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3º SEMINARIO PERMANENTE INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN CAECCSP

Aurora GómezInvestigadora Predoctoral Fundación Séneca. Departamento de Sociología de la Universidad de Murcia.

La pensión compensatoria tras el divorcio:

Comparativa entre España y México.

1. DEFINICIÓN

La pensión compensatoria es una prestación económica que se otorga en casos de separación o divorcio para compensar el desequilibrio económico que la ruptura produce en uno de los cónyuges.

OBJETIVO:Garantizar el equilibrio económico entre los cónyuges tras la disolución del matrimonio cuando uno de ellos queda en una posición más desfavorable.

  • Regulación legal: Código Civil español (artículo 97 y siguientes). Modificaciones clave con la Ley 15/2005.
  • Solicitante: Solo puede ser solicitada por uno de los cónyuges.
  • No es automática.
  • Duración: Puede ser temporal o indefinida dependiendo del caso.

2.1. definiciÓn y marco legal

2. LA PENSIÓN COMPENSATORIA EN ESPAÑA

Se consideran varios factores:

  • Duración del matrimonio.
  • Edad y salud de los cónyuges.
  • Cualificación y posibilidades de acceso al mercado laboral.
  • Posición económica de ambos.
  • Cuidado de los hijos y dedicación a la familia.
  • Situación anterior al matrimonio.

2.2. CRITERIOS PARA SU CONCESIÓN

2. LA PENSIÓN COMPENSATORIA EN ESPAÑA

  • Temporal
  • Indefinida en el tiempo
  • Periódica
  • Pago único

2.3. TIPOS

2. LA PENSIÓN COMPENSATORIA EN ESPAÑA

  • Modificación: Puede modificarse si cambia sustancialmente la situación económica de las partes.
  • Extinción: Se extingue si el beneficiario:
    • Mejora económicamente.
    • Contrae nuevo matrimonio o convive en una relación de hecho.
    • Fallece.

2.4. MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN

2. LA PENSIÓN COMPENSATORIA EN ESPAÑA

  • Regulación legal: varía en función de cada Estado.
  • Criterios: si uno de los cónyuges sufre un desequilibrio económico tras el divorcio.
  • Factores para su otorgamiento:
    • Situación económica de los cónyuges antes y después del matrimonio.
    • Aportaciones al hogar (no solo económicas).
    • Capacidad laboral del cónyuge afectado.
    • Duración del matrimonio.
  • Asignación de un porcentaje (de hasta 50%) de los bienes adquiridos durante el matrimonio a favor de uno de los cónyuges.
  • Duración: puede ser temporal o vitalicia según las circunstancias. También contempla la posibilidad de extinción.

3.1. dEFINICIÓN Y MARCO LEGAL

3. LA PENSIÓN COMPENSATORIA EN MÉXICO

4. PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE ESPAÑA Y MÉXICO

5. La PENSIÓN COMPENSATORIA. ¿UNA CUESTION DE SEGURIDAD PÚBLICA?

Estudios en México

Estudios a nivel internacional y en España

En España, la PC presenta algunas limitaciones:

  • Cuantía limitada e insuficiente para casos más vulnerables.
  • Sujeta a variaciones y a veces, limitada en el tiempo.
  • Falta de mecanismos de control y sanción.
  • En algunos casos, dificultad para el reconocimiento del trabajo doméstico y de la familia.
  • Multitud de estudios que desvelan el mayor impacto económico del divorcio para las mujeres.

posibles soluciones

  • Reformulación de las leyes o creación de leyes más uniformes.
  • Universalización de la justicia.
  • Actualizar fórmulas para su cálculo y supervisión.
  • Apoyo social y laboral.
  • Promoción del cambio cultural.

6. CONCLUSIONES

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

aurora.gomezg@um.es