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Tercer Periodo Ordinario de Sesiones de la ANPP

cubahora.cu

Created on July 22, 2024

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Cuarto Período Ordinario de Sesiones de la ANPP

X Legislatura

Leyes Ley de Migración: Regula el proceso migratorio bajo una concepción sistémica de desarrollo, dirigida a lograr una migración regular, ordenada y segura. La normativa, tanto para personas naturales como jurídicas, se aplica a ciudadanos cubanos; extranjeros mientras permanezcan en el territorio nacional o mantengan una clasificación migratoria; órganos del Estado, en lo pertinente; organismos de la Administración Central del Estado y sus entidades subordinadas o adscriptas, sus delegaciones o representaciones territoriales; actores económicos no estatales, y a entidades y empresas nacionales, provinciales o municipales.Igualmente, a empresas mixtas, las partes en el contrato de asociación económica internacional, sociedades mercantiles y la empresa de capital totalmente extranjero; los órganos locales del Poder Popular; las organizaciones políticas, sociales y de masas y las de base asociativa, de carácter profesional y con fines públicos; las empresas, compañías, agencias propietarias, representantes, explotadoras o consignatarias de medios de transporte internacional, y representaciones diplomáticas y consulares u otras oficinas cubanas autorizadas. Entre los objetivos de la política migratoria están promover el retorno a la patria de todos aquellos que cuentan con condiciones personales y familiares, e incentivar la participación de los ciudadanos cubanos residentes en el exterior en el modelo económico cubano. También promover el diálogo y la colaboración internacional con los gobiernos de los países que actúan como destino de la migración cubana desde posiciones de respeto a la soberanía e igualdad, dirigido a protección de los cubanos que se encuentran en su territorio e incentivar la inserción social; de igual forma, con los países de origen de los extranjeros que inmigran hacia el territorio cubano. Además, proteger al migrante, a las víctimas de la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, a los cubanos que se encuentren en países afectados por conflictos bélicos y catástrofes naturales, así como controlar los flujos migratorios desordenados. Se eliminan los 24 meses como tiempo de estancia autorizado a permanecer en el exterior. Todo aquel que salió del país desde 2013 y mantuvo la residencia en Cuba (vive afuera, pero regresó antes de los 24 meses) mantiene su residencia. La persona interesada que no alcance el período de tiempo establecido, puede solicitar la residencia efectiva migratoria si acredita su arraigo en el país mediante la combinación de un período de permanencia en el territorio nacional con otras evidencias o actos que demuestren su interés de residir en él. Una vez adquirida la residencia efectiva, se conserva mientras la persona mantiene las condiciones bajo las cuales la obtuvo.