3.pdf Facturama Blog. (s,f). Conoce los Reglamentos de las Leyes Fiscales mexicanas. Recuperado el 16 de Septiembre del 2024. De: https://facturama.mx/blog/reglamentos-de-las-leyes-fiscales-mexicanas/
- Objeto: Acto, actividad o cosa motivo del impuesto; por ejemplo, recibir utilidades de un negocio. - Sujeto: Personas obligadas al pago del impuesto; por ejemplo, personas que perciban ingresos por su trabajo. - Base: Cantidad sobre la que se determina el impuesto; por ejemplo, la totalidad de las utilidades de un negocio - Tasa: El porcentaje que se aplica a la base para llegar al impuesto que se debe pagar; por ejemplo, la tasa del 16% de IVA - Epoca de pago: Plazo o momento para pagar el impuesto; por ejemplo, los personas físicas con actividades profesionales deben presentar pagos provisionales del ISR a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que realizaron las actividades.
- Reserva de ley: El Poder Legislativo sólo puede crear impuestos mediante la ley. - Capacidad contributiva : Al crear los impuestos, el legislador debe respetar la capacidad de las personas de pagar, por lo que los impuestos deben establecerse en relación a los ingresos de tal manera que, quien tenga más ingresos, pague más. - Igualdad tributaria: El legislador debe crear impuestos sin otorgar beneficios o privilegios especiales, de tal manera que todos los que se encuentran en igualdad de circunstancias, estén obligados de igual manera al pago de impuestos. - Destino al gasto: Los impuestos deben crearse para cubrir los gastos públicos; esto es, para que el Estado cumpla sus fines y satisfaga necesidades. Las personas obligadas al pago de impuestos, asi como las autoridades, quedan sometidas a su mandamiento. Esto implica otras actividades del Estado para asegurar el efectivo cumplimiento de la ley que establece el impuesto.
Iniciativa de ley: Son las propuestas de ley para establecer impuestos. Pueden provenir del Presidente de la República, de los diputados o senadores, y de las legislaturas de los Estados, y deben presentarse ante la Cámara de Diputados.
¿Quién tiene la facultad para crear impuestos? El Estado a través del Poder Legislativo, es el único que puede crear, modificar o suprimir impuestos destinados a cubrir el gasto público. A está facultad se le conoce como soberanía fiscal, potestad tributaria, poder tributario, poder fiscal, facultad potestativa o poder de imposición. La facultad del Estado para crear impuestos se origina en la voluntad del pueblo. El artículo 40 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos señala la voluntad del pueblo de constituirse en Estado, mientras que el artículo 41 establece que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Union, entre estos el Poder Legislativo.
El Estado necesita de ingresos para proporcionar los bienes y servicios públicos que las personas por sí mismas no podrían suministrarse. Una de las fuentes de estos ingresos son los tributarios, esto quiere decir que los recursos económicos que las personas aportan al Estado a través de los impuestos y demás contribuciones. Mientras que el Poder Legislativo crea los impuestos, el Ejecutivo los cobra y administra; por su parte, el Poder Judicial interpreta las leyes y resuelve los conflictos que surgen entre los particulares y el Estado.
Reto 2 - ¿Cómo se crean los impuestos? - UVEG
Fernando Garcia
Created on September 19, 2024
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¿Cómo se crean los impuestos?
¿Quién tiene la facultad para crear impuestos y cuáles son sus límites?
¿Cuál es el procedimi ento para crear impuestos?
¿Cuál es el papel del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial en materia de impuestos?
Universidad Virtual del Estado de Guanajuato Raquel Yazmin Garcia Ramirez Matricula: 2103568 Asesor: Rosa María Riveroll Carrasco Reto 2- ¿Cómo se crean los impuestos?
¿Cuáles son sus límites? Hemos observado que el Estado, a través del poder legislativo, tiene la facultad de crear impuestos. No obstante, de ninguna manera se trata de una facultad absoluta o ilimitada que pueda ejercerse de forma caprichosa y arbitraria, pues los impuestos deben crearse dentro de los límites que establece la propia Constitución. Estos límites se configuran como derechos constitucionales a favor de los pagadores de impuestos. Así, los derechos que deben satisfacer los impuestos se encuentran en el artículo 31, fracción IV, constitucional. Estos son: reserva de ley (legalidad tributaria), capacidad contributiva (proporcionalidad tributaria), igualdad tributaria (equidad) y destino al gasto público de los impuestos.
