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Inspección judicial

Objeto

Cómo se ofrece la prueba de inspección judicial

Desahogo de la prueba

Referencias

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En este medio de prueba el juez o funcionario del tribunal observa las cosas u objetos que se le muestran, mediante sus sentidos.La importancia de este medio de prueba radica en la posibilidad de que en el proceso surja alguna cuestión que pueda ser observada de manera directa por el juzgador.

Objeto

Artículo 360 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco: La inspección judicial deberá ofrecerse, señalando con precisión los puntos sobre los que deba versar y se practicará siempre previa citación de las partes fijándose el lugar, día y hora.Cuando se requieran de conocimientos técnicos especiales, con el escrito de ofrecimiento, se solicitará al juez que se designe a los auxiliares de la impartición de justicia necesarios para el desahogo de la prueba, en los términos de la sección tercera de este capítulo.En el caso que el oferente requiera del auxilio de testigos de identidad, se observará lo dispuesto por la sección quinta de este capítulo.

Cómo se ofrece la prueba de inspección judicial

Artículo 361 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco: A la inspección debe acudir el oferente quien deberá proporcionar al personal del juzgado los medios necesarios para su desahogo, en su defecto, se le tendrá por perdido el derecho para el mismo.Asimismo, podrán asistir las demás partes, los peritos y los testigos de identidad que se ofrezcan y hacer las observaciones que estimen pertinentes y sean congruentes con la controversia.A juicio del juez, o a petición de parte, se levantarán planos o tomarán fotografías, películas o cualquier otro elemento de registro que ilustre al juzgador de lo inspeccionado.De la diligencia de inspección judicial se levantará acta circunstanciada que firmarán los que a ella concurran juntamente con el juez, asentándose los puntos que la provocaron, el dictamen de peritos, las observaciones y manifestaciones de testigos y las circunstancias que interesen a la controversia.

Desahogo de la prueba

Referencias

  1. Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco https://transparencia.info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/C%C3%B3digo%20de%20Procedimientos%20Civiles%20del%20Estado%20de%20Jalisco_4_1.pdf
  2. Derecho Procesal Civil, Gómez Lara, Oxford, 2003 https://andrescusia.wordpress.com/wp-content/uploads/2020/05/8.-derecho-procesal-civil-cipriano.pdf
  3. Derecho Procesal Civil, Ovalle Favela, Oxford, 2016 https://andrescusia.wordpress.com/wp-content/uploads/2020/05/23.-derecho-procesal-civil-ovalle-favela.pdf-c2b7-versic3b3n-1.pdf