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DERECHO ADMINISTRATIVO

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Unidad 2

Derecho Administrativo

OMAR ISRAEL CASTRO ZAMBRANODERECHO ADMINISTRATIVOPLANTEL TLAQUEPAQUE

Consideraciones generales de Derecho Administrativo

Rafael I. Martínez Morales expresa: “El derecho Administrativo es el conjunto de reglas jurídicas relativas a la acción administrativa del Estado, la estructura de los entes del poder ejecutivo y sus relaciones” .

Rafael de Pina Vara: Totalidad de las normas positivas destinadas a regular la actividad del Estado y de los demás órganos públicos, en cuanto se refiere al establecimiento y realización de los servicios de esta naturaleza, así como a regir las relaciones entre la administración y los particulares y de las entidades administrativas entre sí.

Consideraciones generales de Derecho Administrativo

DERECHO ADMINISTRATIVO

Así mismo es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.

La Ciencia del Derecho Administrativo

El derecho administrativo “es la ciencia” que se encarga del estudio e investigación a través de sus diferentes técnicas, métodos y a partir de la sistematización de los diversos, elementos, principios y tendencias de la administración".

Es el conjunto de elementos consistente en el conocimiento sistematizado y unificado sobre las normas, fenómenos e instituciones sociales relativas a la administración pública de los estados en su interconexión sistemática en busca de principios generales con un método propio de investigación y desarrollo.

Fuentes del Derecho Administrativo

Para relacionar la acción de legislar con el Derecho Administrativo es necesario expresar que la Ley como fuente formal del Derecho Administrativo, se deriva del Principio de Legalidad, el cual consiste en que ningún órgano del Estado puede tomar una decisión individual que no sea conforme a una disposición general anteriormente dictada.

Como otra de las fuentes del Derecho Administrativo, encontramos a la Costumbre, la cual consiste en el reconocimiento expreso o tácito del Estado, hecho a través de sus órganos legislativos, jurisdiccionales o administrativos de la fuerza obligatoria de ciertos usos o formas de comportamiento, que adquieren el carácter de normas jurídicas similares a los preceptos legislados.

En México, el Derecho Administrativo es una rama del derecho que regula la organización y el funcionamiento de la administración pública, así como la relación entre los ciudadanos y el Estado.

Las fuentes del Derecho Administrativo en México son variadas y se dividen en diversas categorías:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: La Constitución es la norma suprema en México y establece los principios y normas fundamentales para la administración pública y la regulación de las relaciones entre el Estado y los particulares. Entre sus disposiciones relevantes se encuentran los artículos relacionados con los derechos humanos, la organización del gobierno y el control de la administración pública.

¡Recuerda ESTUDIAR!

De lo anterior se desprende que las relaciones jurídicas en que interviene la administración con motivo de su organización y funcionamiento están regidas por las normas del Derecho Administrativo, es decir por Normas del Derecho Público.

Entendiéndose por Derecho Público; el sistema normativo que regula la actuación del Estado en su accionar soberano y determina las relaciones e intereses que privan con sus gobernados, mediante la creación de los órganos y procedimientos pertinentes.

Por lo tanto se puede finalizar este apartado diciendo que el Derecho Administrativo será una rama del Derecho Público, que regula la actividad del Estado, así como las relaciones de la Administración Pública con las demás instituciones del Estado y con los particulares.

Se identifican las ciencias administrativas y el Derecho a través del Derecho Administrativo, también se diferencian y separan respecto del enfoque con que miran cada una su objeto de estudio, porque el Derecho Administrativo le da un tratamiento jurídico, y las ciencias administrativas lo visualizan desde una plataforma de tipo técnico administrativo. Esto hace que sus objetivos o finalidades sean también diferentes, porque el derecho le interesa lograr el ajuste de la administración pública a la ley; en cambio, las ciencias administrativas pretenden lograr que la administración sea eficiente y eficaz.

