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Acuerdos de la OMC

Los Acuerdos de la OMC abarcan los bienes, los servicios y la propiedad intelectual. Establecen los principios de la liberalización, así como las excepciones permitidas. Incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios. Establecen procedimientos para la solución de diferencias.

Aranceles: más consolidaciones, y cada vez más cerca de cero

En algunos casos los aranceles quedan reducidos a cero. También se ha registrado un considerable aumento del número de aranceles “consolidados”, es decir, tipos arancelarios sujetos a compromisos en la OMC y cuya subida resulta difícil.

Normas y seguridad

El artículo 20 del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) permite a los gobiernos adoptar medidas que afecten al comercio con el fin de proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o preservar los vegetales, a condición de que no sean discriminatorias ni se utilicen como un proteccionismo encubierto.

Agricultura: mercados más equitativos para los agricultores

El Acuerdo de la Ronda Uruguay incluía un compromiso de proseguir la reforma por medio de nuevas negociaciones. Estas negociaciones se iniciaron en 2000, según lo prescrito en el Acuerdo sobre la Agricultura.

Acuerdo sobre la Agricultura: normas y compromisos nuevos

Las normas y compromisos nuevos se aplican a: • el acceso a los mercados — diversas restricciones comerciales que afectan a las importaciones.• la ayuda interna — subvenciones y otros programas, incluidos los que elevan o garantizan los precios al productor y los ingresos de los agricultores. • las subvenciones a la exportación y otros métodos utilizados para lograr artificialmente que las exportaciones sean competitivas.

Ayuda interna: a veces está permitida y a veces no

Reducciones arancelarias

Las reducciones arancelarias aceptadas por los países desarrollados se escalonaban en su mayor parte a lo largo de cinco años, a partir del 1° de enero de 1995. Su resultado es una reducción del 40 por ciento de los aranceles aplicados a los productos industriales: de un promedio del 6,3 por ciento al 3,8 por ciento. El valor de los productos industriales importados a los que se concederá franquicia arancelaria en los países desarrollados aumentará del 20 al 44 por ciento.

Productos alimenticios y productos animales y vegetales: ¿hasta dónde es segura la seguridad?

Reglamentos técnicos y normas

Más consolidaciones

Los países desarrollados aumentaron el número de importaciones cuyos tipos arancelarios están “consolidados” (o sea, sometidos a compromisos y cuya elevación es difícil) del 78 por ciento de las líneas de productos al 99 por ciento. En el caso de los países en desarrollo, el aumento fue considerable: del 21 al 73 por ciento.

También están permitidos ciertos pagos directos a los agricultores en casos en que se les exija limitar la producción (que a veces se denominan medidas del “compartimento azul”), algunos programas oficiales de ayuda destinados al fomento del desarrollo agrí- cola y rural en los países en desarrollo,

En un acuerdo destinado especialmente a las normas sobre inocuidad de los alimentos, sanidad de los animales y preservación de los vegetales el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias se establecen las normas fundamentales.El Acuerdo autoriza a los países a establecer sus propias normas. Sin embargo, también se estipula que las reglamentaciones se deben basar en principios científicos. Sólo se deben aplicar en la medida necesaria para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales. Además, no deben discriminar de manera arbitraria o injustificable entre países en que prevalezcan condiciones idénticas o similares.

El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) trata de lograr que los regla- mentos, las normas y los procedimientos de prueba y certificación no creen obstáculos innecesarios. Sin embargo, en el Acuerdo se reconoce también el derecho de los países a adoptar las normas que consideren apropiadas; por ejemplo, para la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservación de los vegetales, para la protecció del medio ambiente o en defensa de otros intereses de los consumidores.

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Integración: aplicación gradual de las normas del GATT a los productos

Cómo proteger la propiedad intelectual: principios básicos comunes

Ámbito de APLICACIÓN

idea Textiles: vuelta al sistema central

Al igual que la agricultura, la cuestión de los textiles era una de las más tenazmente controvertidas en la OMC, como lo fue también en el anterior sistema del GATT.

Servicios: normas encaminadas al crecimiento y la inversión

El Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) es el primer y único conjunto de normas multilaterales que regulan el comercio internacional de servicios. Negociado en la Ronda Uruguay, se elaboró en respuesta al enorme crecimiento de la economía de servicios durante los 30 últimos años y al mayor potencial de comercialización de los servicios como consecuencia de la revolución de las comunicaciones.

Propiedad intelectual: protección y observancia

El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la OMC, negociado en la Ronda Uruguay (1986-94), incorporó por primera vez normas sobre la propiedad intelectual en el sistema multilateral de comercio.

Antidumping, subvenciones, salvaguardias: casos imprevistos, etc.

Los Acuerdos de la OMC establecen los principios, pero también autorizan excepciones en algunas circunstancias. A este respecto, cabe citar las tres cuestiones siguientes:• medidas adoptadas contra el dumping (ventas a precios deslealmente bajos)• subvenciones y derechos “compensatorios” especiales para compensar las subvenciones• medidas de urgencia para limitar temporalmente las importaciones, destinadas a “salvaguardar” las ramas de producción nacionales.

PUNTOS IMPORTANTES

cuestiones

Subvenciones y medidas compensatorias

Salvaguardias: protección frente a las importaciones en casos de urgencia

El Acuerdo sobre la OMC aportó innovaciones. En él se prohíben las medidas de “zona gris” y se establecen plazos para todas las medidas de salvaguardia (“cláusula de extin-ción”). En el Acuerdo se estipula que los Miembros no tratarán de adoptar, adoptarán ni mantendrán limitaciones voluntarias de las exportaciones, acuerdos de comercializa-ción ordenada u otras medidas similares por el lado de las exportaciones ni por el de las importaciones.

Acuerdos de la OMC

Los Acuerdos de la OMC abarcan los bienes, los servicios y la propiedad intelectual. Establecen los principios de la liberalización, así como las excepciones permitidas. Incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios. Establecen procedimientos para la solución de diferencias.

Desde 1974 hasta el final de la Ronda Uruguay el comercio de textiles se rigió por el Acuerdo Multifibras (AMF), que sirvió de marco a acuerdos bilaterales o medidas unilaterales de establecimiento de contingentes por los que se limitaban las importacionesde países en los que el rápido aumento de esas importaciones representaba un grave perjuicio para las ramas de producción nacionales.

Los productos textiles y las prendas de vestir han quedado de nuevo sujetos a las normas del GATT tras cumplirse un plazo de 10 años.Los productos sometidos a las normas del GATT en cada una de las tres primeras etapas debían abarcar productos de cada uno de los cuatro principales tipos de textiles y prendas de vestir: “tops” e hilados; tejidos; artículos textiles confeccionados; y prendas de vestir.

El Acuerdo abarca todos los servicios objeto de comercio internacional: por ejemplo, los servicios bancarios, las telecomunicaciones, el turismo, los servicios profesionales, etc.

El AGCS no exige la desreglamentación de ningún servicio.Reconocimiento Cuando dos (o más) gobiernos tengan acuerdos de reconocimiento.Pagos y transferencias internacionales Una vez que un gobierno haya contraído un compromiso de abrir un sector de servicios a la competencia extranjera,Liberalización progresiva La Ronda Uruguay no fue sino el principio. En el AGCS se dispone la celebración de nuevas negociaciones, que se iniciaron a principios de 2000 yforman actualmente parte del Programa de Doha para el Desarrollo.

• cómo deben aplicarse los principios básicos del sistema de comercio y otros acuerdos internacionales sobre propiedad intelectual• cómo prestar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual • cómo deben los países hacer respetar adecuadamente esos derechos en sus territorios• cómo resolver las diferencias en materia de propiedad intelectual entre Miembros de la OMC• disposiciones transitorias especiales durante el período de establecimiento del nuevo sistema.

En la segunda parte del Acuerdo sobre los ADPIC se examinan diferentes tipos de derechos de propiedad intelectual y la manera de protegerlos. El objetivo perseguido es velar por que existan normas adecuadas de protección en todos los países Miembros. A tal efecto, se parte de las obligaciones dimanantes de los principales acuerdos internacionales de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ya existentes antes de que se creara la OMC:• el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (patentes, dibujos y modelos industriales, etc.)• el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (derecho de autor).

Este Acuerdo tiene una doble función: somete a disciplina la utilización de subvenciones y reglamenta las medidas que los países puedan adoptar para contrarrestar los efectos de las subvenciones. En él se dispone que un país puede utilizar el procedimiento de solución de diferencias de la OMC para tratar de lograr la supresión de la subvención o la eliminación de sus efectos desfavorables, o que el país puede iniciar su propia investigación y aplicar finalmente derechos adicionales (llamados “derechos compensatorios”) a las importaciones subvencionadas que se concluya causan un perjuicio a los productores nacionales.

