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LOS SEGUROS DE DAÑOS

03

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Recuerda interactuar con todos los elementos de para vivir una experiencia increíble.

3.2

Hogar Versátil y Multiriesgo protegido

3.1

Características de los Seguros de Daños

Índice

El seguro de daños es un contrato en el que una parte, la aseguradora, se compromete a proteger a la otra parte, el asegurado, contra pérdidas o daños que puedan afectar ciertos bienes, a cambio del pago de una cantidad de dinero (prima). Esta protección cubre riesgos específicos que podrían dañar o perjudicar dichos bienes.

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+ INFO

3.1 Características de los Seguros de Daños

Este último ramo, por el gran volumen de pólizas que opera, se administra por separado.
  • Automóviles
  • Responsabilidad Civil
  • Diversos
  • Agrícola
  • Marítimo y transportes
  • Catastroficos

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  • Incendio
Conforme a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas (art.7°), Grupo Nacional Provincial opera en siete ramos de los seguros de daños:

Ramos

Actividad

3.1 Características de los Seguros de Daños

Info

Info

Info

Info

Responsabilidad Civil

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Subramos

Incendio

Catastrófico

Diversos

Info

3.2 HOGAR VERSÁTIL Y MULTIRIESGO PROTEGIDO

Info

Info

Info

Info

Audio

Info

Ejemplos

Justificación

Tipos

Algunas definiciones

Antecedentes

Huracán

Terremoto

Explosión de calderas

Deterioro de bienes contenidos en una planta refrigeradora

Caída de rayo

Robo de dinero y valores

Colisión de un yate

Cobertura del ramo de incendio

Cobertura del ramo de catastróficos

Subramo del ramo de diversos

Solución

Actividad 2

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Instrucciones: arrastra cada palabra con su clasificación de acuerdo a los ramos y subramos que apliquen a cada uno:

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El Riesgo y su Administración

Fin del módulo

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Como ya vimos, las personas tanto físicas como morales están sujetas a riesgos, es decir, a una serie de peligros que pueden ocasionar la muerte, la enfermedad o la invalidez en los individuos, y la destrucción o pérdida de sus propiedades o de las entidades (empresas, fundaciones, etc.) La institución que en el transcurso del tiempo ha surgido para hacer frente a los daños ocasionados por la materialización de esos riesgos se denomina seguro.

BIEN

Es el conjunto de cosas o derechos que forman parte de un patrimonio.

En general, se denomina seguro de daños a toda aquella garantía de cobertura que se contrata para amparar los bienes de una persona o una empresa.

El Seguro puede definirse como la institución económico-social, fundamentada en el principio de solidaridad, que se propone diluir entre los elementos constitutivos de un grupo, el valor económico de los daños experimentados por algunos de ellos, a causa de un suceso fortuito a cuyas consecuencias estaban todos igualmente expuestos. También se puede definir Seguro, como el mecanismo para evitar la pérdida financiera derivada de la ocurrencia de un riesgo, que cause pérdidas o daños en nuestros bienes. El Seguro, que trata de un acontecimiento futuro incierto pero probable, es eminentemente formal y reviste siempre la forma de un contrato denominado Póliza.

La póliza incluye los siguientes elementos: • La carátula, que contiene las fechas de vigencia del contrato, los datos de las partes contratantes, el costo de la póliza y la forma de pago de la misma, así como la suma asegurada, en M.N. o dólares, y los riesgos cubiertos. • El detalle de coberturas, es una relación detallada de bienes asegurados, riesgos asegurados, ubicación de los mismos, y sumas aseguradas o límites de responsabilidad. También enuncia el modo y forma en que participa el asegurado (deducible), en la pérdida sufrida. • Los anexos, textos especiales u observaciones, que describen y delimitan el alcance de cada una de las coberturas, así como las condiciones que rigen a las mismas. • El clausulado, compendio de textos que constituyen obligaciones y derechos de las partes, así como leyes y entidades que rigen el contrato de seguro. Este clausurado puede ser generado por el sistema o también puede presentarse en cuadernillos previamente impresos. • Recibo de pago, comprobante o constancia de que el Asegurado ha cubierto el costo de su póliza por un tiempo determinado.

Contrato entre una aseguradora y un contratante, que establece los derechos y obligaciones que contraen las partes.

  • Riesgo Puro
  • Riesgo especultativo
  • Riesgo transferible
  • Riesgo retenido
  • Riesgo asegurable
  • Riesgo no asegurable
  • Crear reservas para sufragar los siniestros que se produzcan.
  • Cubrir los gastos de gestión y administración de la compañía aseguradora.
  • Obtener un beneficio que permita retribuir el capital de los accionistas.

En los seguros a prima fija, los Asegurados pagan primas a un Asegurador y éste especula con los ingresos obtenidos para:

  • Profesiones médicas.
  • Hospitales, clínicas y centros de salud.
  • Agentes y agencias de seguros.
  • Otras profesiones.

Responsabilidad civil profesional

Se ampara la responsabilidad civil del profesionista por hechos u omisiones no dolosos ocurridos y que causen la muerte o el menoscabo de la salud de los terceros o el deterioro o destrucción de sus bienes en el ejercicio de su profesión. La responsabilidad civil profesional se aplica a: