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OPOSICIONES 24-25

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Created on September 10, 2024

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Transcript

OPOSICIONES 2023/2024

LAS OPOSICIONES

2024

¿cUÁNDO?

¿DÓNDE?

¿cÓMO SE REPARTEN LAS PLAZAS?

cRITERIOS

FASES

Resoluión de 24 de enero de 2025, de la Consejería de ducación, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso en los cuerpos a que se refiere la ey rgánica 2/2006, de 3 de mayo, de ducación y para adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario de estos cuerpos.

PLAZAS Y SEDES

SEDES ?

TRIBUNALES ?

SOLICITUD (hasta el 24 de FEBRERO)

TOCA PAGAR

TOCA ESCANEAR

SOLICITUD

Deberá abonarse de manera previa al inicio del proceso de presentación de la solicitud, el importe correspondiente a las tasas por derecho de examen. En caso de presentar solicitud para más de una especialidad, deberán cumplimentarse tantos impresos diferentes como especialidades para las que se presente solicitud.

MÉRITOS

código RRHH0111T01

+ Info

+ Info

FASE DE OPOSICIÓN (66.66%)

SORTEO: E

PROGRAMA DE ACTUACIÓN

PARTE BTEMAS

PARTE ASUPUESTO PRÁCTICO

De una UO, DO o EOE, el cual deberá cumplir las prescripciones establecidas en el artículo 27 del Decreto 147/2014, podrá versar sobre cualquiera de los ámbitos establecidos en el artículo 6 del precitado Decreto. El programa de actuación deberá incluir un mínimo de 10 unidades de intervención.

SISTEMA ELIMINATORIO

2 HORAS

68 TEMAS 4 BOLAS A ELEGIR 2 HORAS

TEMAS

PROBABILIDAD

SISTEMA PLICAS

PROGRAMA DE ACTUACIÓN

3 BOLAS

ENTREGA

ENCERRONA

DEFENSA

Archivo “pdf” –no protegido para que pueda ser firmado por el tribunal-, para lo cual el personal aspirante entregará al tribunal una memoria USB con formato compatible con Windows en la que esté únicamente el archivo que contiene la programación o el programa de actuación; la persona del tribunal descargará una copia del archivo en el dispositivo electrónico del tribunal y firmará electrónicamente el archivo que figura en la memoria USB de la persona aspirante sirviendo esta firma como justificante de presentación y para delimitar el archivo que puede utilizar el aspirante, en su caso, durante la presentación de la programación.

1 HORA Pudiendo utilizar el material auxiliar que considere oportuno incluido cualquier dispositivo electrónico con o sin conexión a internet. Tanto el material auxiliar como la conexión a Internet, será proporcionada por la persona aspirante, que será responsable de su adecuado funcionamiento durante el desarrollo de esta parte de la prueba.

1 HORA

40%

60%

Programa de actuación de una UO, DO o EOE, el cual deberá cumplir las prescripciones establecidas en el artículo 27 del Decreto 147/2014, podrá versar sobre cualquiera de los ámbitos establecidos en el artículo 6 del precitado Decreto. El programa de actuación deberá incluir un mínimo de 10 unidades de intervención.

Consistirán en unidades de actuación, entendiéndose por tales, las actuaciones susceptibles de ser desarrolladas, a las que hace referencia el artículo 27 del Decreto 147/2014

FASE DE CONCURSO (33.33%)

i. experiencia docente previa: 5 PUNTOS MÁX

FASE DE CONCURSO (33.33%)

2.1. expediente título alegado

2.2. postgrados, doctorados y premios extraordinario

Estudios avanzados, máster o suficiencia investigadora NO CUENTA EL DE PROFESORADO------------------1 PUNTO (certificación o título)Título de doctor--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1 PUNTO (cerficación o título) Premio extraordinario de doctorado------------------------------------------------------------------------------------------0.5 PUNTOS

ii. Formación académica: 5 PUNTOS MÁX

2.3. OTRAS TITULACIONES

Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos declarados legalmente equivalente y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería.-------------------------------1 PUNTO (certificación o título)Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos declarados legalmente equivalentes-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1 PUNTO (certificación o título)

2.4. OTRAS TITULACIONES

Título profesional de música, danza o certificado de C1 o C2 de EOI o acreditados------------------------------------0.5 PUNTOSpor cada título de técnico superior de FP-------------------------------------------------------------------------------------------0.2 PUNTOS

FASE DE CONCURSO (33.33%)

3.1. COMPETENCIA DIGITAL

iii. otros méritos: 2 MÁX.

3.2. ACTIVIDADES DE FORMACIÓN (MAX 1.5)

Para ser tenidos en cuenta los cursos de formación y perfeccionamiento del profesorado que se aleguen deberán haberse convocado u organizado por las Administraciones educativas, Universidades públicas o privadas competentes para expedir titulaciones universitarias de carácter oficial, los CPR y los Institutos de Ciencias de la Educación. Así mismo, se valorarán los cursos impartidos por entidades sin ánimo de lucro homologados. Cuando los certificados no se expresen en créditos se entenderá que diez horas son un crédito. (750 HORAS MAX) POR CADA 2 CRÉDITOS (20 HORAS)--------------------------------------------------------------------------------------------0.04 PUNTOS

3.3. PREMIO FIN DE CARRERA (0.5 PUNTOS)2.4. OPOS APROBADAS (0.25) 2.5. LENGUA ASTURIANA (habilitación o c1)--0,5 puntos 3.6. méritos artísticos y deportivos

Premios en exposiciones, concursos o certámenes, espectáculos teatrales, coreos, exposiciones, conciertos, deportista de alto nivel o rendimiento (máx 1 punto)

Calendario

TEMAS

Durante todo el curso pero en febrero tenéis todos

Jueves según calendario de 16:30 a 20:00-20:30

Supuestos

Quincenales

Programa de actuación y unidades

Quincenal

BLOQUES DE TEMAS

INTERACCIÓN SOCIAL Y COMUNIDAD

CURRÍCULO, teoría e innovación

ORIENTACIÓN

INCLUSIÓN

1-2-3-4-5-36-37-38-40-41-42 OCTUBRE

20-30-34-46-47-48-49-51-52-53-54-55-56-57-58-59-60-61-62-63-64 OCTUBRE-NOVIE MBRE

17-21-22-23-24-25-26-39SEPTIEMBRE

12-35-43-44-45-66-67-68 DICIEMBRE

ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CARRERA

convivencia,VALORES Y APRENDER A PENSAR

DESARROLLO

18-19-27-28-29-33-50-65 FEBRERO- MARZO

6-7-8-9-10-11 ENERO- FEBRERO

13-14-15-16-31-32 ENERO

NORMATIVA BÁSICA

CURRÍCULO

COEDUCACIÓN Y FEMINISMO

RURAL

LEYES ORGÁNICAS

ORIENTACIÓN EDUCATIVA

FUNCIONAMIENTO DE CENTROS

PROTOCOLOS

AULAS HOSPITALARIAS

+ Info

+ Info

educación especial

PROGRAMAS

EVALUACIÓN

INFANCIA

CIRCULAR 24/25

CONVIVENCIA

fp

PÁGINAS BÁSICAS DE CONSULTA

¡VAMOS A POR TODAS!

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (LOE) modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (LOMLOE) Ley Orgánica 3/2022, de 31 marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. CONVENCIÓN de derechos de personas con discapacidad Recuperado el 15 de septiembre de 2017 en http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf COMENTARIO GENERAL Nº 4(2016). Artículo 24 Derecho a la Educación Inclusiva. Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.Recuperado el 15 septiembre de 2017 en http://sid.usal.es/idocs/F8/FDO27268/DerechoalaEducacionInclusivaArt24.pdf Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. Real Decreto 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Resolución de 6 de agosto de 2001, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Educación Primaria del Principado de Asturias. (modificada por la resolución de 5 de agosto de 2004) Resolución de 6 de agosto de 2001, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria del Principado de Asturias. (Modificaciones de 5 de agosto 2004, 27 de agosto de 2012, 5 de mayo de 2014

