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Semana 10

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Catedrático: C.P. y M.I. Nayeli Culebro Rangel

Marco fiscal

Unidad 4 – Medios de defensa en material fiscal

Medios de defensa ¿Qué son los medios de defensa? Son instrumentos que la ley establece para proteger a los afectados por la violación o no aplicación de las disposiciones fiscales y son medios de control sobre los actos de autoridad. Por lo tanto, a través de los medios de defensa, las resoluciones administrativas o actos de autoridad son revisados para que se realicen conforme a la ley.

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¿Qué medios de defensa existen?

Unidad 4 – Medios de defensa en material fiscal

Recurso de revocación CFF Artículo 116.- Contra los actos administrativos dictados en materia fiscal federal, se podrá interponer el recurso de revocación. El recurso de revocación contemplado en el Código Fiscal de la Federación (CFF) es un medio de control interno de legalidad que tiene el propósito de que la autoridad fiscal revise su propia actuación para determinar si estuvo conforme a derecho, para luego revocar, modificar o confirmar la resolución impugnada, según sea el caso.

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El recurso de revocación procede contra (Art.117 CFF) : a) Resoluciones definitivas dictadas por autoridades fiscales federales que: • Determinen contribuciones, accesorios y aprovechamientos. • Nieguen la devolución de cantidades que proceda conforme a la ley. • Dicten las autoridades aduaneras. b) Actos de autoridades fiscales que: • Exijan el pago de créditos fiscales, cuando se alegue que éstos se han extinguido o que su monto real es inferior al exigido. • Se dicten en el procedimiento administrativo de ejecución. • Afecten el interés jurídico de terceros

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CFF Artículo 121. Plazo para presentar un recurso de revocación El plazo para interponer el recurso de revocación es dentro de los 30 días siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación de la resolución definitiva dictada por una autoridad fiscal, deberá realizarse a través de Internet (buzón tributario).

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Formalidades del recurso de revocación (Art. 122 CFF) SERÁ POR ESCRITO. SE FIRMARÁ AUTOGRAFAMENTE O POR FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA. DEBE LLEVAR LOS DATOS QUE DESCRIBE EL ART. 18: NOMBRE, RF., DOMICILIO FISCAL, AUTORIDAD A LA QUE SE ENVÍA, MOTIVO, ETC. SE PRESENTA EN BUZÓN TRIBUTARIO

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El juicio de nulidad es un medio jurisdiccional mediante el cual el contribuyente no satisfecho por la resolución de algún recurso administrativo o por verse afectado por actos de la autoridad, decretos y acuerdos de carácter general –diversos a los reglamentos–, puede demandar la nulidad del acto, decreto o acuerdo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

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Juicio de amparo Regulado por: Ley de Amparo El Juicio de Amparo es un medio jurisdiccional de control constitucional por el que una persona acude ante un órgano judicial para reclamar un acto de un órgano del Estado o una ley, cuando siente que vulneran sus derechos fundamentales, en este caso, como contribuyente.

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2. Otros servicios de PRODECON Además del procedimiento de Quejas y Reclamaciones, otros importantes servicios que ofrece la Procuraduría son:
  • Asesoría
  • Representación Legal y Defensa
  • Acuerdos Conclusivos

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Acuerdo conclusivos Se trata de un procedimiento administrativo voluntario, ágil y flexible, que tiene por objeto hallar coincidencias y soluciones satisfactorias, tanto para la autoridad fiscal como para el sujeto auditado, con la presencia de la Procuraduría, quien los asiste en su carácter de intermediaria, vigilando en todo momento que se preserve el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables, esencialmente en lo que hace a los derechos del contribuyente.

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Acuerdo conclusivos

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Acuerdo conclusivos

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Los Acuerdos Conclusivos representan un doble beneficio para el contribuyente: jurídico y económico, pues, por un lado, otorgan certeza jurídica, ya que contra ellos no procede medio de defensa alguno, además de que es la única figura respecto de la cual el legislador estableció que no procede Juicio de Lesividad; y por otro lado, permiten obtener la condonación, por única ocasión, del 100% de multas.

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