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Lo justo ya no puede seguir identificándose con un universalismo homogeneizador, pues exige [...] el reconocimiento de contextos y culturas.

La justicia social como igualdad y equidad

Ideas tomadas de: Bolívar, A. (2012). Una revisión actual, Revista internacional de educación para la justicia social, 1 (1), pp. 9-45.

justicia social y equidad escolar

No hay […] un único modo de entender la justicia social y educativa […] si no en el orden de los principios sí en el de las prácticas y políticas escolares.

La igualdad en las políticas educativas

El bienestar de los individuos depende de las “realizaciones” que pueden llevar a cabo, que vienen a ser las oportunidades reales que tienen de hacer y ser […].

La justicia social en términos de capacidades

Justicia social

La justicia social viene dada por prácticas y condiciones sociales que posibilitan el reconocimiento mutuo con atención afectiva, igualdad jurídica y estima social.

La justicia desde el reconocimiento

La escuela “democrática” está abierta a todos, eliminando cualquier tipo de obstáculo en la igualdad de acceso.

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y JUSTICIA EN LA ESCUELA

[…] Como [menciona] Darling-Hammond (2001:42), –una vez alcanzada la escolarización de toda la población escolar nuestro reto para el siglo XXI “es que las escuelas garanticen a todos los estudiantes y en todas las comunidades el derecho genuino a aprender”, lo que supone que todos puedan comprender y manejar los instrumentos culturales.

Justicia, igualdad y equidad, a menudo empleados indistintamente, conceptualmente se enmarcan en la actualidad de paradigmas diferenciados. Si desde el paradigma de la igualdad todos los individuos deben siempre recibir el mismo tratamiento; desde el marco de la equidad los individuos son diferentes entre sí y merecen, por lo tanto, un tratamiento diferenciado que elimine o reduzca la desigualdad de partida. […] La universalización está vinculada al paradigma de la igualdad: todas las personas son iguales ante la ley, mereciendo los mismos derechos y recursos. Sin embargo, […], actuar con equidad […] supone revertir desigualdades injustas de modo focalizado y diferenciado […].

Evocar la “equidad” y no la igualdad supone que determinadas desigualdades, además de inevitables, deben ser tenidas en cuenta. [...]La equidad es, pues, sensible a las diferencias de los seres humanos […]. Se trata de modo “desigual” para restablecer la equidad. Una justicia social en educación debe tender a la equidad [...], no a la distribución igualitaria de recursos entre todos los alumnos. En suma, la equidad en educación gira la cuestión de la justicia educativa […] en una redistribución proporcional a las necesidades. […].

b. Igualdad de enseñanza [...] Se refiere a proporcionar una calidad de enseñanza equivalente a todos los alumnos […]. Cabe entender la enseñanza como la interacción de profesores, estudiantes (incluidos estos entre sí) y contenido, en un determinado entorno. Pretender una calidad de enseñanza con pretensiones de igualdad implica cuidar estos cuatro elementos para que pueda darse una interacción productiva y en condiciones formalmente equitativas. […] […] Supone garantizar una buena educación a todo el alumnado, lejos de cualquier forma de exclusión social y personal; [...] un currículum y experiencias de enseñanza valiosas culturalmente (Escudero, González y Martínez, 2009). Como sabemos por la teoría de la mejora escolar, si el núcleo son “buenos aprendizajes” para todo el alumnado, esto supone, en un primer nivel, contar con estrategias de enseñanza, contenidos del currículum y el desarrollo de las necesidades de aprendizaje de los alumnos; en uno segundo, con buenas escuelas, con un conjunto de procesos y, en último, con un marco de política educativa que lo potencie. […] Es preciso cuidar que la oferta formativa […] sea idéntica para todos. […]

c. Igualdad de conocimiento y éxito escolar […] Practicar la indiferencia a las diferencias […] reforzaría las desigualdades. […] Las desigualdades iniciales ante la cultura se transforman, comenta Perrenoud (2003:106), “en desigualdades de logro escolar y, más tarde, las desigualdades de capital escolar ya acumuladas en nuevas desigualdades de aprendizaje, lo que tiende a aumentar las diferencias. Esto contribuye a la fabricación del fracaso escolar y de jerarquías de excelencia”. Introducir el “principio de diferencia”, dirigido a los alumnos [...], “constituye –sin duda– la figura de justicia más capaz [...]."d. Igualdad de resultados (escolares y social) Las desigualdades escolares dan lugar, también, a nuevas desigualdades escolares. […] […] Los resultados son igualitarios cuando todo alumno, cualquiera sea su origen social, tiene la probabilidad de aprender las mismas cosas en un nivel determinado.

Un adecuado planteamiento de la equidad debe incluir –en primer lugar– la libertad para elegir las formas de vida que prefiere. Esto no puede ejercerlo si carece de las capacidades.La equidad y la propia calidad de vida han de ser juzgadas en términos de las oportunidades del individuo para ser o tener [...].[...]Esto [...] lleva a situar la igualdad en los funcionamientos y la capacidad.

La pregunta igualdad, ¿de qué? [...] tiene que ver con las capacidades que la gente realmente tiene para hacer o ser, por tanto de las oportunidades con que cuentan para elegir el modo de vida que valoran. [...] El bienestar de los individuos depende de las “realizaciones” que pueden llevar a cabo, que vienen a ser las oportunidades reales que tienen de hacer y ser. Las capacidades son lo que la gente puede hacer o ser, que se concretan en determinadas realizaciones, como los distintos “funcionamientos” que una persona puede lograr. Estos últimos son definidos como las realizaciones y acciones de una persona (hacer, valorar o ser), cuyo conjunto configura su vida.

Hay formas de trato socialmente injustas en las que lo que está en juego no es distribución de bienes o derechos, sino ausencia de afectos y cuidado o de estima social, que hurtan la dignidad o el honor. […]. La justicia social tiene, pues, dos dimensiones fundamentales e irreductibles: la redistribución y el reconocimiento de las diferencias.

La redistribución y el reconocimiento no son esferas separadas de la justicia, sino perspectivas de análisis interrelacionadas e irreductibles. La primera se centra en la dicotomía igualdad-desigualdad, el reconocimiento en la identidad-diferencia. Mientras las situaciones de justicia redistributiva […] tienen que ver con razones socio económicas, de explotación, marginación o privación; las de reconocimiento tienen que ver con patrones culturales de representación, interpretación y comunicación.

[…] Los principios de igualdad y equidad no debieran mantenerse como absolutos, pudiendo alterarse según los procesos en juego a lo largo del tiempo. […]. El derecho a la educación está vinculado, como universalización, al paradigma de la igualdad; por su parte, asegurar el éxito educativo para todos se asocia al paradigma de la equidad.

[…] El siglo XXI puede (y debe) ser el siglo de la justicia social, un ideal que oriente las acciones de los actores en los procesos educativos.

Referencias

  • Escudero, J.M., González, M.T., y Martínez, B. (2009). El fracaso escolar como exclusión educativa: comprensión, políticas y prácticas. Revista Iberoamericana de Educación, 50, pp. 41-64.
  • Darling-Hammond, L. (2001). El derecho de aprender. Crear buenas escuelas para todos. Ariel.
  • Perrenoud, P. (2003). Construir competencias desde la escuela. Comunicaciones Noreste y Dolmen Ed.
  • Roemer, J.E. (1998a). Equality of opportunity. Cambridge, MA: Harvard University Press.

[…] Reducir las desigualdades sociales y escolares, y promover políticas educativas equitativas, de acuerdo con el conocimiento acumulado, implica actuar –de modo convergente y a lo largo del tiempo, para que sean sostenibles– en varios frentes: entorno familiar de los alumnos, configuración del sistema educativo, y a nivel de escuela, incidiendo en la enseñanza y aprendizaje a nivel de aula. Que una sociedad sea más justa, también depende de la contribución que haga el sistema educativo.

[...] Podemos distinguir diversos principios de igualdad en materia de educación [...]. Cada uno conforma una política de reducir las desigualdades en educación. [...] La igualdad no puede predicarse en abstracto, sin concretar aquello (acceso, currículo, resultados) de lo que se predica. Pretender un tipo de igualdad puede suponer aceptar otras desigualdades.Cuatro grandes tipos de entender y centrar la igualdad:a. Igualdad de oportunidades Para tener oportunidades hay que acceder. El primer tipo de igualdad es la de acceso. […] John Roemer (1998a) establece dos enfoques de la igualdad de oportunidades: a) “nivelar el campo de juego” [...] mediante acciones y recursos para que todos estén inicialmente en las mismas condiciones; y b) no discriminación de ninguna persona por sus condiciones personales […]. Se deben compensar todas las circunstancias de las que no es responsable la persona (por ejemplo, origen familiar), pero que afectan a sus posibilidades. […]