Want to make creations as awesome as this one?

Transcript

PROFESORA : JUDITH RAMIREZ R.ALUMNO : ARTURO ERNESTO JIMENEZ CONDA

CAPITILO VI DE LAS OBLIGACIONES DE HACER Y DE NO HACER

Si el obligado a prestar un hecho no lo hiciere, el acreedor tiene derecho de pedir que a costa de aquél se ejecute por otro, cuando la substitución sea posible. Lo mismo se observará si no lo hiciere de la manera convenida. En este caso el acreedor podrá pedir que se deshaga lo mal hecho.

ART. 7.272. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE HACER.

LISTA/PROCESOS

ART. 7.273. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE NO HACER.

El que estuviere obligado a no hacer alguna cosa, quedará sujeto al pago de daños y perjuicios en caso de incumplimiento. Si hubiere obra material, podrá exigir el acreedor que sea destruida a costa del obligado.