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unidad 1El Estado

Omar Israel Castro ZambranoDerecho Administrativo 4to. cuatrimestrePlantel Tlaquepaque
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El Estado y sus manifestaciones

CRITERIO SOCIOLOGISTA

Con criterio sociologista, se conceptúa al Estado como una totalidad orgánica de la sociedad humana. El Estado comprende al conjunto de fenómenos sociales que se dan en una comunidad humana. En este concepto Estado es sinónimo de sociedad.

Por último, desde una la perspectiva de la concepción jurídica...

La función EN EL ESTADO MEXICANO

Se hace ostensible la potestad y el imperio del Estado a través del ejercicio de la función legislativa, al imponer patrones de actuación a la conducta externa humana a través de normas generales, abstractas, impersonales, obligatorias y coercitivas; en ejercicio de dicha función del Estado crea, modifica, adiciona, deroga y abroga la ley.

La función jurisdiccional es el poder- deber del Estado Político moderno, emanado de su soberanía, para dirimir, mediante organismos adecuados, los conflictos de intereses que se susciten entre los particulares y entre éstos y el Estado, con la finalidad de proteger el orden jurídico.

La función legislativa
La función administrativa
La función jurisdiccional

La función administrativa es la actividad que consiste en ejecutar, dirigir y servir, aplicando medios útiles para el logro de los fines propuestos.

Es necesario conocer la historia del Estado Mexicano a partir de su Independencia, hemos tenido tres transformaciones vitales en nuestro País.

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Por último, desde una la perspectiva de la concepción jurídica, se identifica al Estado como una entidad productora ejecutora del ordenamiento jurídico, Visto así, el Estado es un sujeto de Derecho Público, vinculado con un objeto de Derecho Público a través de una relación jurídica de Derecho Público, Este sujeto de Derecho Público es igualmente creador, implementador y ejecutor de las normas de Derecho Privado.

Desde el punto de vista historicista, se dice que el Estado es el acontecer histórico de la vida de un determinado pueblo.

Por su parte dentro de la Teoría General del Estado, coexisten dos concepciones diametralmente opuestas: La real y la Ideal. Para la primera, el Estado es una realidad existente en el tiempo y en el espacio, al margen de la voluntad humana; para la segunda, el Estado es una entidad ideal, que ha sido creada por la actividad intelectiva del ser humano.

Como queda dicho, la función legislativa lo puede ser tanto en sentido formal como en sentido material; hablamos de función formalmente legislativa cuando es ejercitada por los órganos específicamente previstos por la Constitución para tal efecto.

Formalmente, de acuerdo con el artículo 70 constitucional, toda resolución del Congreso tendrá el carácter de ley o decreto; del sentido formal de la función legislativa se infiere el principio de la autoridad formal de la ley conforme al cual las resoluciones del Poder Legislativo sólo pueden ser interpretadas, reformadas, adicionadas, derogadas y abrogadas por otra resolución del mismo Poder y bajo los mismos procedimientos empleados para su creación original; así lo previene en su inciso f) del artículo 72 constitucional, al disponer: "En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación".

Para unos cumple esta función, sólo el órgano Ejecutivo, para otros también lo cumplen los otros órganos, en mayor o menor grado, por ejemplo el órgano Legislativo con la aprobación del presupuesto nacional para cada año, o el órgano Judicial a través de los Autos Supremos.

Se caracteriza por la aplicación de las leyes mediante pronunciamientos—sentencias—que tienen fuerza de verdad legal. Los encargados son los tribunales de justicia y el Tribunal Constitucional. El objeto de esta función es dirimir controversias.

En un párrafo del articulo 16 Constitucional indica, “Los Poderes Judiciales contarán con jueces de control que resolverán, en forma inmediata, y por cualquier medio, las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación de la autoridad, que requieran control judicial, garantizando los derechos de los indiciados y de las víctimas u ofendidos. Deberá existir un registro fehaciente de todas las comunicaciones entre jueces y Ministerio Público y demás autoridades competentes”. En su artículo 94 señala que se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito.

Función del Estado continua, rápida e inmediata que se ocupa de que se cumpla la ley y de satisfacer los intereses comunitarios impostergables. Es la función principal del Poder Ejecutivo (a cargo del presidente de la Nación) dentro de la cual está la función administrativa.

Para el enfoque realista, el Estado será una comunidad política jurídicamente organizada, o como decía Jellinek, una corporación formada por un pueblo dotado de un poder de mando originario; para Duguit, Estado es una agrupación humana fijada en un territorio, donde los más fuertes imponen su voluntad a los más débiles; en tanto que Hermann Heller creía que el Estado es un conjunto de acciones sociales consideradas en su unidad y ordenación. Para el enfoque idealista, con Hegel a la cabeza, el Estado es idea ética en su desarrollo y actuación; para Berling o Haemel, el Estado es conjunto de relaciones jurídicas, en tanto que para Kelsen es un sistema identificable con el ordenamiento jurídico mismo. Dentro del campo de la Teoría General del Estado, existe también una corriente integradora, que busca conciliar el idealismo con el realismo, sosteniendo que el Estado es una unidad, un todo orgánico y que comprende al territorio, al pueblo, al poder, al derecho y a sus fines.

Desde el enfoque de las llamadas ciencias del espíritu, Dilthey (1833-1911) decía que la voz Estado expresa una de las formas de manifestación del espíritu objetivo de una realidad social histórica. Esto quiere decir que el Estado es un conjunto de vivencias y creaciones humanas incorporadas al mundo de los sentidos valiosos.