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GUILLERMINA PELCASTRE BADILLO
Created on September 10, 2024
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Transcript
guillermina pelcastre badilloSistema Educativo NacionalS2. Actividad 02: Marco normativo.
14. LEY General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.15. LEY General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.16. LEY General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. 17. LEY General de Víctimas.18.LEY General de Cultura Física y Deporte..19. LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.20. LEY General de Educación.21. LEY Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación.22.LEY General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.23.LEY General de Educación Superior.24. LEY General de Bibliotecas.25.LEY General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.26.Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible
- LEY Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al Ejercicio de las Profesiones en la Ciudad México.
- LEY Orgánica de la Administración Pública Federal.
- LEY Orgánica del Instituto Politécnico Nacional.
- LEY sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
- LEY del Instituto Mexicano de la Juventud.
- LEY General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
- LEY General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.
- LEY General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.
- LEY de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
- LEY General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
- LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
- LEY General de Desarrollo Social.
- LEY de Fomento para la Lectura y el Libro.
Leyes
La Ley General de Educación
Es un instrumento fundamental para el desarrollo social y económico de un país, ya que garantiza el acceso a la educación, fomenta la equidad y la inclusión, y asegura una calidad educativa que permita formar ciudadanos competentes para los retos del futuro.
Artículo 1
La distribución de la función social educativa del Estado, se funda en la obligación de cada orden de gobierno de participar en el proceso educativo
Su objeto es regular la educación que imparta el Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y municipios.
La presente Ley garantiza el derecho a la educación reconocido en el artículo 3o. de la Constitución Política
Fundamentos de la Ley
Artículo 3 de la Constitución: Vinculación con el derecho a la educación de todos los ciudadanos.
Enfoque en la formación integra
Enfoque en la formación integral: Destacar el desarrollo físico, intelectual, emocional y social de los estudiantes.
Principios fundamentales
Obligatoria, inclusiva, equitativa y de calidad.
Artículo 4.
La aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta Ley corresponden a las autoridades educativas de la Federación
Capítulo II Del ejercicio del derecho a la educación
Artículo 5. Toda persona tiene derecho a la educación, el cual es un medio para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal y profesional
- Artículo 6. Todas las personas habitantes del país deben cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior.
5. Autoridades escolares, al personal que lleva a cabo funciones de dirección o supervisión en los sectores, zonas o centros escolares, yEstado, a la Federación, los Estados, la Ciudad de México y los municipios.
3. Autoridad educativa municipal, al Ayuntamiento de cada Municipio
2. Autoridad educativa de los Estados y de la Ciudad de México, al ejecutivo de cada una de estasentidades federativas, así como a las instancias que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la funció social educativa
1. Autoridad educativa federal o Secretaría, a la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal
Es obligación de las mexicanas y los mexicanos hacer que sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años asistan a las escuelas, para recibir educación obligatoria
La educación superior corresponde al Estado en los términos dispuestos por la fracción X del artículo 3o. constitucional y las leyes en la materia.
La educación inicial es un derecho de la niñez; es responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia y garantizarla conforme a lo dispuesto en la presente Ley.
El Estado apoyará la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.
Artículo 7. Universal, al ser un derecho humano que corresponde a todas las personas por igual, por lo que:
a) Extenderá sus beneficios sin discriminación alguna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y b) Tendrá especial énfasis en el estudio de la realidad y las culturas nacionales
Inclusiva, eliminando toda forma de discriminación y exclusión, así como las demás condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje y la participación, por lo que:
Atenderá las capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos
Eliminará las distintas barreras al aprendizaje y a la participación que enfrentan cada uno de los educandos, para lo cual las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, adoptarán medidas en favor de la accesibilidad y los ajustes razonables
Establecerá la educación especial disponible para todos los tipos, niveles, modalidades y opciones educativas, la cual se proporcionará en condiciones necesarias, a partir de la decisión y previa valoración por parte de los educandos, madres y padres de familia o tutores, personal docente y, en su caso, por una condición de salud
Pública, al ser impartida y administrada por el Estado, por lo que
Vigilará que, la educación impartida por particulares, cumpla con las normas de orden público que rigen al proceso educativo y al Sistema Educativo Nacional que se determinenen esta Ley
Gratuita, al ser un servicio público garantizado por el Estado, por lo que:
Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación de este servicio en la educación que imparta el Estado
No se podrá condicionar la inscripción, el acceso a los planteles, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos al pago de contraprestación alguna, ni afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a loseducandos
Las donaciones o aportaciones voluntarias destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como contraprestación del servicio educativo.
Laica, al mantenerse por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.
La educación impartida por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios
De la equidad y la excelencia educativa: El Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia.
Las medidas que adopte para tal efecto estarán dirigidas, de manera prioritaria, a quienes pertenezcan a grupos y regiones con mayor rezago educativo, dispersos o que enfrentan situaciones devulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, físico, mental, de identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o bien, relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual o prácticas culturales.
Tendrá como objetivos el desarrollo humano integral del educando, reorientar el Sistema Educativo Nacional, incidir en la cultura educativa mediante la corresponsabilidad e impulsar transformaciones sociales dentro de la escuela y en la comunidad.
la nueva escuela mexicana
Artículo 11. El Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscará la equidad, la excelencia y la mejora continua en la educación
Artículo 35. La educación que se imparta en el Sistema Educativo Nacional se organizará en tipos, niveles, modalidades y opciones educativas
- Tipos, los de educación básica, medio superior y superior
- Niveles, los que se indican para cada tipo educativo en esta Ley
- Modalidades, la escolarizada, no escolarizada y mixta
- Adapts fonts and color to the theme
Artículo 12. En la prestación de los servicios educativos se impulsará el desarrollo humano integral
Contribuir a la formación del pensamiento crítico, a la transformación y al crecimiento solidario de la sociedad, enfatizando el trabajo en equipo y el aprendizaje colaborativo
Combatir las causas de discriminación y violencia en las diferentes regiones del país, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres
Alentar la construcción de relaciones sociales, económicas y culturales con base en el respeto de los derechos humanos.
educación inclusiva
Artículo 63. El Estado proporcionará a las personas con discapacidad la posibilidad de aprender y desarrollar habilidades para la vida que favorezcan su inclusión labora
Artículo 61. La educación inclusiva se refiere al conjunto de acciones orientadas a identificar, prevenir, reducir y eliminar las barreras que limitan el acceso, permanencia, participación y aprendizaje
Bibliografia:material de apoyo (lectura) https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf
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