3.3 Funciones del mediador
María de Lourdes López Barragán
Created on September 4, 2024
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Transcript
Unidad 3.
La mediación
Empezar
Las funciones de un mediador son fundamentales para que la mediación sea efectiva y para garantizar que el proceso sea justo, equilibrado y útil para todas las partes involucradas.
3.3 Las funciones del "mediador"
Las funciones de un mediador también son esenciales en la resolución de conflictos y en la facilitación de la comunicación entre partes. A continuación te presentamos algunas de las principales funciones de un mediador:
Explorar Opciones: Guiar a las partes en la generación de posibles soluciones y alternativas que puedan satisfacer sus intereses y necesidades.
Resolver Obstáculos: Ayudar a superar cualquier obstáculo o resistencia que pueda surgir durante el proceso de mediación.
Ayudar a la Implementación: Apoyar a las partes en la implementación y seguimiento del acuerdo alcanzado, para asegurar que se cumplan los compromisos asumidos.
Proteger la Confidencialidad: Garantizar que la información compartida durante la mediación se mantenga confidencial, para fomentar la apertura y la sinceridad.
Gestionar el Proceso: Organizar y estructurar las sesiones de mediación, estableciendo reglas básicas y asegurando que el proceso se mantenga enfocado y productivo.
Mantener la Neutralidad: Permanecer imparcial y no tomar partido en el conflicto. El mediador no debe imponer soluciones, sino facilitar el proceso.
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Identificar los Intereses: Ayudar a las partes a identificar sus intereses subyacentes y necesidades, más allá de las posiciones superficiales que puedan estar tomando.
Negociar Acuerdos: Facilitar el proceso de negociación para llegar a un acuerdo que sea aceptable para todas las partes involucradas.
Fomentar el Entendimiento Mutuo: Trabajar para que las partes comprendan mejor las perspectivas y sentimientos de la otra parte, promoviendo la empatía y el entendimiento mutuo.
Facilitar la Comunicación: Ayudar a las partes en conflicto a expresar sus puntos de vista y escuchar a la otra parte de manera respetuosa y clara.
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Idioma: Lorem Ipsum
Páginas: 119
Editorial: Lorem Ipsum
Autor/a: Lorem Ipsum
* Antes de la sesión de mediación, el mediador puede realizar reuniones preliminares con cada parte para entender el conflicto y explicar el proceso.* Al inicio de la mediación, el mediador debe establecer y comunicar las reglas básicas del proceso, como el respeto mutuo y la confidencialidad.* Las sesiones pueden llevarse a cabo de manera conjunta (con todas las partes presentes) o en sesiones privadas (donde el mediador se reúne individualmente con cada parte).* El mediador facilita la generación de opciones y alternativas para resolver el conflicto, ayudando a las partes a explorar soluciones posibles.* Una vez que las partes han llegado a un acuerdo, el mediador puede ayudar a redactar un acuerdo formal que refleje los términos acordados.* En algunos casos, puede haber una etapa de seguimiento para asegurar que el acuerdo se implemente de manera efectiva y para abordar cualquier problema que surja.*La mediación puede concluir de varias maneras, incluyendo un acuerdo completo, un acuerdo parcial, o la decisión de no llegar a un acuerdo. El mediador debe documentar adecuadamente el resultado.* Durante la mediación, el mediador debe manejar cualquier conflicto o bloqueo que pueda surgir, utilizando técnicas para facilitar la comunicación y el entendimiento entre las partes.
Valoración
Procedimientos y reglas especiales
3.4 El código del mediador
I. Salvaguardar los derechos irrenunciables del trabajador; II. Observar los principios de conciliación, imparcialidad, neutralidad, flexibilidad, legalidad, equidad, buena fe, información, honestidad, y confidencialidad;III. Tratar con la debida equidad y respeto a los interesados, procurando que todas las conciliaciones que se realicen concluyan en arreglos satisfactorios para los mismos respetando los derechos de las partes;IV. Cumplir con programas de capacitación y actualización para la renovación de la certificación; V. Abstenerse de fungir como testigos, representantes jurídicos o abogados de los asuntos relativos a los mecanismos alternativos en los que participen posteriormente en juicio;VI. Ser proactivo para lograr la conciliación entre las partes, y VII. Procurar el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como el trabajo digno y decente.
LEY FEDERAL DEL TRABAJOARTÍCULO 684-H
Los conciliadores en el desempeño de sus atribuciones tendrán las siguientes obligaciones especiales:
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