LA CONDICIÓN JURÍDICA DEL
EXTRANJERO EN MÉXICo
HISTORIA SUCINTA DE LA CONDICiÓN JURÍDICA DE LOS EXTRANJEROS
Condición Jurídica del Extranjero en México
Otros Conceptos en la Condición Jurídica del Extranjero en México
Régimen de la Propiedad Inmueble del Extranjero en México
régimen de las inversiones extranjeras en México
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA CONDICIÓN JURíDICA DE LOS EXTRANJEROS EN MÉXICO
íNDICE
HISTORIA SUCINTA DE LA CONDICiÓN JURÍDICA DE LOS EXTRANJEROS
Toca sobre los icono para conocer más
íNDICE
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA CONDICIÓN JURíDICA DE LOS EXTRANJEROS EN MÉXICO
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íNDICE
No inmigrante
Condición Jurídica del Extranjero en México
El extranjero en México goza de las garantías constitucionales, con excepciones específicas. Para internarse y permanecer legalmente, deben cumplir con la Ley General de Población (LGP), bajo la regulación de la Secretaría de Gobernación, que maneja la política demográfica e inmigración.
Los extranjeros pueden ingresar y residir en México bajo dos calidades migratorias: No Inmigrante e Inmigrante
Inmigrante
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íNDICE
Otros Conceptos en la Condición Jurídica del Extranjero en México
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íNDICE
Régimen de la Propiedad Inmueble del Extranjero en México
Historial de Legislación
Regulación Constitucional
Zona Restringida
Modificaciones y Controversias
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íNDICE
régimen de las inversiones extranjeras en México,
Historia de la Inversión Extranjera Directa (IED)
Sociedades Extranjeras en México
Evolución del Régimen Jurídico
Restricciones y Regulaciones
Fideicomisos y Propiedad Inmobiliaria
Simplificación de Procedimientos
Toca sobre los títulos para conocer más
Revolución francesa
- 1791: Proclamación de igualdad de derechos entre nacionales y extranjeros.
- Supresión de Derechos: Como el derecho de aubana.
Siglo XVIII-XIX
- Condición Precaria: Extranjeros con actitudes en su contra.
- Independencia de México:
- Ignacio López Rayón (1811): Carta de naturaleza para extranjeros que quieran disfrutar de privilegios de ciudadano.
- Sentimientos de la Nación (Morelos): Disposiciones favorables a extranjeros.
- Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana (1814): Reconocimiento de derechos para extranjeros.
- Plan de Iguala (1821): Inclusión de extranjeros en la vida nacional.
Grecia Clásica
- Patronaje: Extranjeros admitidos bajo protección de un ciudadano (proxene).
- Hospitalidad: Relacionada con la protección y vigilancia del extranjero.
- Tratados de Isopolitía: Establecían derechos civiles entre ciudades.
Extranjero que ingresa legalmente al país con el propósito de radicar en él.
Siglo XIX
- Acta Constitutiva de la Federación Mexicana (1824): Reconocimiento de derechos a extranjeros.
- Constitución de 1824 y Acta de Reforma (1846): Derechos para extranjeros casados con mexicanos o con propiedades en México.
- Derecho del Gobierno sobre Extranjería y Nacionalidad (1854): Primer cuerpo legal regulando la condición jurídica de extranjeros.
Calidades Migratorias
Existen tres categorías: no inmigrante, inmigrante e inmigrado.
- El no inmigrante tiene una estancia temporal en México.
- El inmigrante busca radicarse en el país y puede adquirir la calidad de inmigrado tras cinco años, obteniendo derechos de residencia definitiva.
Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948):
- Igualdad: Derechos y libertades sin distinción de origen.
- Convenciones Adicionales: Convención Europea (1950), Convención de San José (1969), entre otras.
Roma Antigua
- Jus Civile: Derecho exclusivo para ciudadanos romanos.
- Jus Gentium: Normas aplicadas en relaciones entre romanos y extranjeros o entre extranjeros de distintas ciudades.
Siglo XX
- Movimientos Favorables a Extranjeros: Conferencias y convenciones internacionales.
- Conferencias: París (1929) y La Habana (1928).
Edad Média
- Feudalismo: Extranjeros sometidos a tributos como el derecho de aubana.
- Omnis Peregrini: Derecho de los extranjeros a testar (1220).
- Cartas de Naturaleza: Monarquía francesa otorga derechos a extranjeros (siglo XIV).
Caída del Imperio Romano
- Personalidad de las Leyes: Leyes aplicadas según el origen de la persona.
- Derechos para Extranjeros: Protección a comerciantes extranjeros y jueces especiales.
- Visigodos: Permitieron ser juzgados por personas de su mismo origen.
Código de las Siete Partidas (Colonia)
- Estado de los hombres: Distinción entre naturales y extranjeros.
- Exclusivismo Colonial: Extranjeros prohibidos en Nueva España sin permiso real.
Tratados Internacionales
- Convención sobre la Condición de Extranjeros (La Habana, 1928): Protección de derechos de extranjeros.
- Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados (Montevideo, 1933): Establecimiento de derechos y deberes para extranjeros.
- Declaración de Derechos Humanos (ONU, 1948): Reconocimiento universal de derechos humanos.
- Convención Americana sobre Derechos Humanos (San José, 1969): Creación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
- Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1955): Ratificada por México en 1975.
Limitaciones de Ausencia:
- El inmigrante no debe estar fuera del país por más de 18 meses continuos o 2 años en total para conservar su estatus.
- El inmigrado puede salir y entrar libremente, pero perderá su calidad si permanece más de 3 años consecutivos fuera del país o más de 5 años en total dentro de un periodo de 10 años.
Registro Nacional de Extranjeros
Es obligatorio para los extranjeros registrarse y reportar cualquier cambio en su estado civil, domicilio, calidad migratoria, nacionalidad, y actividades.
Limitaciones Legales
Los extranjeros deben demostrar su estancia legal para realizar actos jurídicos o contratos en México, y en algunos casos, requieren un permiso especial de la Secretaría de Gobernación.
Sistema Territorialista Antiguo
México tenía un sistema legal territorialista que solo aplicaba la ley mexicana, lo que permitía abusos, como los "divorcios al vapor" por extranjeros. Este sistema ha desaparecido, y el país ahora tiene una política legislativa más abierta.
LA CONDICIÓN JURÍDICA DEL EXTRANJERO EN MÉXICO
ANDREA LIZBETH LUNA HERNANDEZ
Created on August 29, 2024
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LA CONDICIÓN JURÍDICA DEL EXTRANJERO EN MÉXICo
HISTORIA SUCINTA DE LA CONDICiÓN JURÍDICA DE LOS EXTRANJEROS
Condición Jurídica del Extranjero en México
Otros Conceptos en la Condición Jurídica del Extranjero en México
Régimen de la Propiedad Inmueble del Extranjero en México
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No inmigrante
Condición Jurídica del Extranjero en México
El extranjero en México goza de las garantías constitucionales, con excepciones específicas. Para internarse y permanecer legalmente, deben cumplir con la Ley General de Población (LGP), bajo la regulación de la Secretaría de Gobernación, que maneja la política demográfica e inmigración. Los extranjeros pueden ingresar y residir en México bajo dos calidades migratorias: No Inmigrante e Inmigrante
Inmigrante
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Otros Conceptos en la Condición Jurídica del Extranjero en México
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Zona Restringida
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Historia de la Inversión Extranjera Directa (IED)
Sociedades Extranjeras en México
Evolución del Régimen Jurídico
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Fideicomisos y Propiedad Inmobiliaria
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Revolución francesa
Siglo XVIII-XIX
Grecia Clásica
Extranjero que ingresa legalmente al país con el propósito de radicar en él.
Siglo XIX
Calidades Migratorias
Existen tres categorías: no inmigrante, inmigrante e inmigrado.
Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948):
Roma Antigua
Siglo XX
Edad Média
Caída del Imperio Romano
Código de las Siete Partidas (Colonia)
Tratados Internacionales
Limitaciones de Ausencia:
Registro Nacional de Extranjeros
Es obligatorio para los extranjeros registrarse y reportar cualquier cambio en su estado civil, domicilio, calidad migratoria, nacionalidad, y actividades.
Limitaciones Legales
Los extranjeros deben demostrar su estancia legal para realizar actos jurídicos o contratos en México, y en algunos casos, requieren un permiso especial de la Secretaría de Gobernación.
Sistema Territorialista Antiguo
México tenía un sistema legal territorialista que solo aplicaba la ley mexicana, lo que permitía abusos, como los "divorcios al vapor" por extranjeros. Este sistema ha desaparecido, y el país ahora tiene una política legislativa más abierta.