Procedimiento ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos .
MARIA JOSE APOLINAR APOLINAR
Created on September 9, 2024
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Transcript
PROCEDIMIENTO NO
contecioso ante la Corte
comiienza
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Se Formula
La OEA
consulta informacion
SOLICITUD DE OPINIÓN
PLAZO
PRESIDENTE LA DE CORTE
SE RECIBEN LOS ESCRITOS
Asimismo, si la consulta se formula respecto a la interpretación de un tratado concerniente a la protección de los derechos humanos distinto a la Convención, debe identificarse el referido tratado y precisarse los Estados partes de él.
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Finalmente, si la solicitud de opinión consultiva versa sobre la compatibilidad de una ley interna y un tratado internacional, aquella debe contener las disposiciones del derecho interno, así como las de la Convención o de los tratados concernientes a la protección de los derechos humanos que son objeto de ella, las preguntas específicas sobre las cuales se desea que la Corte se pronuncie y el nombre y la dirección del agente del solicitante.
Si es formulada por un Estado miembro de la OEA, o por la CIDH, debe indicar las disposiciones cuya interpretación se pide, las consideraciones que la originan y el nombre y dirección del agente que represente al Estado o, en su caso, del delegado designado por la Comisión.
Comienza con la presentación de la solicitud, la cual debe contener, en forma precisa, las preguntas específicas sobre las cuales se pretende obtener la opinión de la Corte.
Una vez recibida la solicitud de opinión consultiva, el Secretario de la Corte debe transmitir copia de ella a todos los Estados miembros de la OEA, a la CIDH, al Consejo Permanente, al Secretario General y órganos de la OEA a cuya esfera de competencia se refiera el tema de la consulta.
Recibidos los escritos, la Corte debe determinar la realización de una audiencia para la discusión del caso. Una vez celebrada la referida audiencia o, en su caso, analizados los escritos referentes a la consulta, la Corte debe deliberar en privado y aprobar su opinión, la cual debe estar firmada por todos los Jueces que participaron en la votación.
Posteriormente, el presidente de la Corte debe fijar un plazo para que los interesados remitan sus observaciones escritas sobre los puntos sometidos a consulta
Si es formulada por cualquier otro órgano de la OEA, distinto de la Comisión, este debe precisar, además de los anteriores aspectos, la manera en que la consulta se refiere a su esfera de competencia.