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RECOPILACIÓN DE LAS PRUEBAS

Pruebas idóneas

siguiente

Pruebas suficientes

El análisis de la recopilación de las pruebas se debe centrar en dos aspectos:

medios de prueba

Un medio de prueba es una fuente de información que permite reconstruir los hechos.

Informes o documentos emitidos por autoridades

Documentos, informes y/o fotografías

Entrevistas a víctimas/testigos

siguiente

Informes o dictámenes periciales

Artículo 261, párrafo 2 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

OBTENCIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA

Podrás presentarte en cualquier oficina administrativa o centro penitenciario para obtener medios de prueba, a fin de conocer y, en su caso, comprobar datos, hechos o circunstancias relacionadas con la queja.

Solicitar de particulares, autoridades o personas servidoras públicas documentos y evidencia relacionados con el asunto materia de la investigación.

Citar a las personas que deban comparecer para aportar testimonio o para realizar peritaje.

siguiente

Solicitar a las autoridades o personas servidoras públicas a las que se imputen las violaciones de derechos humanos, la presentación de informes o documentos.

Efectuar todas las demás acciones que juzgue convenientes para el mejor conocimiento del asunto.

Practicar visitas e inspecciones.

Considerar las pruebas presentadas por las personas peticionarias o presuntas víctimas.

Artículo 113 párrafo 1 del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

¿Y si la autoridad se niega a colaborar?

Las autoridades tienen la obligación de proporcionar la información que solicitas

Las autoridades tienen la obligación de darte acceso a los documentos, lugares o personales que señales

siguiente

Artículo 113, párrafo 1 del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

Artículo 113, párrafo 1 del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

¿Qué haces?

Eres una persona servidora pública de la Comisión y te acaban de asignar la investigación de presuntos actos de violación al derecho a la salud en agravio de personas privadas de la libertad en un Centro de Readaptación Social. Cuando llegas y te identificas explicando la razón de su visita, las autoridades del centro penitenciario se niegan a darte acceso al lugar que solicitaste inspeccionar y a las personas que solicitaste entrevistar.

A. Regresas a la oficina y vuelves a intentarlo al siguiente día. En algún momento te dejarán entrar.

siguiente

B.Levantas un acta circunstanciada de los hechos para poder interponer una denuncia ante las autoridades competentes.

C.A fin de intimidar, le informas a las personas servidoras públicas que les iniciarás una carpeta de investigación y que se enfrentarían a un mínimo de 5 años de pena privativa de libertad.

Elige la respuesta que consideres correcta

recuerda...

Es obligación de la autoridad colaborar con una investigación por presuntas violaciones a derechos humanos iniciada por la Comisión

Si la autoridad se niega a colaborar con la Comisión se levantará un acta circunstanciada de los hechos para, en su caso, formular la denuncia ante las autoridades competentes.

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Artículo 113, párrafo 2 del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

Correcto. Sabes cómo actuar ante la negativa de colaborar por parte de las autoridades

Incorrecto. Todavía no sabes cómo actuar ante la negativa de colaborar por parte de las autoridades

Incorrecto. Todavía no sabes cómo actuar ante la negativa de colaborar por parte de las autoridades

Pruebas idóneas

FORMA

  1. La prueba no es contraria a derecho.
  2. La obtención de la prueba cumplió con los requisitos establecidos en la ley para su admisión.
  3. Se valoró la necesidad de hacer ajustes al procedimiento para la presentación de la prueba.

FONDO

  1. La prueba es pertinente pues el impacto de género que pretende demostrar tiene relación con el hecho investigado.
  2. La prueba es adecuada/útil para evidenciar el impacto de género del hecho que se pretende demostrar

Pruebas suficientes

a) Permite identificar aquellos aspectos relevantes del contexto de las partes que dan cuenta del impacto de género del conflicto. b) Permite identificar y visibilizar toda situación de violencia, fundadas en cuestiones de género y relacionadas con el conflicto. c) Permite evaluar y analizar la relación de poder entre las partes, identificando la existencia o inexistencia de asimetría por razones de género. d) Permite verificar si alguna de las partes pertenece a un sector de la población en situación de vulnerabilidad o subordinación.

La suficiencia de las pruebas puede analizarse mediante los siguientes aspectos: