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Transcript

línea de tiempo

482-548

siglo v

Año 409

Siglo iv

Año 210

siglo iii

Año 654

Siglo vi

Año 482 a 548: La incorporación de Justiniano en el Imperio Bizantino , dio vigencia a la gran Compilación Justinianea , llamada posteriormente Corpus Iuris Civilis.

Año 409: Cuando los visigodos, pueblos germanos, toman el poder de la península hispánica romanizada, llevan inicialmente sus costumbres jurídicas. Con posterioridad, ese primitivo derecho visigótico se compila en el Código Euriciano, que se conoce por fragmento

Año 210: La península hispánica sufrió una creciente influencia romana. La romanización cultural se extendió al Derecho.

Año 654: Se creó el Fuero Juzgo, que es un código de legislación hispano-gótica, el único que rigió en la península ibérica durante la dominación visigoda y que asentó una norma de justicia común para visigodos e hispanoromanos. El Fuero Juzgo consta de unas 500 leyes, divididas en doce libros y cada uno de ellos subdividido en varios títulos. El fuero juzgó mantuvo su Vigencia hasta la aprobación del código civil a finales del siglo

línea del tiempo

1502

1504

1373-1383

1373

1101-1200

Siglo xii

1504-1512

1502

1519-1520

1519

1502: Inicia el régimen de Moctezuma II con 10 millones de súbditos

1373: Acamapichtli fue nombrado jefe administrativo y militar. 1383: Acamapichtli fue nombrado tlatoani (Rey)

Siglo XII: Los aztecas llegaron al valle de México dirigidos por su dios Huitzilopochtli, viviendo inicialmente en Chapultepec.

1504: Hernán Cortes se embarca en Sevilla rumbo a un "Mundo nuevo" 1511: Diego Velázquez de Cuellar acompaña a Hernán Cortes a la conquista de Cuba 1512: Leyes de burgos de 1512, las cuales tratan sobre un conjunto de ordenanzas sancionadas por el Rey católico Fernando

Tiempos de conquista En tiempos de conquista, el imperio azteca formaba parte de la triple alianza (Tenochtitlan, Texcoco y Tlacopan), y no tuvo un derecho uniforme

1542-1549

1542

1524-1526

1524

1519-1522

1522

1701-1800

Siglo XVIII

1808-1813

1808

línea del tiempo

1542: Las leyes nuevas de Indias se promulgaron en 1542 y fueron un conjunto de normas que buscaban reformar el gobierno de las colonias españolas en América, Asia y Oceanía. 1549: Se introdujeron nuevas reformas (encomienda)

1524 Hernán cortes envía la cuarta carta de relación en la cual insiste en mostrar su capacidad como gobernador y reconoció los servicios prestados a la corona española y su voluntad de servicio. 1526 Se escribe la quinta carta de relación en la cual escribe su regreso a Honduras de Tenochtitlan

1519: Hernán Cortes envía la primera carta de relación al rey, en la que informa acerca de las riquezas y la manera de vivir de los habitantes de las tierras donde llegaba. 1520: Se envía la segunda carta de relación la cual constaba de 3 partes sobre su estancia en Tenochtitlan 1522: Tercera carta de relación sobre los hechos que llevaron a la caída de México-Tenochtitlan

Siglo XVIII Mariano Veytia crea el texto de las 8 leyes de Nezahualcóyotl, que forma parte de las fuentes del derecho azteca, específicamente en las descripciones que hicieron los españoles de las primeras generaciones.

1808: Situación Patria Externa Debido a la crisis de los dos reinados, Carlos IV busco conseguir una alianza con Napoleón Bonaparte 1810: Punto de tensión Algunos conspiradores se trasladaron a Queretano debido a los conjuros que habían comenzado a ser descubiertos, además surge el manifiesto de Miguel Hidalgo 1812: Sentimientos de la nación y creación de Cádiz que se enlazaba con las leyes tradicionales de la monarquía española 1813: Decreto de Morelos Se emitió un decreto en el que declaro la ebullición de la esclavitud, es decir la liberación de los esclavos para una nación justa e igualitaria

línea del tiempo

1834-1835

Siglo XIX

1821

siglo xix

1535-1821

siglo xvi- xix

1836

1836

1854-1859

1854

Las siete leyes: En mayo de 1834, una revuelta se pronunció a favor de Antonio López de Santa Anna para encabezar un nuevo gobierno. 1835: Un Congreso Constitucional se reunió el 4 de enero de 1835 y desconoció al vicepresidente Valentín Gómez Farías (entonces había un presidente interino, el General Miguel Barragán). Mientras tanto, el Congreso se asumió como Constituyente y aprobó el 23 de octubre de 1835 el proyecto de Bases constitucionales que suspendió la vigencia de la Constitución de 1824.

Acta solemne de la declaración de la Independencia: Fue elaborada y redactada en dos ejemplares y firmada por los miembros de la Soberana Junta Provisional Gobernativa El 24 de agosto de 1821 se firman los tratados de Córdoba, y el 27 de Septiembre el ejercito Trigarante ingreso a la capital del país y se firmo la acta de Independencia del Imperio Mexicano

El Virreinato de la Nueva España 1535-1821: Fue una entidad territorial integrante del imperio español, que se desarrolló durante los siglos XVI al XIX, fue creado después de la conquista y abarcó territorios de Norteamérica (parte de Estados Unidos y México) de Centroamérica, Asia y Oceanía.

1836: El Congreso, a partir de ese proyecto (7 leyes), trabajó en la redacción de una nueva legislación que se publicó en diciembre de 1836 con el nombre de Leyes Constitucionales de la República Mexicana conocida como “Las Siete Leyes”

Leyes de Reforma del Plan de Ayutla: El contenido del Plan de Ayutla consta de nueve artículos, destacando tres: el cese de Santa Anna y sus funcionarios en el ejercicio del poder; designar a un presidente interino, Juan N. Álvarez, y convocar a un congreso extraordinario constituyente 1859: El 7 de julio de 1859, en el puerto de Veracruz, el presidente Benito Juárez expidió el paquete legislativo que conocemos como las “Leyes de Reforma”.

1896-1909

siglo XIX

1870- 1875

Siglo xix

1860-1867

Siglo xix

1942

siglo XX

línea del tiempo

1896-1908: El 25 de septiembre de 1896, Díaz promulgó el Código Federal de Procedimientos Civiles, que entró en vigor el 1o. de enero de 1897, Así, en 1908 se expidió el nuevo Código Federal de Procedimientos Civiles

Codigo civil: Nació el proyecto definitivo del Código Civil de 1870, que fue aprobado por el Congreso de la Unión el 8 de diciembre y que inició su vigencia a partir del día 1o. de marzo de 1871. El 13 de agosto de 1872 se expidió el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal que entró en vigor el 15 de septiembre de 1872. El 9 de abril de 1875 el Congreso ordenó al Ejecutivo que nombrara una comisión integrada por tres abogados que revisaran el citado Código

Constitución de 1857 y bases del imperio mexicano : La obra "Suprema corte de justicia de la Nación" se integraba por cuatro libros, fue terminada en 1860, y se imprimió y distribuyó para recibir las opiniones por parte del foro, luego en 1866 se promulgaron los dos primeros libros del Código Civil del Imperio Mexicano. El 4 de septiembre de 1867, se integró una nueva comisión que finalizó el libro

Código Federal de Procedimientos Civiles: Posteriormente, se dictó un nuevo Código Federal de Procedimientos Civiles, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 24 de febrero de 1942