Incluir una portada señalando únicamente los datos personales, así como el cuerpo y especialidad a la que opta, sin perjuicio de las imágenes y diseño que se inserte en la misma. Este programa de actuación tendrá una extensión máxima de 30 páginas, entre las que no se incluye la portada, ni una posible hoja sin contenido que sirva de cierre de programación. Las hojas deberán ser tamaño DIN-A4, interlineado sencillo, letra tipo arial 11 sin comprimir y márgenes superior, inferior, derecho e izquierdo de 2 centímetros dentro de los que podrá incluirse la numeración de páginas. Esta programación incluirá un índice numerado y se organizará en un mínimo 10 unidades de intervención, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. Si voluntariamente se incorporasen anexos, tablas o materiales de apoyo se entenderá que forman parte del número de páginas permitido y respetarán las características técnicas mencionadas, exceptuando posibles pies de foto que podrán incluir tamaño de letra inferior. Para dicha exposición el personal aspirante podrá utilizar la programación o el programa de actuación contenida en el dispositivo digital entregado al tribunal y que este mantiene custodiado. Para la utilización del dispositivo digital el aspirante aportará el dispositivo electrónico correspondiente (Tablet, portátil, …).

el Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias, modificado por el Decreto 7/2019, de 6 de febrero, y la correspondiente rectificación de errores, recogida en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del 07/03/2019. CIRCULAR del 28 de septiembre de 2022 por la que se modifican las instrucciones de fecha 16 de marzo de 2018 que regulan la aplicación del protocolo de actuación ante situaciones de posible acoso y ciberacoso escolar en los centros docentes no universitarios del Principado de Asturias
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de la Educación Infantil y de la evaluación del aprendizaje del alumnado. Resolución de 26 de junio de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de la Educación Primaria y de la evaluación del aprendizaje del alumnado Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de la Educación Secundaria Obligatoria y de la evaluación del aprendizaje del alumnado Resolución de 28 de abril de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas del Bachillerato y de la evaluación del aprendizaje del alumnado
RESOLUCIÓN de 25 de abril de 1996, por la que se regula la elaboración del proyecto curricular de la enseñanza básica obligatoria en centros de EE. RESOLUCIÓN de 25 de abril de 1996, por la que se regula la elaboración del proyecto curricular de la enseñanza básica obligatoria en centros de EE RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la oferta de programas formativos de formación profesional para el alumnado con necesidades educativas especiales en centros de educación especial y la realización del módulo de formación práctica en empresas. Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Consejería de Educación por la que se aprueban las instrucciones para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales a través del programa de aulas abiertas en centros ordinarios para el curso escolar 2023/2024.
DECRETO 147/2014, de 23 de diciembre por el que se regula la orientación educativa y profesional en el Principado de Asturias. Modificado por DECRETO 32/2018, de 27 de junio INSTRUCCIONES PARA LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA CURSO 2024 - 2025 CENTROS PÚBLICOS
DECRETO 8/2015, de 11 de febrero, por el que se regulan los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan determinados aspectos de las enseñanzas de formación profesional básica Asturias.

En el impreso 046, el presentador deberá cumplimentar, obligatoriamente, los siguientes datos:

  • En el apartado “fecha de devengo” (1) dd/mm/aaaa. La fecha en que realiza el pago de la tasa.
  • En el apartado “dato específico” (2) Código de concepto 325004. Inscripción en pruebas de acceso a cuerpos docentes.
  • En el apartado “declarante/sujeto pasivo” (3) Consigne todos sus datos personales, imprescindibles para su identificación y para localizarle en el caso de tener que realizarse alguna subsanación.
  • En “Descripción (Literal Código de concepto)” Tasa por inscripción en las pruebas de acceso a cuerpos docentes.
  • Tarifa: 325004.
  • Descripción: Indique la convocatoria a la que opta y la forma y turno de ingreso, cuerpo y especialidad.
  • Importe: Cuantía que corresponda en función del subgrupo: + Inscripción en pruebas selectivas de ingreso/acceso a plazas del subgrupo A1. Importe: 42,85 euros.

