Presentación Tiza y Pizarra
José Alejandro Landa
Created on September 8, 2024
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Transcript
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Tema
Seguridad de la información
Políticas y prácticas para una seguridad efectiva.
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políticas y prácticas para una seguridad efectiva
"Políticas y prácticas para una seguridad efectiva" se refiere a las estrategias, procedimientos y medidas que se implementan para proteger la información y los activos de una organización de posibles amenazas, vulnerabilidades y ataques. Estas políticas y prácticas tienen como objetivo garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.
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Título noveno revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de información
El texto describe dos artículos de la ley: 1. Revelación de secretos: Prohibe compartir información privada obtenida sin autorización. Sanciones: 6-12 años de prisión y multas. 2. Acceso ilícito a sistemas de informática: Prohibe acceder, modificar o copiar información protegida sin autorización. Sanciones: 6 meses-2 años de prisión y multas. Ambos artículos buscan proteger la privacidad y seguridad de la información.
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1.3 La ley tiene como objetivo proteger los datos personales en manos de particulares, para:- Regular su uso legítimo y controlado- Garantizar la privacidad y el derecho a controlar la información personalEn otras palabras, busca proteger la información personal de las personas y garantizar que su uso sea transparente y seguro.
1.2 La ley reglamentaria del artículo 28 constitucional tiene como objetivo:- Proteger y promover el patrimonio cultural de la Nación- Salvaguardar los derechos de: - Autores - Artistas intérpretes o ejecutantes - Editores - Productores - Organismos de radiodifusiónEn otras palabras, busca proteger la cultura y los derechos de los creadores y productores de contenido cultural.
artículo 1
1.1 Regulación del uso y aprovechamiento de:- Espectro radioeléctrico- Redes de telecomunicaciones- Infraestructura y recursos orbitales- Servicios de telecomunicaciones y radiodifusiónPara garantizar acceso equitativo y eficiente.
ARTÍCULO 6
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Este organismo tendrá autonomía técnica, de gestión y presupuestaria, y será responsable de proteger la información pública y los datos personales.
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El consentimiento para el tratamiento de datos personales puede ser:- Expreso: Verbal, escrito, electrónico, óptico o mediante signos inequívocos.- Tácito: Cuando el titular no se opone al tratamiento de sus datos después de recibir el aviso de privacidad.En resumen, el consentimiento puede ser dado de manera explícita o implícita, mediante la falta de oposición después de recibir el aviso de privacidad.
ARTÍCULO 8
ARTÍCULO 7
Los datos personales deben ser recabados y tratados de manera: - Lícita - Conforme a la ley y normatividad aplicable - Sin medios engañosos o fraudulentos En otras palabras, la recolección y tratamiento de datos personales debe ser transparente, honesta y respetuosa con la ley.
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ARTÍCULO 13
Los derechos de autor a que se refiere esta Ley se reconocen respecto de las obras de las siguientes ramas: I. Literaria; II. Musical, con o sin letra; III. Dramática; IV. Danza; V. Pictórica o de dibujo; VI. Escultórica y de carácter plástico; VII. Caricatura e historieta; VIII. Arquitectónica; IX. Cinematográfica y demás obras audiovisuales; X. Programas de radio y televisión; XI. Programas de cómputo; XII. Fotográfica; XIII. Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y XIV. De compilación [...].
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No son considerados monopolios:- Los derechos exclusivos de autores y artistas sobre sus obras por un tiempo determinado.- Los derechos exclusivos de inventores y perfeccionadores sobre sus inventos por un tiempo determinado.Además, se establece que el Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo que se encarga de:- Regular, promover y supervisar el uso del espectro radioeléctrico y las redes de telecomunicaciones.- Supervisar la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
ARTíCULO 28 ARTíCULO 191
Derechos de los usuarios: - Protección de datos personales (Artículo 191) - Libre elección y no discriminación en el acceso a Internet - No discriminación en servicios de telecomunicaciones por: - Origen étnico o nacional - Género - Edad - Discapacidades - Condición social - Condiciones de salud - Religión - Opiniones - Preferencias sexuales - Estado civil - Libertad de expresión y acceso a información: - Manifestar ideas - Acceder a información - Buscar, recibir y difundir información e ideas
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