Expediente clínico
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Transcript
La información del expediente clínico es confidencial y está sujeta al principio del secreto profesional.
Componentes del Expediente Clínico
Manejo del Expediente Clínico en el Sistema Nacional de Salud
Referencias bibliográficas
Objetivo general
Importancia
Aplicación y Uso del Expediente Clínico
1Isui Alejandra Hernández González 00478743Licenciatura Médico Cirujano, Universidad Anáhuac Querétaro
El expediente Clínico según NOM-004-SSA3-2012 es el conjunto único de información y datos personales de un paciente, que integra documentos escritos, gráficos, imagenológicos, electrónicos, y de otras tecnologías.
- Datos Personales:
- Información básica del paciente (nombre, edad, sexo, dirección, etc.).
- Historia Clínica:
- Antecedentes médicos y familiares, exploración física, alergias, enfermedades previas, tratamientos y cirugías previas.
- Evaluación Clínica:
- Detalles de todas las evaluaciones, diagnósticos y resultados de estudios realizados y tratamientos.
- Diagnóstico y Tratamiento:
- Registro de diagnósticos establecidos por el médico y el plan de tratamiento aprobado.
- Notas médicas
- Notas de ingreso y egreso
- Notas de evolución y de urgencias: Actualización del estado del paciente.
- Notas preoperatorias y postoperatorias
- Nota de verificación
- Notas de interconsulta
- Nota de referencia/traslado
- Reportes del personal de salud: Hoja de enfermeria, de servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
- Resultados de estudios
- Cartas de consentimiento informado
Derechos del paciente
Responsabilidades del Personal de Salud
Aspectos Legales
- Establecer criterios claros y precisos que promuevan la recolección, conservación y manejo del expediente clínico.
- Optimizar la calidad en la atención médica y asegurar el cumplimiento de los derechos de los pacientes en el Sistema Nacional de Salud
El expediente clínico es una herramienta esencial para garantizar una atención adecuada y continua, así como para responder a necesidades administrativas, técnicas y de investigación en salud.
- Uso médico: Para garantizar una atención integral y documentada.
- Uso legal: Puede ser requerido por autoridades judiciales.
- Uso investigativo y docente: Solo con la autorización del paciente.
- Duración de Conservación:
- El expediente clínico debe ser conservado durante los períodos establecidos por la normativa aplicable, para garantizar su disponibilidad ante requerimientos legales o administrativos.
- Acceso a la Información:
- Cualquier acceso al expediente clínico debe estar regulado y documentado, limitando la divulgación a personas autorizadas.
Referencias bibliográficas
- NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico. (2012). Dof.gob.mx. https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5272787
- Confidencialidad de la Información:
- El paciente tiene derecho a que se respete su privacidad y que sus datos no sean divulgados sin su consentimiento previo.
- Autonomía y Consentimiento:
- El paciente debe ser informado sobre los riesgos y beneficios de los tratamientos para que pueda tomar decisiones informadas sobre su atención.
- Documentación Precisa:
- Todos los datos deben ser registrados de forma completa y precisa para asegurar la continuidad de los cuidados.
- Protección de Datos:
- Se deben implementar medidas para asegurar la confidencialidad y la integridad de la información contenida en los expedientes.
- La institución deberá conservarlo por lo menos 5 años
- Capacitación:
- El personal de salud debe estar capacitado para manejar la información del paciente de manera ética y profesional.