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Created on September 10, 2024

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ARRAIGO LABORAL

'Aprende sobre los requisitos, el procedimiento y las posibles resoluciones´

Fundación Familias Unidas

El arraigo laboral es un tipo de autorización excepcional que se puede utilizar para obtener una residencial temporal en España. Los extranjeros deben tener 2 años mínimo de residencia continuada en España y al menos 6 meses de relación laboral demostrable.

Si se obtiene este permiso, la duración es de un año y no se puede renovar, por lo que al finalizarlo se debe solicitar una autorización de residencia o residencia y trabajo.

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (art. 31.3) y su reglamento aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abrilReal Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Sentencia 1184/2021 del Tribunal Supremo del 25 de marzo de 2021.

Requisitos

Qué necesitas cumplir para pedir el arraigo laboral

No ser ciudadano de un estado de la UE, tampoco del Espacio Económico Europeo o Suiza.

Carecer de antecedentes penales en España y en su país de orígen o en donde haya residido los últimos cinco años

No tener prohibida la entrada en España

No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de orígen

Haber permanecido en España durante un lapso de 2 años en forma continuada, es decir, con salidas no mayores de 90 días.

Poder demostrar una relación laboral no inferior a 6 meses de duración dentro de esos 2 años.

Documentación

Qué papeles necesitas para pedir el arraigo laboral

Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.

Copia del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.

Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años. La documentación que se aporte deberá contener los datos de identificación del solicitante, preferentemente debe haber sido emitida y/o registrada por una Administración Pública española.

Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.

Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales.

Cómo demuestro que llevo dos años en España

Puedes presentar:

  • Certificado de empadronamiento
  • Constancias de atención médica
  • Cualquier otra documentación municipal, autonómica o estatal que justifique la presencia en España.

Cómo demuestro que he trabajado en España

  • Mediante un INFORME DE VIDA LABORAL
  • Tras la sentencia del Tribunal Supremo (STS 1184/2021) es posible acreditar esa relación laboral a través de cualquier documento admitido en derecho.
  • A través de una DENUNCIA por contratación de forma irregular para disponer de:
  • Una SENTENCIA JUDICIAL donde se reconozca que ha estado trabajado sin la correspondiente autorización de residencia y trabajo o acta de conciliación en vía judicial que la reconozca.
  • Una RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite que efectivamente hemos estado desarrollando esa actividad laboral.

Procedimiento

El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su documento para acreditar su identidad y aportará: -Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17). -Justificante del abono de la tasa de la tarjeta . -Tres fotografías recientes color, fondo blanco, tamaño carné.

El Plazo de resolución de la solicitud es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Los solicitantes podrán presentar la solicitud de manera telemática a través de la Plataforma Mercurio, si dispone de un certificado electrónico o presencialmente (con cita previa) en la Oficina de Extranjería que corresponda según su domicilio.

Plazo
Final
Solicitud
Pago
Concesión

En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales, el extranjero deberá solicitar personalmente la TIE, en la Oficina de Extranjería.

Se debe abonar la Tasa de residencia temporal por circunstancias excepcionales: Modelo 790 código 052. Se realiza el pago el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles.

Recuerda...

Lleva las copias para que se las queden y el documento original para mostrarlo. Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Recuerda...

Todo documento público extranjero debe ser legalizado previamente por la Oficina consular de España correspondiente al país de emisión, o por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a menos que haya sido apostillado por la autoridad competente del país emisor según el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961, o esté exento de legalización por un Convenio Internacional.

GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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