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Transcript

Caso González y otras vs México

La Convención de Belém do Pará establece por primera vez el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia

Claudia Ivette González, Esmealda Herrera, Laura Berenice Ramos, fueron victimas de homicidio hacia las mujeres influenciado por una cultura de discriminación contra la mujer y privadas de su livertad.

La Comisión Interamericana puede decidir no enviar un caso a la Corte, pero ninguna norma de la Convensión Americana ni el artículo 12 de la Convensión Belém do Pará prohíben que un caso sea transmitido al tribunal.

La Convensión Belém do Pará define la violencia contra la mujer como "cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado".

Las jóvenes González, Ramos y Herrera fueron víctimas de violencia contra la mujer según la Convención Americana y la Convención Belém do Pará, por los mismos motivos: Razones de género (discriminación contra la mujer).

-La corte considera que el deber de investigar efectivamente, siguendo los estandares establecidos por el tribunal.-La Corte acepta la responsabilidad por las irregularidades cometidas en la primera etapa de las investigaciones.-El tribunal concluye que el estado incumplio con su deber de investigar y violo los derechos de acceso a la justicia y protección judicial.

La impunidad de los delitos cometidos envía el mensaje de que la violencia contra la mujer es tolerada

El artículo 11 de la Convención reconoce que toda persona tiene derecho al respeto a su honor, prohibe todo ataque ilegal contra la honra y reputación e impone a los estados el deber de brindar la protección de la ley contra tales ataques