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Obstáculos no arancelarios: trámites burocráticos, etc.

Hay una serie de Acuerdos que tratan de diversas cuestiones burocráticas o jurídicas que podrían constituir obstáculos al comercio.

Normas para la valoración en aduana de las mercancías

El proceso de estimación del valor de un producto en aduana plantea problemas a los importadores que pueden ser tan graves como el derecho real aplicado.

Licencias de importación: mantenimiento de procedimientos claros

Aunque su uso hoy en día no está tan generalizado como en el pasado, los sistemas de licencias de importación están sujetos a disciplinas en la OMC. En el Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de Licencias de Importación se dice que esos sistemas deben ser sencillos, transparentes y previsibles.

Algunas licencias se expiden de manera automática si se cumplen determinadas condiciones. En el Acuerdo se establecen criterios para la expedición automática de licencias de manera que el procedimiento utilizado no tenga efectos de restricción del comercio.

• Procedimientos para el trámite de licencias de importación • Normas para la valoración en aduana de las mercancías • Inspección previa a la expedición: nuevos controles de las importaciones • Normas de origen: fabricado en... ¿qué país? • Medidas en materia de inversiones

Acuerdos de la OMC

Los Acuerdos de la OMC abarcan los bienes, los servicios y la propiedad intelectual. Establecen los principios de la liberalización, así como las excepciones permitidas. Incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios. Establecen procedimientos para la solución de diferencias.

En este caso el Acuerdo trata de reducir al mínimo la carga que pueda entrañar para los importadores la solicitud de licencias, de manera que los trámites administrativos no constituyan de por sí unarestricción o distorsión de las importaciones.

El Acuerdo de la OMC sobre Valoración en Aduana tiene por objeto establecer un sistema equitativo, uniforme y neutro de valoración en aduana de las mercancías: un sistema que se ajusta a las realidades comerciales y que proscribe la utilización de valores arbitrarios o ficticios. Establece un conjunto de normas sobre valoración que amplían las disposiciones en materia de valoración en aduana del GATT original y les da mayor precisión.

En la Ronda Uruguay se adoptó una decisión ministerial sobre este tema que otorga a las administraciones de aduanas la facultad de solicitar información adicional en los casos en que tengan motivos para dudar de la exactitud del valor declarado de las mercancías importadas.

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Inspección previa a la expedición: un control más de las importaciones

La inspección previa a la expedición es la práctica de emplear empresas privadas espe- cializadas (“entidades independientes”) para verificar los pormenores de la expedición— esencialmente, el precio, la cantidad y la calidad — de las mercancías pedidas al extranjero..

Normas de origen: fabricado en... ¿qué país?

Las “normas de origen” son los criterios aplicados para determinar dónde se ha fabricado un producto.

Medidas en materia de inversiones: reducción de las distorsiones del comercio

El Acuerdo sobre las Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio (MIC) se aplica únicamente a las medidas que afectan al comercio de mercancías.

Acuerdos plurilaterales: de participación minoritaria

Todos los demás Acuerdos negociados en la Ronda de Tokio pasaron a ser obligaciones multilaterales (es decir, obligaciones que han de cumplir todos los Miembros de la OMC) cuando se estableció en 1995 la Organización Mundial del Comercio. Esos cuatro Acuerdos eran los siguientes:• Comercio de aeronaves civiles • Contratación pública • Productos lácteos • Carne de bovino Los acuerdos sobre la carne de bovino y los productos lácteos expiraron en 1997.

Equidad en el comercio de aeronaves civiles

dContratación pública: apertura a la competencia

En el Acuerdo sobre Inspección Previa a la Expedición se reconoce que los principios y obligaciones del GATT son aplicables a las actividades de las entidades de inspección previa a la expedición que se realicen por prescripción de los gobiernos. Entre las obligaciones que se imponen a los gobiernos usuarios figuran las de no discriminación, transparencia, protección de la información comercial confidencial, evitación de demo-ras irrazonables, utilización de directrices específicas para realizar la verificación de precios, y evitación de conflictos de intereses por las entidades de inspección.

En el Acuerdo se establece un procedimiento de examen independiente, administrado conjuntamente por la Federación Internacional de Organismos de Inspección (FIOI), que representa a las entidades de inspección y la Cámara de Comercio Internacional (CCI), que representa a los exportadores. La finalidad perseguida es resolver las diferencias que puedan surgir entre los exportadores y las entidades de inspección.

Constituyen una parte esencial de las normas comerciales, ya que hay una serie de políticas que discriminan entre los países exportadores: contingentes, aranceles preferenciales, medidas antidumping, derechos compensatorios (aplicados para contrarrestar las subvenciones a la exportación), etc.

También se utilizan las normas de origen para recopilar estadísticas sobre el comercio y para las etiquetas “fabricado en...” que llevan los productos. Esto se ha complicado por la globalización y por la manera en que un producto puede ser objeto de elaboración en varios países antes de estar listo para el mercado.

En el Acuerdo se establece un Comité de Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio que ha de vigilar el cumplimiento de esas obligaciones. Se pedía también en el Acuerdo que para el 1° de enero de 2000 los Miembros de la OMC estudiaran si debían establecerse también disposiciones relativas a las políticas en materia de inversiones y competencia. El examen de esta cuestión forma actualmente parte del Programa de Doha para el Desarrollo.

En él se reconoce que ciertas medidas pueden tener efectos de restricción y distorsión del comercio y se estipula que ningún miembro aplicará ninguna medida que discrimine contra las empresas extranjeras o los productos extranjeros (es decir, que infrinja el principio de “trato nacional” enunciado en el GATT). Proscribe también las medidas en materia de inversiones que den lugar a restricciones cuantitativas (en violación de otro principio del GATT). Como anexo al Acuerdo se añade una lista ilustrativa de las MIC que se ha convenido son incompatibles con los correspondientes artículos del GATT.

El Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles entró en vigor el 1° de enero de 1980. Actualmente tiene 30 signatarios. El Acuerdo elimina los derechos de importación con respecto a las aeronaves, excepto las militares, y todos los demás productos por él abarcados: los motores de aeronaves civiles y sus partes y componentes, todos los componentes y subconjuntos de aeronaves civiles, y los simuladores de vuelo y suspartes y componentes.

La finalidad del Acuerdo sobre Contratación Pública, que se negoció por primera vez durante la Ronda de Tokio y entró en vigor el 1° de enero de 1981 (con el nombre en español de Acuerdo sobre Compras del Sector Público), es abrir la mayor parte posiblede esas operaciones a la competencia internacional.

Acuerdos de la OMC

Los Acuerdos de la OMC abarcan los bienes, los servicios y la propiedad intelectual. Establecen los principios de la liberalización, así como las excepciones permitidas. Incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios. Establecen procedimientos para la solución de diferencias.

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Exámenes de las políticas comerciales: garantizar la transparencia

Los particulares y las empresas que llevan a cabo actividades comerciales han de estar al corriente, en la medida de lo posible, de las condiciones del comercio. Por consiguiente, es de fundamental importancia que los reglamentos y las políticas sean transparentes.

OBJETIVOS

Los objetivos perseguidos son: • aumentar la transparencia y la comprensión de las políticas y prácticas comerciales de los países mediante una vigilancia periódica;• mejorar la calidad de los debates públicos e intergubernamentales sobre las dis tintas cuestiones; y• permitir una evaluación multilateral de los efectos de las políticas en el sistema de comercio mundial.

Periódicamente, todos los Miembros de la OMC deben ser objeto de examen. La frecuencia de los exámenes depende de las dimensiones del país:• Las cuatro principales entidades comerciantes — la Unión Europea, los Estados Unidos, el Japón y el Canadá (la “Cuadrilateral”) — son objeto de examen cada dos años aproximadamente.• Los 16 países siguientes (en función de su participación en el comercio mundial), cada cuatro años. • El resto de los países, cada seis años, con posibilidad de que se fije un intervalo más largo para los países menos adelantados.

REFERENCIAS:

  • Entender la OMC, 3a edición Publicado anteriormente con el título “Con el comercio hacia el futuro” Septiembre de 2003, revisado en febrero de 2007
  • WTO. (s/f). Wto.org. Recuperado el 4 de septiembre de 2024, de https://www.wto.org/english/thewto_e/whatis_e/tif_e/agrm1_e.htm

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