Publicación: Cuando ambas Cámaras aprueban la iniciativa, se turna al Presidente de la República para su publicación. Sin embargo, el Presidente puede vetar la ley; es decir, rechazarla y, por tanto, no publicarla. Si esto sucede, se envía nuevamente al Congreso con las observaciones para que se discuta nuevamente. Si el Congreso la aprueba, se turna nuevamente al Presidente para su publicación. Como vemos, la facultad del Estado para crear impuestos inicia con el proceso legislativo de la ley que establece impuestos a cargo de las personas, y termina cuando dicha ley entra en vigor. Cabe mencionar que es necesario que la ley establezca los elementos esenciales del impuesto: objeto, sujeto, base, tasa y época de pago.
Debate y discusión: La propuesta de ley se discute primero por los diputados y si es aprobada, pasa a la Cámara de Senadores para ser discutida allí también. Entonces, durante estas discusiones la propuesta original puede ser modificada, según los legisladores consideren prudente. La iniciativa, con sus modificaciones, debe ser aprobada por ambas cámaras, si no, el proceso termina sin que se vuelva ley.
Referencias CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION. CÓNSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. (5 de Febrero de 1917) PDF. Ultima Reforma publicada 22-03-2024. Recuperado el 16 de Septiembre del 2024. De: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. (31 de Diciembre de 1981) PDF. Ultima Reforma publicada 12-11-2022. Recuperado el 16 de Septiembre del 2024. De: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. (2015). La facultad del Estado para crear impuestos. PDF. Recuperado el 16 de Septiembre del 2024. De: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6497/3.pdf Facturama Blog. (s,f). Conoce los Reglamentos de las Leyes Fiscales mexicanas. Recuperado el 16 de Septiembre del 2024. De: https://facturama.mx/blog/reglamentos-de-las-leyes-fiscales-mexicanas/
- Objeto: Acto, actividad o cosa motivo del impuesto; por ejemplo, recibir utilidades de un negocio. - Sujeto: Personas obligadas al pago del impuesto; por ejemplo, personas que perciban ingresos por su trabajo. - Base: Cantidad sobre la que se determina el impuesto; por ejemplo, la totalidad de las utilidades de un negocio - Tasa: El porcentaje que se aplica a la base para llegar al impuesto que se debe pagar; por ejemplo, la tasa del 16% de IVA - Epoca de pago: Plazo o momento para pagar el impuesto; por ejemplo, los personas físicas con actividades profesionales deben presentar pagos provisionales del ISR a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que realizaron las actividades.
- Reserva de ley: El Poder Legislativo sólo puede crear impuestos mediante la ley. - Capacidad contributiva : Al crear los impuestos, el legislador debe respetar la capacidad de las personas de pagar, por lo que los impuestos deben establecerse en relación a los ingresos de tal manera que, quien tenga más ingresos, pague más. - Igualdad tributaria: El legislador debe crear impuestos sin otorgar beneficios o privilegios especiales, de tal manera que todos los que se encuentran en igualdad de circunstancias, estén obligados de igual manera al pago de impuestos. - Destino al gasto: Los impuestos deben crearse para cubrir los gastos públicos; esto es, para que el Estado cumpla sus fines y satisfaga necesidades. Las personas obligadas al pago de impuestos, asi como las autoridades, quedan sometidas a su mandamiento. Esto implica otras actividades del Estado para asegurar el efectivo cumplimiento de la ley que establece el impuesto.
Iniciativa de ley: Son las propuestas de ley para establecer impuestos. Pueden provenir del Presidente de la República, de los diputados o senadores, y de las legislaturas de los Estados, y deben presentarse ante la Cámara de Diputados.
¿Quién tiene la facultad para crear impuestos? El Estado a través del Poder Legislativo, es el único que puede crear, modificar o suprimir impuestos destinados a cubrir el gasto público. A está facultad se le conoce como soberanía fiscal, potestad tributaria, poder tributario, poder fiscal, facultad potestativa o poder de imposición. La facultad del Estado para crear impuestos se origina en la voluntad del pueblo. El artículo 40 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos señala la voluntad del pueblo de constituirse en Estado, mientras que el artículo 41 establece que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Union, entre estos el Poder Legislativo.
El Estado necesita de ingresos para proporcionar los bienes y servicios públicos que las personas por sí mismas no podrían suministrarse. Una de las fuentes de estos ingresos son los tributarios, esto quiere decir que los recursos económicos que las personas aportan al Estado a través de los impuestos y demás contribuciones. Mientras que el Poder Legislativo crea los impuestos, el Ejecutivo los cobra y administra; por su parte, el Poder Judicial interpreta las leyes y resuelve los conflictos que surgen entre los particulares y el Estado.