Las ciencias administrativas y el Derecho (Derecho Administrativo) conviven, no están separados radicalmente. La ciencia administrativa no podría alcanzar sus metas si las abandona a la voluntad de las personas que tiene a su cargo la administración, por lo que para asegurar su éxito se hace indispensable el auxilio del Derecho a través de cualquiera de los productos legislativos. El mismo fenómeno de dependencia se da del Derecho (Administrativo) respecto de las ciencias administrativas, puesto que por perfecto que sea el ordenamiento jurídico, este no puede tener efectos administrativos benéficos si la capacidad del administrador público es nula o deficiente.

En apariencia la frontera y límite de acción y de ejercicio entre las ciencias administrativas y el Derecho (Administrativo), es difícil de materializar, porque varias disciplinas abordan el estudio de la administración pública en función de sus preocupaciones propias. Entre ellas, el derecho administrativo ocupa un lugar privilegiado. Una vez pasado el periodo en el que el Derecho Administrativo tuvo el monopolio del estudio de todo lo vinculado a la administración Pública, han aparecido las ciencias administrativas en el panorama científico de lo administrativo, como por ejemplo: la economía y la política, haciéndole franca competencia al Derecho Administrativo.

Como última fuente del Derecho que mencionaremos en este capítulo encontramos a los Principios Generales de Derecho. Estos principios se apoyan en tres ideas específicas: Principalidad, Generalidad y Juridicidad.

La generalidad, esta alude al género en oposición a la especie, hace referencia a lo común en los individuos de una especie. Esta generalidad es considerada una característica de la Ley y de las demás normas jurídicas que representa su aplicabilidad a cuantas personas se encuentren en un supuesto determinado, es decir, no se podrá hacer excepción alguna por ningún motivo a causa, siempre y cuando se esté dentro del presupuesto jurídico, de ahí que la Ley sea de carácter General y de aplicación obligatoria a todos aquellos que encuadren en el marco legal aplicable.

La principalidad, es una idea que apoya el origen, el principio, la razón fundamental sobre la cual se procede al discurrir sobre cualquier materia.

Juridicidad, es la propensión a preferir los arreglos y soluciones de estricto derecho en las cuestiones sociales y políticas. También entenderemos la juridicidad como todo aquello que este de conformidad con el derecho o sea lícito desde el punto de vista jurídico.

  • Ley de Procedimiento Administrativo: Regula el procedimiento administrativo federal.
  • Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos: Establece las normas para la responsabilidad y las sanciones de los servidores públicos.
  • Ley General de Bienes Nacionales: Regula la administración y disposición de los bienes del Estado.
  • Ley de Fiscalización Superior de la Federación: Regula el control y la fiscalización de los recursos públicos.

2. Leyes Federales: Existen diversas leyes federales que regulan aspectos específicos del Derecho Administrativo. Algunas de las más importantes son:

3. Reglamentos: Son disposiciones que detallan y complementan las leyes federales. Cada ley federal puede tener uno o más reglamentos que especifican su aplicación y cumplimiento.4. Decretos y Acuerdos Presidenciales: El Presidente de la República puede emitir decretos y acuerdos que tienen fuerza de ley en ciertos ámbitos administrativos.5. Normas Oficiales Mexicanas (NOM): Son regulaciones técnicas que establecen especificaciones de carácter obligatorio para asegurar que productos, procesos y servicios cumplan con ciertos estándares.

6. Jurisprudencia: Las decisiones y criterios emitidos por el Poder Judicial, especialmente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y los Tribunales Administrativos, interpretan y aplican las leyes en casos concretos, contribuyendo a la formación del Derecho Administrativo.7. Doctrina: Los estudios y opiniones de académicos y expertos en Derecho Administrativo ayudan a interpretar y aplicar las normas. Aunque no tienen carácter vinculante, influyen en la comprensión y desarrollo de esta área del derecho.8. Costumbre Administrativa: Aunque menos frecuente en el Derecho Administrativo moderno, las prácticas establecidas por la administración pública a lo largo del tiempo también pueden influir en la aplicación del derecho.