Cuadro sinóptico II
Gabriela Martinez
Created on September 10, 2024
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PROPÓSITO: Identificar, reflexionar y analizar los aspectos fundamentales del ARTÍCULO 3º CONSTITUCIONAL y la LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.Gabriela Martínez Martínez FICHA No. 1. Producto 2.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Título Primero. Del derecho a la educación. Capítulo III. De la equidad y la excelencia educativa.
ART.8: El Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia. ART. 9: Las autoridades educativas realizaran entre otras cosas, las siguientes acciones: I. Establecer políticas incluyentes Il. Impulsar programas de acceso gratuito. III. Apoyar los programas de intercambio. IV. Prestar servicios de estancias infantiles. V. Dar a conocer diversas opciones educativas (educación abierta y a distancia) VI. Celebrar convenios de colaboración para mejorar la calidad de vida de los educandos. VII. Fomentar programas incentivos para docentes que presten sus servicios en localidades aisladas. Vlll. Establecer escuelas de horario completo. lX. Facilitar el acceso a la educación básica y media superior. X. Asegurar que los NNA ejerzan sus derechos. Xl. Promover medidas para facilitar y garantizar la incorporación y permanencia a los servicios educativos públicos. Xll.Proporcionar a los educandos los libros de texto gratuitos. XIII. Fomentar programas que coadyuven a la mejora de la educación para alcanzar su excelencia.
Titulo Segundo De la nueva escuela mexicana. Capítulo I. De la función de la nueva escuela mexicana
ART.11. La educación buscara la equidad, la excelencia y mejora continua. ART.12. En los servicios educativos se impulsara el desarrollo humano integral para: I. Contribuir a la formación del pensamiento critico. ll. Propiciar el dialogo. lll. Fortalecer el tejido social. lV. Combatir las causas de discriminación. V. Contribuir a las relaciones sociales de respeto. ART. 13. Se fomentara una educación basada en:l. La identidad, el sentido de pertenencia y el respeto desde la interculturalidad. II. La responsabilidad ciudadana, sustentada en valores. III. La participación activa. IV. El respeto y cuidado al medio ambiente. ART. 14. Para el cumplimiento de los fines y criterios de la educación considerará las siguientes acciones: I. Concebir a la escuela como un centro de aprendizaje comunitario II. Reconocer a NNAJ y adultos como sujetos de la educación Revalorizar a las maestras y los maestros . IV. Dimensionar la prioridad de los planes y programas. V. Promover la participación de pueblos y comunidades indígenas.
LEY GENERAL DE EDUCACION.
Titulo Segundo De la nueva escuela mexicana. Capitulo ii. De los fines de la educación
ART.15:La educación que imparta el Estado, persigue los siguientes fines: I. Contribuir al desarrollo integral. II. Promover el respeto irrestricto de la dignidad humana. III. Inculcar el enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. IV. Fomentar el amor a la Patria. V. Formar a los educandos en la cultura de la paz, el respeto, la tolerancia. VI. Propiciar actitudes solidarias en el ámbito internacional. VII. Promover la comprensión, el aprecio, el conocimiento y enseñanza de la pluralidad étnica, cultural y lingüística de la nación. VIII. Inculcar el respeto por la naturaleza. IX. Fomentar la honestidad, el civismo y los valores. X. Todos aquellos que contribuyan al bienestar y desarrollo del país.
Titulo Segundo De la nueva escuela mexicana. Capitulo iii. De los criterios de la educación
ART.16. La educación; luchará contra la ignorancia, sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia. Además, responderá a los siguientes criterios: I. Será democrática. II. Será nacional. III. Será humanista. IV. Promoverá el respeto al interés general de la sociedad. V. Inculcará los conceptos y principios de las ciencias ambientales, el desarrollo sostenible, la prevención y combate a los efectos del cambio climático.VI. Será equitativa. VII. Será inclusiva. VIII. Será intercultural IX. Será integral porque educará para la vida. X. Será de excelencia.
Título Segundo De la nueva escuela mexicana Capítulo V De los planes y programas de estudio
ART.22. Los planes y programas a los que se refiere este Capítulo favorecerán el desarrollo integral y gradual de los educandos. ART 23. La Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana. ART 24. Los planes y programas de estudio en educación media superior promoverán el desarrollo integral de los educandos, sus conocimientos, habilidades, aptitudes, actitudes y competencias Profesionales. ART 25. Los planes y programas de estudio de las escuelas normales deben responder, tanto a la necesidad de contar con profesionales para lograr la excelencia en educación. ART 26. Cuando los planes y programas de estudio se refieran a aspectos culturales, artísticos y literarios o la Secretaría de Cultura y la Secretaría de Salud, respectivamente, podrán hacer sugerencias sobre el contenido a la Secretaría a efecto de que ésta determine lo conducente. ART 27. La Secretaría realizará revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas de los planes y Programas. ART 28. Los planes y programas que la Secretaría determine en cumplimiento del presente Capítulo, así como sus modificaciones, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación. ART 29. En los planes de estudio se establecerán: I. Los propósitos de formación general. II. Los contenidos fundamentales de estudio. III. Las secuencias indispensables que deben respetarse. IV. Los criterios y procedimientos de evaluación y acreditación cumplen con los propósitos de cada nivel educativo; V. Los contenidos a los que se refiere esta Ley, de acuerdo con el tipo y nivel educativo, y VI. Los elementos que permitan la orientación integral del educando establecidos en el artículo 18 de este ordenamiento. ART 30. El estado impartirá conocimientos básicos de lectura, escritura, historia, ciencia y tecnología entre otros.
Título Tercero Del Sistema Educativo Nacional. Capítulo VII De la educación humanista.
ART 59. En la educación que imparta el Estado se promoverá un enfoque humanista, el cual favorecerá en el educando sus habilidades socioemocionales. ART 60. El Estado generará mecanismos para apoyar y promover la creación y difusión artística, propiciar el conocimiento crítico, así como la difusión del arte y las culturas.
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