Criterio 1. Conocimiento de los contenidos del tema

  • Tiene un conocimiento profundo y actualizado del tema.
  • Demuestra rigor conceptual, precisión terminológica y riqueza léxica.
  • Utiliza y explicita referencias bibliográficas y/o digitales durante la redacción del tema que enriquecen su fundamentación.
Puntuación máxima subapartado 3 puntosCriterio 2. Estructura y planteamiento
  • Fundamenta y desarrolla el tema siguiendo una estructura clara, destacando los aspectos claves a lo largo de todo su desarrollo.
  • Se da orden y coherencia interna en la estructura del tema, desarrollando cada uno de sus apartados de manera equilibrada.
Puntuación máxima subapartado 1 puntoCriterio 3. Aportaciones personales
  • Incorpora propuestas actualizadas e innovadoras respecto a los contenidos del tema.
  • Explicita la contribución del tema al desarrollo de la Orientación Educativa.
Puntuación máxima subapartado 1 punto

Decreto 30/2023, de 28 de abril, por el que se regula la Coeducación en el sistema educativo asturiano. Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

Criterio 1. Dominio de los conocimientos técnicos necesarios para enfrentarse al supuesto.

  • Demuestra poseer los conocimientos psicopedagógicos y educativos necesarios.
  • Demuestra ajuste a la normativa vigente.
  • Demuestra rigor conceptual, precisión terminológica y riqueza léxica.
Puntuación máxima subapartado 2 puntosCriterio 2. Capacidad para ajustar los conocimientos a situaciones concretas.
  • Se ajusta a las características concretas del supuesto.
  • Emplea las técnicas y los procedimientos específicos de la orientación educativa y profesional.
  • Realiza propuestas realistas, viables y facilitadoras de la inclusión del alumnado en el sistema educativo.
Puntuación máxima subapartado 1,5 puntosCriterio 3.Estructuración del abordaje del supuesto.
  • Se da orden y coherencia interna en el abordaje del supuesto.
  • Desarrolla los distintos elementos del supuesto de manera equilibrada.
Puntuación máxima subapartado 1 puntoCriterio 4. Aportaciones personales.
  • Aporta argumentos que justifican las actuaciones y/o decisiones adoptadas en el supuesto.
Puntuación máxima subapartado 0,5 puntos

Protocolo de Coordinación con Salud Mental- Educación. Maltrato Infantil: Guía de actuación para los centros educativos de Asturias. Protocolo de derivación para la incorporación al sistema educativo de los niños y las niñas en tratamiento en las Unidades de Atención Infantil Temprana del Principado de Asturias. - Guía de Prevención Conducta Suicida.
DECRETO 56/2022, de 5 de agosto, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Infantil en el Principado de Asturias.DECRETO 57/2022, de 5 de agosto, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Primaria en el Principado de Asturias.DECRETO 59/2022, de 30 de agosto, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en el Principado de Asturias.DECRETO 60/2022, de 30 de agosto, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de Bachillerato en el Principado de Asturias.

Ley Orgánica 1/1996, ley de protección al menor, modificada por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI). (otras modificaciones: L.O. 8/2015 y L.O. 26/2015. la Guía de bienestar emocional. Prevención, detección e intervención ante la conducta suicida para centros educativos

Para la exposición de la unidad didáctica se podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno incluido cualquier dispositivo electrónico con o sin conexión a internet, así como un guión o equivalente que deberá ser entregado al tribunal al término de la exposición. Tanto el material auxiliar como la conexión a Internet, será proporcionada por la persona aspirante, que será responsable de su adecuado funcionamiento durante el desarrollo de esta parte de la prueba. El mencionado guion podrá estar manuscrito o impreso y tendrá una extensión máxima de una hoja tamaño DIN-A4 escrita a una sola cara.