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Transcript

Vacante:

Operador de Producción

obligaciones

Tipo de contrato

Tipo de Jornada

Clase Salarial

Sujetos de la Relación

Derechos y obligaciones

Salario Fijo

Complementado con prestaciones adicionales como horas extras, primas, y bonos según las políticas internas de la empresa y la ley.

Jornada Diurna.

(6am-2pm) 48 horas a la semana.

Contrato de Tiempo Indeterminado

Sujeto a capacitación inicial.

patrón

trabajador

derechos

obligaciones

derechos

Zamyra Amezola435

Empresa o persona física que contrata al trabajador para la ejecución de labores en la fábrica.

Operador que desempeña actividades manuales en la fábrica.

  • Artículo 20: Define la relación de trabajo como el vínculo entre un patrón y un trabajador en donde este último se obliga a prestar un servicio personal subordinado mediante el pago de un salario.
  • Artículo 10: Define al patrón como la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
  • Artículo 8: Define al trabajador como la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.

Ley Federal del Trabajo

  • Artículo 47: Faculta al patrón rescindir la relación laboral sin responsabilidad por causas justificadas.
  • Artículo 51: Señala el derecho a la terminación de la relación laboral si el patrón incumple sus obligaciones.
  • Artículos 82, 85 y 87: Regulan el pago de salarios, aguinaldo y vacaciones.
  • Artículo 132: Establece las obligaciones de los patrones.
  • Artículo 134: Define las obligaciones del trabajador.
  • Artículo 135: Establece prohibiciones a los trabajadores.

Ley Federal del Trabajo

  • Artículo 35: Establece los tipos de contratos de trabajo (por tiempo indeterminado, sujeto a prueba, tiempo determinado y obra o servicio determinado). A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
  • Artículo 39, subsecciones A, B, C, D y E: Regulan los contratos de prueba y capacitación inicial.

Ley Federal del Trabajo

  • Artículo 58: Define la jornada laboral como el tiempo en que el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
  • Artículo 60: Regula la jornada diurna, la cual es de 8 horas diarias, comprendida entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.
  • Artículo 61: Establece la duración máxima de las jornadas laborales (8 horas para la diurna, 7 horas para la nocturna y 7.5 horas para la mixta).

Ley Federal del Trabajo

  • Artículo 82: Define el salario como la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.
  • Artículo 83: Establece que el salario puede fijarse por unidad de tiempo, unidad de obra, comisión, precio alzado o de cualquier otra forma.
  • Artículo 84: Establece que el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
  • Artículo 85: Estipula que el salario debe ser proporcional a la cantidad y calidad del trabajo realizado, sin que en ningún caso sea inferior al salario mínimo.

Ley Federal del Trabajo

  • Exigir puntualidad y cumplimiento de las obligaciones laborales.
  • Establecer reglas de trabajo, siempre que respeten la ley.
  • Despedir al trabajador por causas justificadas.

  • Pagar el salario acordado.
  • Proporcionar un ambiente de trabajo seguro y condiciones adecuadas.
  • Afiliar al trabajador al IMSS y cumplir con las obligaciones de seguridad social.
  • Respetar la jornada laboral establecida en el contrato.

  • Percibir un salario por el trabajo realizado.
  • Descansos diarios y semanales.
  • Jornada laboral limitada conforme a la ley.
  • Prestaciones como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, seguridad social (IMSS), Infonavit.
  • Condiciones de seguridad e higiene en el lugar de trabajo.

  • Cumplir con las instrucciones del patrón respecto al trabajo.
  • Asistir puntualmente y desempeñar el trabajo con diligencia.
  • Observar medidas de seguridad e higiene.
  • No revelar información confidencial de la empresa.

Referencias: LEY FEDERAL DEL TRABAJO. (2024). diputados.gob.mx. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf